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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES

Disposición 2693/2020

DI-2020-2693-APN-DNM#MI

Ciudad de Buenos Aires, 23/07/2020

VISTO el Expediente EX-2018-36764534- -APN-DGA#DNM, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N 25.164, la Ley N° 27.467, el Decreto N°2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, el Decreto N° 355 del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio el Decreto N° 859 del 26 de septiembre de 2018 y el Decreto Nº 4 del 2 de enero de 2020, las Decisiones AdministrativasN°1145 del 18 de octubre de 2016 y N° 338 del 16 de marzo de 2018, la Resolución N° 39 del 18 de marzo de 2010 de la Ex - SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, la Resolución de la Ex SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del entonces MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN Nº 5-E del 3 de febrero de 2017,las Disposiciones DI-2017-4160-APN-DNM#MI del 11 de julio de 2017, DI-2017-4635-APN-DNM#MI del 11 de agosto de 2017 y DI-2018-1332-APN-DNM#MI del 5 de abril de 2018, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el artículo 3° del Decreto N° 355/17, sustituido por el artículo 2° del Decreto N° 859/18, se dispone que toda designación del personal ingresante a la planta permanente como asimismo la promoción del personal que revista en la planta permanente, luego de la sustanciación de los respectivos procesos de selección, en cargos vacantes y financiados presupuestariamente en el ámbito de la Administración Pública Nacional centralizada en cargos de las estructuras organizativas serán efectuadas en sus respectivas jurisdicciones por los Ministros, los Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y los Secretarios de Gobierno.

Que el artículo 5° del Decreto N° 355/17, sustituido por el artículo 4° del Decreto N° 859/18, establece que los organismos descentralizados con facultades relacionadas con la administración de su personal establecidas en sus normas de creación o en normas especiales, mantienen las mismas en los términos de los artículos 3°, 4° y 8° del mencionado Decreto.

Que el entonces MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN a través de su Dictamen IF-2017-32619814-APN-ONEP#MM se expidió manifestando que la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES deviene competente para aprobar las designaciones de personal en la planta permanente luego de la sustanciación de los respectivos procesos de selección, entre otras cuestiones.

Que por la Decisión Administrativa Nº 1145/16 se autorizó como excepción a lo dispuesto por el artículo 7º de la Ley Nº 27.198, la cobertura mediante los respectivos procesos de selección de TRES MIL CIEN (3.100) cargos vacantes y financiados, correspondientes al ejercicio presupuestario 2016, en el ámbito del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios.

Que, asimismo la Ley N°27.198 estableció que las Decisiones Administrativas que autoricen la cobertura de cargos vacantes tendrán vigencia durante los ejercicios fiscales 2016 y 2017 para los casos en que las vacantes descongeladas no hayan podido ser cubiertas.

Que por el Anexo VI (IF-2017-1535585-APN-SECEP#MM) de la Resolución de la Ex SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del entonces MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN N°5 E/17 se asignaron TRESCIENTOS TREINTA Y TRES (333) cargos vacantes y financiados de la Planta Permanente a la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES autorizados para su cobertura por el artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 1145/16, mediante el Régimen de Selección establecido por el Título IV del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL homologado por el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y complementarios.

Que mediante la Decisión Administrativa N° 338/18 se asignaron TRESCIENTOS TREINTA Y TRES (333) cargos vacantes y financiados de la Planta Permanente a la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES autorizados para su cobertura por el artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 1145/16 y la Resolución de la Ex SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del entonces MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN N° 5 E/17.

Que mediante la Resolución de la Ex - SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 39/10 y sus modificatorias, se aprobó el Régimen de Selección de Personal para el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP).

Que por la Disposición DI-2017-4160-APN-DNM#MI se designó a los integrantes de los Comités de Selección para la cobertura de TRESCIENTOS TREINTA Y TRES (333) cargos vacantes y financiados de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, conforme lo establecido por el artículo 29 del Anexo I de la Resolución de la Ex - SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 39/10 y sus modificatorias.

Que por la Disposición DI-2017-4635-APN-DNM#MI, se aprobaron las Bases de la Convocatoria presentadas por los respectivos Comités de Selección.

Que el Comité de Selección Nº 3 ha actuado en un todo de acuerdo con el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y complementarios, y con los procedimientos de selección establecidos por la Resolución N° 39/10 de la Ex - SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que por la Disposición DI-2018-1332-APN-DNM#MI se aprobaron los Órdenes de Mérito conforme lo previsto en el artículo 64 del Anexo I de la Resolución citada en el considerando precedente, respecto de los postulantes para cada uno de los cargos, con sus respectivos puntajes.

Que por el Anexo II del Acta 8 del 21 de diciembre de 2017 el Comité de Selección N° 3, luego del análisis de los antecedentes resolvió recomendar la asignación de UN (1) grado a todos los agentes incluidos en la misma por aplicación de los artículos 24, 31 y/o 128 del Anexo del Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y complementarios, entre los que se encuentra el agente José Mariano del Valle MOLINA LÓPEZ (DNI N°22.484.161).

Que la DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN ha procedido a la ponderación del grado a asignar al mencionado agente de acuerdo a las pautas establecidas por los artículos 31 y 128 del Anexo del Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y complementarios.

Que el agente involucrado en la presente medida estuvo alcanzado por las previsiones del artículo 129 del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SINEP, por no reunir el requisito mínimo de posesión de Titulo de Nivel Educativo Secundario exigido en las Bases del correspondiente Proceso de Selección, habiendo asumido oportunamente el compromiso de completar sus estudios de Nivel Secundario de conformidad con lo establecido en el artículo citado, situación que cumplimentó en virtud de la constancia agregada en las presentes actuaciones.

Que la presente medida no constituye asignación de recurso extraordinario.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES cuenta con el crédito presupuestario necesario para la cobertura del mencionado cargo.

Que la Ex SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención de su competencia, de acuerdo a lo establecido en el artículo 3° de la Decisión Administrativa N° 338/18.

Que la DIRECCIÓN DE ASUNTOS LEGALES de la DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA- JURÍDICA de esta Dirección Nacional, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de lo establecido por el artículo 29 de la Ley N° 25.565 y en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 1410 del 3 de diciembre de 1996 y por el artículo 5° del Decreto N° 355 del 22 de mayo de 2017, sustituido por el artículo 4° del Decreto N° 859 del 26 de septiembre de 2018 y el Decreto Nº 59 del 23 de diciembre de 2019.

Por ello,

LA DIRECTORA NACIONAL DE MIGRACIONES

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Desígnase en la Planta Permanente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE INTERIOR del MINISTERIO DEL INTERIOR a la persona detallada en el Anexo I (IF-2020-41026234-APN-DGA#DNMI) que forma parte integrante de la presente medida en el cargo, agrupamiento, nivel, grado y tramo del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) indicado, homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios y en la dependencia de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES que se determina.

ARTÍCULO 2°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto vigente de la Jurisdicción 30 - MINISTERIO DEL INTERIOR - Entidad 201 - DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Maria Florencia Carignano

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 29/07/2020 N° 28879/20 v. 29/07/2020

Fecha de publicación 29/07/2020