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Legislación y Avisos Oficiales
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AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD

Resolución 334/2020

RESOL-2020-334-APN-DE#AND

Ciudad de Buenos Aires, 20/07/2020

VISTO el Expediente EX-2020-40150070-APN-CCYC#AND, el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU2020-260-APN-PTE de fecha 12 de marzo de 2020, la Decisión Administrativa N° DECAD-2020-409-APN-JGM de fecha 18 de marzo de 2020, las Disposiciones de la Oficina Nacional de Contrataciones N° DI-2020-48- APNONC#JGM de fecha 19 de marzo de 2020, DI-2020-53-APN-ONC#JGM de fecha 8 de abril de 2020 y DI2020-55-APN-ONC#JGM de fecha 22 de abril de 2020, y

CONSIDERANDO:

Que en el marco del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 260/20, mediante el cual se amplió la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la Ley N° 27.541, en virtud de la pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) en relación con el coronavirus COVID-19, por el plazo de UN (1) año a partir de la entrada en vigencia de ese decreto, la DIRECCIÓN DE MODERNIZACIÓN E INFORMÁTICA, por medio de la nota NO-2020-36898150-APNDMEI#AND, requirió que se inicien las acciones tendientes a adquirir notebooks con el fin de garantizar durante el aislamiento social decretado, las operaciones diarias del personal jerárquico de la Agencia y su personal a cargo, e implementar mejoras en el pleno funcionamiento de la Direcciones, como así también satisfacer los objetivos de esta Agencia en favor de los derechos del Colectivo de Personas con Discapacidad.

Que de acuerdo a lo establecido en la Disposición ONC N° 48/20 y sus modificatorias, a través de la COORDINACIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES, dependiente de la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN, se realizó la Contratación Directa por Compulsa Abreviada por Emergencia Nº 483-0006-CDI20 – “COMPULSA - COVID-19 Nº 2 Adquisición de insumos informáticos”, y una vez fijada la fecha de apertura de la Contratación Directa, se procedió a dar difusión y publicidad de la misma en el sistema COMPR.AR, plataforma mediante la que se cursaron las invitaciones de rigor a los proveedores del rubro, tal surge del documento identificado como PLIEG2020-40811495-APN-CCYC#AND.

Que llevada a cabo la Apertura de las Ofertas el día 1° de julio de 2020, se constató la presentación de SIETE (7) firmas oferentes, las que operan comercialmente bajo las siguientes denominaciones: SOFTWARE BY DESIGN S.A.; EBOX S.A.; MDP SISTEMAS DIGITALES S.R.L.; TE FITI S.A.; SERVICIOS GLOBALES DE INFORMÁTICA S.A.; DRUIDICS SOLUCIONES INFORMÁTICAS S.R.L.; LA RED COMPUTACIÓN S.R.L., tal se desprende del Acta de Apertura obrante como IF-2020-41970510-APN-CCYC#AND.

Que conforme se desprende del Informe IF-2020-43178178-APN-DMEI#AND, la DIRECCIÓN DE MODERNIZACIÓN E INFORMÁTICA, como Unidad Requirente, analizó técnicamente las ofertas recibidas.

Que de acuerdo a lo establecido en el apartado 3, inciso h) del Anexo de la Disposición DI-2020-48-APNONC#JGM, tomando en consideración el análisis efectuado por la Unidad Requirente, mediante el Informe IF2020-43845304-APN-CCYC#AND, se recomendó adjudicar la Contratación Directa por Compulsa Abreviada por Emergencia Nº 483-0006-CDI20 – “COMPULSA - COVID-19 Nº 2 Adquisición de insumos informáticos” a la firma LA RED COMPUTACIÓN S.R.L. por un monto total de PESOS UN MILLÓN CIENTO VEINTICUATRO MIL QUINIENTOS OCHO ($1.124.508,00), por ajustarse a las especificaciones técnicas solicitadas, y resultar su oferta la más conveniente económicamente para la Agencia.

Que, de igual forma, se recomendó establecer el siguiente orden de mérito a las ofertas admisibles económicamente y que se ajustan a las especificaciones técnicas: 2° TE FITI S.A., 3° SOFTWARE BY DESIGN S.A.

