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MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Resolución 615/2020

RESOL-2020-615-APN-MT

Ciudad de Buenos Aires, 23/07/2020

VISTO el Expediente N° EX-2019-05347830-APN-DGDMT#MPYT, la Ley N° 23.551 y sus modificatorias, la RESOL-2017-855-APN-MT, la RESOL-2018-229-APN-SGTYE#MPYT, la RESOL-2019-63-APN-MPYT, la RESOL-2019-185-APN-MPYT, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 23.551 y sus modificatorias se estableció el régimen aplicable para las asociaciones que tengan por objeto la defensa de los intereses de los trabajadores.

Que mediante la RESOL-2017-855-APN-MT se designó como Delegado Normalizador de la asociación sindical “SINDICATO ÚNICO DE FLETEROS DE LA REPÚBLICA ARGENTINA”, al señor Carlos Martín URRIZA (M.I. N° 20.406.153), mandato que fue prorrogado por la RESOL-2018-229-APN-SGTYE#MPYT.

Que posteriormente por RESOL-2019-63-APN-MPYT se designó como Delegado Normalizador de la entidad, al Sr. Pablo Agustín CABIATI RODRÍGUEZ (M.I. N° 34.001.283).

Que habiendo la persona mencionada en el artículo precedente presentado su renuncia a dicha designación, por RESOL-2019-185-APN-MPYT se designó al Sr. Osvaldo Héctor CÁMARA (M.I. N° 7.762.942).

Que conforme surge de las presentes, en fecha 5 de diciembre de 2019 se llevaron a cabo las elecciones de comisión directiva para el período 5/12/19 al 4/12/23.

Que contra la Resolución RESOL-2017-855-APN-MT, citada ut-supra los SEÑORES BRIZUELA Y URBANO LOPEZ -invocando la calidad de afiliados y Secretario General y Presidente de la Junta electoral, respectivamente- interpusieron recurso en los términos del artículo 62 de la ley 23551, que tramita ante la Sala I de la Excma. CNAT en los autos “SINDICATO UNICO DE FLETEROS DE LA REPUBLICA ARGENTINA C/ MINISTERIO DE TRABAJO EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL S/LEY DE ASOC.SINDICALES” (Expediente n° 48153/2018).

Que en dichos actuados se ha dictado sentencia interlocutoria definitiva de fecha 26 de noviembre de 2019, la cual dispone “revocar la Resol-2017-855-APN-MT y los actos dictados en su consecuencia.”

Que entre los argumentos de la sentencia antes citada, se remite al artículo 15 del estatuto asociacional, según el cual “el mandato de los miembros de la Comisión Directiva puede ser revocado por justa causa por el voto de una Asamblea Extraordinaria convocada al efecto. En caso de destitución total, la Asamblea designará una Junta Provisional de tres (3) miembros que deberá convocar a elecciones dentro de los cinco (5) días, las que deberán realizarse en un plazo no mayor de noventa (90) días”.

Que el auto continúa “La situación fáctica que deriva de la imposibilidad de llevar adelante un proceso electoral y el vencimiento de los mandatos de las autoridades es asimilable a la previsión estatutaria para la contingencia de acefalía –bien que originada en causas disímiles-.”

Que atento la situación institucional actual, conforme las facultades de este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL como autoridad de aplicación de la Ley N” 23.551, y a los fines del cumplimiento de lo previsto en el artículo 15 del estatuto de la entidad sindical de marras, resulta necesario proceder en los términos del inciso 4° del artículo 56 de la Ley N° 23.551, designando a un delegado normalizador.

Que el funcionario designado deberá proceder a regularizar la situación institucional de la asociación sindical de marras, ejecutando los actos conducentes a la celebración de los comicios generales para la designación de autoridades.

Que la asesoría letrada de esta SECRETARÍA DE TRABAJO ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el inciso 4 del artículo 56 de la Ley N° 23.551 y sus modificatorias.

Por ello,

EL MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Desígnase como Delegado Normalizador de la asociación sindical “SINDICATO ÚNICO DE FLETEROS DE LA REPÚBLICA ARGENTINA” al señor Miguel Angel BETTILI (DNI 18.237.463) con domicilio en calle San Martín 1331, Olavarría, Pcia. de Buenos Aires.

ARTÍCULO 2°.- El Delegado Normalizador tendrá facultades administrativas y ejecutivas de los órganos de conducción de la entidad. En ejercicio de dichas facultades deberá presentar un informe detallado del estado económico financiero en que se encuentra la entidad, como así también rendición detallada de su gestión en el cargo, en el término de CUARENTA Y CINCO (45) días contados desde la notificación de la presente, ante la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales dependiente de la SECRETARÍA DE TRABAJO del MINISTERIO DE TRABAJO. EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL. Asimismo, en el término de CIENTO CINCUENTA (150) días contados desde la notificación de la presente medida deberá proceder a regularizar la situación institucional del sindicato, ejecutando todos los actos conducentes a la celebración de los comicios generales para la designación de autoridades.

ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a la persona mencionada en el artículo 1° de la presente medida.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Claudio Omar Moroni

e. 24/07/2020 N° 28705/20 v. 24/07/2020

Fecha de publicación 24/07/2020