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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO SECRETARÍA DE ENERGÍA

Resolución 217/2020

RESOL-2020-217-APN-SE#MDP

Ciudad de Buenos Aires, 29/07/2020

VISTO el Expediente N° EX-2019-55524227-APN-DGDOMEN#MHA y los Expedientes Nros. EX-2019-65119050-APN-DGDOMEN#MHA, EX-2019-85085899-APN-DGDOMEN#MHA y EX-2019-85084619-APN-DGDOMEN#MHA, en tramitación conjunta, las Leyes Nros. 15.336 y 24.065 y la Resolución Nº 61 de fecha 29 de abril de 1992 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS y sus modificatorias y complementarias, y

CONSIDERANDO:

Que la firma GENNEIA S.A. ha comunicado haber asumido la titularidad del Parque Eólico Rawson I y del Parque Eólico Rawson II, ubicados ambos en la Ruta Provincial 1, km. 158,4, Rawson, Provincia del CHUBUT.

Que la firma INTEGRACIÓN ENERGÉTICA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA (IEASA), en su calidad de anterior titular del Parque Eólico Rawson I y del Parque Eólico Rawson II, se encontraba incorporada al MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) como Agente Generador, solicitando la firma GENNEIA S.A. su habilitación para seguir actuando en el mismo carácter y bajo las mismas condiciones que aquélla.

Que, mediante las Notas Nros. B-139891-1 y B-139891-2, ambas de fecha 18 de septiembre de 2019, obrantes en los Expedientes Nros. EX-2019-85085899-APN-DGDOMEN#MHA (IF-2019-85125822-APN-DGDOMEN#MHA) y EX-2019-85084619-APN-DGDOMEN#MHA (IF-2019-85416376-APN-DGDOMEN#MHA), respectivamente, la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) ha informado que la firma GENNEIA S.A. cumple con los requisitos exigidos por los Puntos 4.1, 5.1 y 5.2 del Anexo 17 de “Los Procedimientos para la Programación de la Operación, el Despacho de Cargas y Cálculo de Precios en el Mercado Eléctrico Mayorista” (Los Procedimientos), aprobados por la Resolución N° 61 de fecha 29 de abril de 1992 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS y sus modificatorias y complementarias, para su ingreso y administración en el MEM.

Que CAMMESA hizo saber que la firma IEASA, como cedente de la titularidad del Parque Eólico Rawson I y del Parque Eólico Rawson II, ha cumplido con lo requerido por el Punto 4.2 del Anexo 17 de Los Procedimientos.

Que la firma GENNEIA S.A. ha cumplido con las exigencias de la normativa vigente en cuanto al aporte de documentación societaria y comercial.

Que la solicitud de cambio de titularidad ha sido publicada en el Boletín Oficial N° 34.208 de fecha 30 de septiembre de 2019, no habiéndose presentado objeciones u oposiciones derivadas de dicha publicación.

Que la ex Dirección Nacional de Regulación del Mercado Eléctrico Mayorista de la ex SUBSECRETARÍA DE MERCADO ELÉCTRICO de la ex SECRETARÍA DE RECURSOS RENOVABLES Y MERCADO ELÉCTRICO de la ex SECRETARÍA DE GOBIERNO DE ENERGÍA del ex MINISTERIO DE HACIENDA ha tomado la intervención de su competencia.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los Artículos 35, 36 y 37 de la Ley Nº 24.065, el Apartado X del Anexo II del Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, y la Resolución Nº 61/92 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA y sus modificatorias y complementarias.

Por ello,

EL SECRETARIO DE ENERGÍA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Autorízase la continuidad para actuar en calidad de Agente Generador del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) a la firma GENNEIA S.A. como nuevo titular del Parque Eólico Rawson I y del Parque Eólico Rawson II, ubicados ambos en Ruta Provincial 1, km. 158,4, Rawson, Provincia del CHUBUT.

ARTÍCULO 2º.- Notifíquese a la firma GENNEIA S.A., a la firma INTEGRACIÓN ENERGÉTICA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA (IEASA), a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) y al ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO.

ARTÍCULO 3º.- Instrúyese al ORGANISMO ENCARGADO DEL DESPACHO (OED) a informar a todos los agentes del MEM lo resuelto en la presente resolución.

ARTÍCULO 4º.- La presente medida entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Sergio Enzo Lanziani

e. 31/07/2020 N° 29733/20 v. 31/07/2020

Fecha de publicación 31/07/2020