Edición del
26 de Abril de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO SECRETARÍA DE ENERGÍA

Resolución 187/2020

RESOL-2020-187-APN-SE#MDP

Ciudad de Buenos Aires, 27/07/2020

VISTO el Expediente N° EX-2017-24406158-APN-DDYME#MEM y los Expedientes Nros. EX-2018-30711905-APN-DGDO#MEN, EX-2018-33249041-APN-DGDO#MEN, EX-2019-75811143-APN-DGDOMEN#MHA, EX-2019-75810184-APN-DGDOMEN#MHA, EX-2019-89411125-APN-DGDOMEN#MHA, EX-2019-90514220-APN-DGDOMEN#MHA y EX-2019-91669352-APN-DGDOMEN#MHA en tramitación conjunta, las Leyes Nros. 15.336 y 24.065 y la Resolución N° 61 de fecha 29 de abril de 1992 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS y sus modificatorias y complementarias, y

CONSIDERANDO:

Que la empresa ARRE BEEF ENERGÍA SOCIEDAD ANÓNIMA (ARRE BEEF ENERGÍA S.A.) solicitó su habilitación como Agente Generador del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM), para su Central Térmica a Biogás Arre Beef Energía de UNO COMA CINCO MEGAVATIOS (1,5 MW) de potencia nominal instalada, ubicada en el Partido de Ramallo, Provincia de BUENOS AIRES, conectándose al SISTEMA ARGENTINO DE INTERCONEXIÓN (SADI) en bornes de TREINTA Y TRES KILOVOLTIOS (33 kV) de la Estación Transformadora Pérez Millán, mediante una línea de media tensión de TREINTA Y TRES KILOVOLTIOS (33 kV), operada por la EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ENERGÍA NORTE SOCIEDAD ANÓNIMA (EDEN S.A.).

Que mediante las Notas Nros. B-128617-1 de fecha 6 de julio de 2018 (IF-2018-33280243-APN-DGDO#MEN), obrante en el Expediente N° EX-2018-33249041-APN-DGDO#MEN, y B-143579-1 de fecha 8 de octubre de 2019 (IF-2019-91753143-APN-DGDOMEN#MHA), obrante en el Expediente N° EX-2019-91669352-APN-DGDOMEN#MHA, COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) informó que la empresa ARRE BEEF ENERGÍA SOCIEDAD ANÓNIMA (ARRE BEEF ENERGÍA S.A.) cumplió para su Central Térmica a Biogás Arre Beef Energía los requisitos exigidos en los Puntos 5.1 y 5.2 del Anexo 17 de “Los Procedimientos para la Programación de la Operación, el Despacho de Cargas y Cálculo de Precios en el Mercado Eléctrico Mayorista” (Los Procedimientos), aprobados por la Resolución N° 61 de fecha 29 de abril de 1992 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS y sus modificatorias y complementarias, para su ingreso y administración en el MEM.

Que mediante la Resolución N° 408 de fecha 13 de julio de 2018 (IF-2019-76042739-APN-DGDOMEN#MHA), obrante en el Expediente N° EX-2019-75810184-APN-DGDOMEN#MHA, el ORGANISMO PROVINCIAL PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE (OPDS) de la Provincia de BUENOS AIRES resolvió declarar ambientalmente apto el proyecto de la Central Térmica a Biogás Arre Beef Energía.

Que la empresa ARRE BEEF ENERGÍA SOCIEDAD ANÓNIMA (ARRE BEEF ENERGÍA S.A.) cumplió con las exigencias de la normativa vigente en cuanto al aporte de documentación societaria y comercial.

Que la solicitud de ingreso al MEM de Central Térmica a Biogás Arre Beef Energía se publicó en el Boletín Oficial N° 34.227 de fecha 28 de octubre de 2019, sin haberse recibido objeciones que impidan el dictado de la presente medida.

Que la ex Dirección Nacional de Regulación del Mercado Eléctrico Mayorista de la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO ha tomado la intervención de su competencia.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley N° 15.336, los Artículos 35 y 36 de la Ley Nº 24.065, el Apartado X del Anexo II del Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, y la Resolución N° 61/92 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA.

Por ello,

EL SECRETARIO DE ENERGÍA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Autorízase el ingreso como Agente Generador del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) a la empresa ARRE BEEF ENERGÍA SOCIEDAD ANÓNIMA (ARRE BEEF ENERGÍA S.A.) para su Central Térmica a Biogás Arre Beef Energía de UNO COMA CINCO MEGAVATIOS (1,5 MW) de potencia nominal instalada, ubicada en el Partido de Ramallo, Provincia de BUENOS AIRES, conectándose al SISTEMA ARGENTINO DE INTERCONEXIÓN (SADI) en bornes de TREINTA Y TRES KILOVOLTIOS (33 kV) de la Estación Transformadora Pérez Millán, mediante una línea de media tensión de TREINTA Y TRES KILOVOLTIOS (33 kV), operada por la EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ENERGÍA NORTE SOCIEDAD ANÓNIMA (EDEN S.A.).

ARTÍCULO 2°.- Instrúyese a COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) a efectos de que los sobrecostos que se ocasionen a los demás agentes del MEM y las penalidades que deban abonar los prestadores de la Función Técnica del Transporte (FTT) derivados de eventuales indisponibilidades con motivo del ingreso que la presente medida autoriza, sean cargadas a la empresa ARRE BEEF ENERGÍA SOCIEDAD ANÓNIMA (ARRE BEEF ENERGÍA S.A.), titular del Central Térmica a Biogás Arre Beef Energía en su vínculo con el SADI. A este efecto, se faculta a CAMMESA a efectuar los correspondientes cargos dentro del período estacional en que dichos sobrecostos o penalidades se produzcan.

ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a la empresa ARRE BEEF ENERGÍA SOCIEDAD ANÓNIMA (ARRE BEEF ENERGÍA S.A.), a CAMMESA, a EDEN S.A. y al ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO.

ARTÍCULO 4°.- La presente medida entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Sergio Enzo Lanziani

e. 29/07/2020 N° 29250/20 v. 29/07/2020

Fecha de publicación 29/07/2020