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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO SECRETARÍA DE ENERGÍA

Resolución 195/2020

RESOL-2020-195-APN-SE#MDP

Ciudad de Buenos Aires, 28/07/2020

VISTO el Expediente Nº EX-2017-24406337-APN-DDYME#MEM y los Expedientes Nros. EX-2019-66470191-APN-DGDOMEN#MHA y EX-2019-67442081-APN-DGDOMEN#MHA, en tramitación conjunta, las Leyes Nros. 15.336 y 24.065, la Resolución Nº 61 de fecha 29 de abril de 1992 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS y sus modificatorias y complementarias, y

CONSIDERANDO:

Que la empresa LATINOAMERICANA DE ENERGÍA S.A. solicitó su ingreso al MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) como Agente Generador para su Parque Solar Diaguitas, con una potencia de DOS MEGAVATIOS (2 MW), ubicado en el Departamento Albardón, Provincia de SAN JUAN, conectándose al SISTEMA ARGENTINO DE INTERCONEXIÓN (SADI) en barras de TRECE COMA DOS KILOVOLTIOS (13,2 kV) de la Estación Transformadora La Laja, jurisdicción de ENERGÍA SAN JUAN S.A.

Que, mediante la Nota B-140970-1 de fecha 25 de julio de 2019 (IF-2019-67462203-APN-DGDOMEN#MHA), obrante en el Expediente Nº EX-2019-67442081-APN-DGDOMEN#MHA, la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) informó que la empresa LATINOAMERICANA DE ENERGÍA S.A. cumple para su Parque Solar Diaguitas los requisitos exigidos en los Puntos 5.1 y 5.2 del Anexo 17 de “Los Procedimientos para la Programación de la Operación, el Despacho de Cargas y Cálculo de Precios en el Mercado Eléctrico Mayorista” (Los Procedimientos), aprobados por la Resolución N° 61 de fecha 29 de abril de 1992 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS y sus modificatorias y complementarias, para su ingreso y administración en el MEM.

Que, mediante la Resolución Nº 549 de fecha 24 de mayo de 2018 de la SECRETARÍA DE ESTADO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la Provincia de SAN JUAN, obrante en el Expediente Nº EX-2019-66470191-APN-DGDOMEN#MHA, se resolvió otorgar la declaración de impacto ambiental al proyecto del Parque Solar Diaguitas.

Que la empresa LATINOAMERICANA DE ENERGÍA S.A. ha cumplido con las exigencias de la normativa vigente en cuanto al aporte de documentación societaria y comercial.

Que la solicitud de ingreso al MEM del Parque Solar Diaguitas se publicó en el Boletín Oficial N° 34.219 de fecha 16 de octubre de 2019, sin haberse recibido objeciones que impidan el dictado de la presente medida.

Que la ex Dirección Nacional de Regulación del Mercado Eléctrico Mayorista de la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO ha tomado la intervención de su competencia.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los Artículos 35, 36 y 37 de la Ley Nº 24.065, el Apartado X del Anexo II del Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, y la Resolución Nº 61/92 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA y sus modificatorias y complementarias.

Por ello,

EL SECRETARIO DE ENERGÍA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Autorízase el ingreso como Agente Generador del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) a la empresa LATINOAMERICANA DE ENERGÍA S.A. para su Parque Solar Diaguitas, con una potencia de DOS MEGAVATIOS (2 MW), ubicado en el Departamento Albardón, Provincia de SAN JUAN, conectándose al SISTEMA ARGENTINO DE INTERCONEXIÓN (SADI) en barras de TRECE COMA DOS KILOVOLTIOS (13,2 kV) de la Estación Transformadora La Laja, jurisdicción de la empresa ENERGÍA SAN JUAN S.A.

ARTÍCULO 2°.- Instrúyese a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) a efectos de que los sobrecostos que se ocasionen a los demás agentes del MEM y las penalidades que deban abonar los prestadores de la Función Técnica del Transporte (FTT) derivados de eventuales indisponibilidades con motivo del ingreso que este acto autoriza, sean cargadas a la empresa LATINOAMERICANA DE ENERGÍA S.A., titular del Parque Solar Diaguitas en su vínculo con el SADI. A este efecto, se faculta a CAMMESA a efectuar los correspondientes cargos dentro del período estacional en que dichos sobrecostos o penalidades se produzcan.

ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a las empresas LATINOAMERICANA DE ENERGÍA S.A., ENERGÍA SAN JUAN S.A., a CAMMESA y al ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO.

ARTÍCULO 4°.- La presente medida entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Sergio Enzo Lanziani

e. 29/07/2020 N° 29330/20 v. 29/07/2020

Fecha de publicación 29/07/2020