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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ARMADA ARGENTINA HOSPITAL NAVAL BUENOS AIRES CIRUJANO MAYOR DR. PEDRO MALLO

Disposición 273/2020

DI-2020-273-APN-DGSA#ARA

Ciudad de Buenos Aires, 21/07/2020

VISTO el expediente electrónico EX-2020-33025445- -APN-DGSA#ARA, el artículo 15 ter del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 260/20, la Decisión Administrativa Nº 409/20 del señor JEFE DE GABINETE DE MINISTROS y la Disposición Nº 48/2020 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (texto según Disposición ONC N° 55/20), y

CONSIDERANDO:

Que el señor Jefe del Departamento Abastecimientos solicitó la inmediata adquisición de elementos de limpieza necesarios para higienizar y desinfectar los sectores del HOSPITAL NAVAL BUENOS AIRES “CIRUJANO MAYOR DR. PEDRO MALLO” destinados a la atención de los pacientes infectados por el virus COVID-19.

Que el procedimiento de selección de co-contratante particular elegido fue el previsto en el artículo 15 ter del Decreto citado en el visto, y que el mismo ha sido sustanciado a través de la plataforma COMPR.AR.

Que el contenido de las invitaciones cursadas a los proveedores cumple con las pautas fijadas en el artículo 3° inciso d) del Anexo a la Disposición N° 48/20 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (texto según Disposición ONC N° 55/20).

Que, a las diez horas del día 2 de junio de 2020, el acto de apertura de ofertas se realizó tal como estaba previsto.

Que el acta de apertura de ofertas fue comunicada a la INSPECCIÓN GENERAL DE LA ARMADA y a la Unidad de Auditoría Interna del MINISTERIO DE DEFENSA.

Que los oferentes, ORELION PROVISION Y SERVICIOS S.R.L. CUIT 30-71620336-7, PINTURERIA ROSMAR S.A. CUIT 30-57086127-8, SERVICIOS PARA LA HIGIENE SA CUIT 30-71158542-3, VOCASER S.R.L CUIT 30-71092804-1, PAPELERA CUMBRE S.A. CUIT 30-58705322-1, JORGE MARCOS TUFILLARO CUIT 20-26796066-7, DIST MASTER S.A. CUIT 30-61824366-0, M. B. G. COMERCIAL SRL. CUIT 30-70748071-4, SIMON ALEJANDRO NIEMAND CUIT 20-04536867-0, FEDERICO PABLO CAMPOLONGO CUIT 20-18053177-8, DAIKO S.R.L. CUIT 30-71640066-9, cumplen con los requerimientos de admisibilidad objetiva exigidos en las invitaciones a participar en el presente procedimiento, salvo aquellas que fueron presentadas por el oferente M. B. G. COMERCIAL SRL. en relación a los renglones Nros. 5, 8 y 10; por ORELION PROVISION Y SERVICIOS S.R.L., en cuanto al renglón Nro. 6; por DIST MASTER S.A., respecto a los renglones Nros. 7 y 13 y por SIMON ALEJANDRO NIEMAND, en relación al renglón Nro. 10.

Que, a la fecha, los oferentes no registran sanciones en el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL) creado por la Ley Nº 26.940.

Que, de acuerdo a las averiguaciones oficiosas efectuadas ante la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP), ORELION PROVISION Y SERVICIOS S.R.L. CUIT 30-71620336-7, PINTURERIA ROSMAR S.A. CUIT 30-57086127-8, SERVICIOS PARA LA HIGIENE SA CUIT 30-71158542-3, PAPELERA CUMBRE S.A. CUIT 30-58705322-1, JORGE MARCOS TUFILLARO CUIT 20-26796066-7, DIST MASTER S.A. CUIT 30-61824366-0, M. B. G. COMERCIAL SRL. CUIT 30-70748071-4, FEDERICO PABLO CAMPOLONGO CUIT 20-18053177-8, DAIKO S.R.L. CUIT 30-71640066-9, no poseen deuda líquida y exigible o previsional ante la AFIP y las firmas VOCASER S.R.L CUIT 30-71092804-1 y SIMON ALEJANDRO NIEMAND CUIT 20-04536867-0 poseen deuda líquida y exigible o previsional ante la AFIP.

Que la Resolución N° 100/2020 de la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO prevé precios máximos de referencia.