Que, asimismo, se recomendó desestimar las ofertas presentadas por las firmas EBOX S.A. – Oferta Alternativa 1 y 2, MDP SISTEMAS DIGITALES S.R.L., SERVICIOS GLOBALES DE INFORMÁTICA S.A., DRUIDICS SOLUCIONES INFORMÁTICAS S.R.L., por no cumplir técnicamente con lo requerido por la Unidad Requirente.

Que por la DIRECCIÓN DE PRESUPUESTO Y CONTABILIDAD han sido tomados los recaudos presupuestarios pertinentes con la finalidad de atender el gasto resultante del presente procedimiento, tal se desprende de la Solicitud de Contratación Nº 483-5-SCO20, obrante como DOCFI-2020-40588882-APNDPYC#AND.

Que la DIRECCIÓN DE MODERNIZACIÓN E INFORMÁTICA, la DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA, ADMINISTRATIVA y LEGAL, la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN, la COORDINACIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES, la DIRECCIÓN DE PRESUPUESTO Y CONTABILIDAD y la DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas y lo establecido en el artículo 35 inciso b) y su Anexo del Reglamento de la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional, aprobado por el Decreto Nº 1344/07 y sus modificatorias, el Artículo 9 incisos d) y e), y su Anexo del “Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional”, aprobado por Decreto Nº 1030/16 y sus normas modificatorias y complementarias, Decreto N° 698/2017 y sus normas modificatorias, el Decreto N° 70/2020, la Decisión Administrativa Nº 409/20, las Disposiciones ONC N° 48/20, Nº 53/20 Nº 55/20 y sus respectivas normas modificatorias y complementarias.

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase lo actuado en la Contratación Directa por Compulsa Abreviada por Emergencia Nº 483-0006-CDI20 – “COMPULSA - COVID-19 Nº 2 Adquisición de insumos informáticos” por los motivos expuestos en los considerandos de la presente medida.

ARTÍCULO 2º.- Desestímanse las ofertas presentadas por los proveedores EBOX S.A. (30-71474920-6) – Oferta Alternativa 1 y 2, MDP SISTEMAS DIGITALES S.R.L. (30-70708853-9), SERVICIOS GLOBALES DE INFORMÁTICA S.A. (30-70773845-2), DRUIDICS SOLUCIONES INFORMÁTICAS S.R.L. (30-69824023-3), por los motivos expuestos en los considerandos de la presente medida.

ARTÍCULO 3º.- Adjudícase la mencionada Contratación Directa a la firma LA RED COMPUTACIÓN S.R.L. (30-69114481-6) por un monto total de PESOS UN MILLÓN CIENTO VEINTICUATRO MIL QUINIENTOS OCHO ($1.124.508,00), por los motivos expuestos en los considerandos de la presente medida.

ARTÍCULO 4°. - Establécese el siguiente orden de mérito: 2° TE FITI S.A. (30-71650585-1), 3° SOFTWARE BY DESIGN S.A. (30-71190824-9), por los motivos expuestos en los considerandos de la presente medida.

ARTÍCULO 5°. - Determínase que por la DIRECCIÓN DE PRESUPUESTO Y CONTABILIDAD, se comprometa la suma expresada en el Artículo 3°, en las partidas pertinentes del ejercicio 2020.

ARTÍCULO 6º.- Instrúyase a la COORDINACIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES, dependiente de la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN, a fin de que proceda a difundir la presente medida en el Sistema Electrónico de Contrataciones de la Administración Nacional – COMPR.AR, y se efectúen las tramitaciones de rigor.

ARTÍCULO 7°. - Créase una Comisión de Recepción Ad Hoc cuyas funciones se encuentran reguladas por el CAPITULO II del TITULO IV del Decreto Reglamentario N° 1030/2016, que deberá entender en lo correspondiente a la “COMPULSA - COVID-19 Nº 2 Adquisición de insumos informáticos”.

ARTÍCULO 8°. - Desígnanse como miembros de la Comisión de Recepción Ad Hoc creada en el artículo 7° de la presente medida a Gonzalo Antonio GARCÍA FERNÁNDEZ (D.N.I. 35.095.203), Matías Lucas MARTÍNEZ (D.N.I. 28.418.869) y Alejandro TIRACHINI (D.N.I. 29.935.955).

ARTICULO 9°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Claudio Flavio Augusto Esposito

e. 29/07/2020 N° 29318/20 v. 29/07/2020

Fecha de publicación 29/07/2020