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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Decisión Administrativa 1361/2020

DECAD-2020-1361-APN-JGM - Designación.

Ciudad de Buenos Aires, 29/07/2020

VISTO el Expediente Nº EX-2020-17845598-APN-SIP#JGM, las Leyes Nros. 25.164 y 27.467, los Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, 355 del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio, 7 del 10 de diciembre de 2019, 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, 4 del 2 de enero de 2020, las Decisiones Administrativas Nros. 298 del 9 de marzo de 2018 y su modificatoria y 723 del 5 de mayo de 2020, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 4/20 se estableció que las disposiciones de la Ley N° 27.467 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2019 regirán a partir del 1° de enero de 2020, en virtud de lo establecido por el artículo 27 de la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional.

Que por el Decreto N° 355/17 se estableció que toda designación transitoria de personal en cargos de planta permanente y extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario, vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad con las estructuras organizativas, será efectuada por el Jefe de Gabinete de Ministros, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad de que se trate.

Que por el Decreto Nº 7/19 se sustituyó el artículo 1° de la Ley de Ministerios (Ley N° 22.520, texto ordenado por Decreto N° 438/92 y sus modificatorias) y se creó, entre otros, el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

Que por el Decreto N° 50/19 se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría y sus respectivos objetivos, entre los que se encuentran los correspondientes al citado Ministerio.

Que por el artículo 6° del citado decreto se estableció que hasta tanto se concluya con la reestructuración de las áreas afectadas, se mantendrán vigentes las aperturas estructurales existentes de nivel inferior a Subsecretaría.

Que por la Decisión Administrativa N° 298/18 se aprobó la entonces estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del referido Ministerio y por su similar N° 723/20, la actual estructura organizativa de la referida Jurisdicción.

Que se considera necesario proceder a la cobertura transitoria del entonces cargo vacante y financiado de Auditor/a Adjunto/a Contable y Legal de la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

Que la contadora pública CRISCUOLO, propuesta para la cobertura del referido cargo, debe ser exceptuada del cumplimiento del requisito de edad previsto en el artículo 5° inciso f) del Anexo de la Ley N° 25.164 para el ingreso a la Administración Pública Nacional.

Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario.

Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 100 inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, 5° del Anexo I del Decreto N° 1421 del 8 de agosto de 2002 y su modificatorio y 2° del Decreto Nº 355 del 22 de mayo de 2017.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1°.- Dase por designada, a partir del 4 de marzo de 2020 y hasta el 4 de mayo de 2020, a la contadora pública Carmen CRISCUOLO (D.N.I. N° 11.170.276) en el entonces cargo de Auditora Adjunta Contable y Legal de la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, Nivel B - Grado 0 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08.

Se autoriza el correspondiente pago del Suplemento por Función Ejecutiva Nivel II del citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial y se efectúa la presente designación transitoria con autorización excepcional por no reunir la contadora pública CRISCUOLO los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 de dicho Convenio y con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 5° inciso f) del Anexo de la Ley N° 25.164.

ARTÍCULO 2°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente decisión administrativa será atendido con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción 85 - MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Santiago Andrés Cafiero - Daniel Fernando Arroyo

e. 31/07/2020 N° 29711/20 v. 31/07/2020

Fecha de publicación 31/07/2020