Que la Unidad Operativa de Contrataciones recomendó adjudicar los renglones N° 1, N° 4, N° 9 y N° 10, a la firma DIST MASTER S.A. CUIT 30-61824366-0 por la suma de PESOS CIENTO VEINTIUN MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES CON 00/100 ($121.993,00), los renglones N° 3, N° 6 y N° 8 a la firma SERVICIOS PARA LA HIGIENE SA CUIT 30-71158542-3, por la suma de PESOS DIECISEIS MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y UNO CON 50/100 ($16.951,50); el renglón N° 5 a la firma VOCASER S.R.L CUIT 30-71092804-1, por la suma de PESOS CINCUENTA Y NUEVE MIL CIEN CON 00/100 ($59.100,00); el renglón N° 7 a la firma, PAPELERA CUMBRE S.A. CUIT 30-58705322-1, por la suma de PESOS TREINTA Y OCHO MIL CIENTO NOVENTA Y CINCO CON 00/100 ($38.195,00); los renglones N° 2 y N° 12 a la firma DAIKO S.R.L. CUIT 30-71640066-9, por la suma de PESOS CUARENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS ($49.800,00) y los renglones N° 11 y N° 13 a la firma ORELION PROVISION Y SERVICIOS S.R.L. CUIT 30-71620336-7, por la suma de PESOS CUATROCIENTOS TREINTA MIL CON 00/100 ($430.000,00).

Que la Unidad Operativa de Contrataciones recomendó asignar el orden de mérito N° 2 al oferente VOCASER S.R.L CUIT 30-71092804-1 en relación a los renglones N° 1 alt. 2 y 12 ; al oferente SERVICIOS PARA LA HIGIENE SA CUIT 30-71158542-3 los renglones N° 2, 4 y 10; al oferente FEDERICO PABLO CAMPOLONGO CUIT 20-18053177-8 los renglones N° 3 y 8; al oferente DIST MASTER S.A. CUIT 30-61824366-0 el renglón N° 5; al oferente PINTURERIA ROSMAR S.A. CUIT 30-57086127-8 el renglón N° 6; al oferente ORELION PROVISION Y SERVICIOS S.R.L. CUIT 30-71620336-7 el renglón N° 9 y a JORGE MARCOS TUFILLARO CUIT 20-26796066-7 los renglones N° 7, 11 y 13.

Que se comparte el juicio de la Unidad Operativa de Contrataciones y se advierte que la necesidad pública aún subsiste.

Que la presente contratación cuenta con saldo de crédito presupuestario y cuota de compromiso.

Que los artículos 6° de la Decisión Administrativa Nº 409/20 del señor JEFE DE GABINETE DE MINISTROS y 5° del Anexo de la Disposición N° 48/20 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (texto según Disposición ONC N° 55/20) establecen que se aplica la distribución de competencias efectuada en el artículo 9° del Anexo del Decreto N° 1030/16 para los procedimientos de contratación directa por compulsa abreviada y adjudicación simple.

Que, por remisión del artículo 9° del Anexo del aludido Decreto, deviene aplicable la Resolución MD 265/16.

Que, por tratarse de un procedimiento sustanciado en el ámbito de la ARMADA ARGENTINA, debe estarse a lo dispuesto en el Anexo III de la Resolución ministerial indicada.

Que el los Directores Generales – como el suscripto- tienen competencia para dictar el acto de conclusión del procedimiento siempre que la contratación a adjudicar o declarar fracasada no supere la suma equivalente a SIETE MIL QUINIENTOS Módulos (M 7.500), es decir, a PESOS DOCE MILLONES ($12.000.000,00), de acuerdo al valor actual del Módulo.

Que el Departamento Asesoría Legal del HOSPITAL NAVAL BUENOS AIRES “CIRUJANO MAYOR DOCTOR PEDRO MALLO” ha tomado la intervención que le corresponde.

Que el día 29 de junio de 2020 se recibe nota de la firma ORELION PROVISION Y SERVICIOS S.R.L. indicando en la misma que retiran su oferta para el renglón N° 11 debido a que se registra un desabastecimiento en el mercado del producto.

Que, en razón de los artículos 6° de la Decisión Administrativa Nº 409/20 del señor JEFE DE GABINETE DE MINISTROS, 5° del Anexo de la Disposición N° 48/20 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (texto según Disposición ONC N° 55/20), el artículo 9° Anexo del Decreto N° 1030/16 y el Anexo III de la Resolución MD 265/16, el suscripto es competente para dictar la presente medida.

Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL DEL HOSPITAL NAVAL BUENOS AIRES “CIRUJANO MAYOR DOCTOR PEDRO MALLO”

DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Convalidar y aprobar lo actuado en la COMPULSA - COVID-19 N° 0093 - Adquisición elementos de limpieza.

ARTICULO 2º.- Adjudicar los renglones N° 1, N° 4, N° 9 y N° 10, a la firma DIST MASTER S.A. CUIT 30-61824366-0 por la suma de PESOS CIENTO VEINTIUN MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES CON 00/100 ($ 121.993,00)

ARTICULO 3°.- Adjudicar los renglones N° 3, N° 6 y N° 8 a la firma SERVICIOS PARA LA HIGIENE SA CUIT 30-71158542-3, por la suma de PESOS DIECISEIS MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y UNO CON 50/100 ($ 16.951,50).

ARTICULO 4°.- Adjudicar el renglón N° 5 a la firma VOCASER S.R.L CUIT 30-71092804-1, por la suma de PESOS CINCUENTA Y NUEVE MIL CIEN CON 00/100 ($ 59.100,00).

ARTICULO 5°.- Adjudicar el renglón N° 7 a la firma, PAPELERA CUMBRE S.A. CUIT 30-58705322-1, por la suma de PESOS TREINTA Y OCHO MIL CIENTO NOVENTA Y CINCO CON 00/100 ($ 38.195,00).

ARTICULO 6°.- Adjudicar los renglones N° 2 y N° 12 a la firma DAIKO S.R.L. CUIT 30-71640066-9, por la suma de PESOS CUARENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS CON 00/100 ($ 49.800,00).

ARTICULO 7°.- Adjudicar el renglón N° 11 a la firma JORGE MARCOS TUFILLARO CUIT 20-26796066-7, por la suma de PESOS TRESCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL CON 00/100 ($ 356.000,00).

ARTICULO 8°.- Adjudicar el renglón N° 13 a la firma ORELION PROVISION Y SERVICIOS S.R.L. CUIT 30-71620336-7, por la suma de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL CON 00/100 ($ 258.000,00).

ARTICULO 9°.- Asignar a la firma VOCASER S.R.L CUIT 30-71092804-1 el puesto N° 2 para los renglones N° 1 alt. 2 y 12.

ARTICULO 10°.- Asignar a la firma SERVICIOS PARA LA HIGIENE SA CUIT 30-71158542-3 el puesto N° 2 para los renglones N° 2, 4 y 10.

ARTICULO 11°.- Asignar a la firma FEDERICO PABLO CAMPOLONGO CUIT 20-18053177-8 el puesto N° 2 para los renglones N° 3 y 8.

ARTICULO 12° - Asignar a la firma DIST MASTER S.A. CUIT 30-61824366-0 el puesto N° 2 para el renglón N° 5.

ARTICULO 13°.- Asignar a la firma PINTURERIA ROSMAR S.A. CUIT 30-57086127-8 el puesto N° 2 para el renglón N° 6.

ARTICULO 14°.- Asignar a la firma ORELION PROVISION Y SERVICIOS S.R.L. CUIT 30-71620336-7 el puesto N° 2 para el renglón N° 9.

ARTICULO 15°.- Asignar a la firma JORGE MARCOS TUFILLARO CUIT 20-26796066-7 el puesto N° 2 para los renglones N° 7 y 13.

ARTICULO 16º.- Notifíquese fehacientemente lo dispuesto a los oferentes que cotizaron en esta contratación.

ARTICULO 17º.- Autorícese al Departamento Contrataciones a emitir las correspondientes Órdenes de Compra y comunicaciones relacionadas, por un importe total de PESOS NOVECIENTOS MIL TREINTA Y NUEVE CON CINCUENTA CENTAVOS ($ 900.039,50), e imputar a la partida presupuestaria correspondiente, a fin de ejecutar la adjudicación dispuesta en el presente acto administrativo.

ARTICULO 18º.- Certifíquense, por medio de la Comisión de Recepción, los insumos detallados en la respectiva Orden de Compra, dando cumplimiento a lo establecido en la Orden Transitoria Nº 05/20 del Director General de este HOSPITAL NAVAL BUENOS AIRES “CIRUJANO MAYOR DR. PEDRO MALLO”.

ARTICULO 19º.- Pásese, para conocimiento y efectos, al DEPARTAMENTO CONTRATACIONES Y COMPRAS de este HOSPITAL NAVAL BUENOS AIRES “CIRUJANO MAYOR DOCTOR PEDRO MALLO”.

ARTICULO 20°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Alberto Hugo Croci

e. 28/07/2020 N° 29012/20 v. 28/07/2020

Fecha de publicación 28/07/2020