Edición del
27 de Marzo de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD

Resolución 445/2020

RESOL-2020-445-APN-DE#AND

Ciudad de Buenos Aires, 31/07/2020

VISTO el EX-2020-48922855-APN-DRRHH#AND, el Decreto 698 del 5 de septiembre de 2017 y sus modificatorios, los Decretos de Necesidad y Urgencia N° 260 del 12 de marzo de 2020 y N° 297 del 19 de marzo de 2020, y sus normas concordantes y ampliatorios; las Decisiones Administrativas N° 390 del 16 de marzo de 2020 y N° 427 del 20 de marzo de 2020, la Resolución N° 3 del 13 de marzo de 2020 de la SECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y las Resoluciones de la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD N° 202 del 5 de junio de 2020 y N° 255 del 22 de junio de 2020, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 260/20 se amplió la emergencia pública sanitaria establecida por Ley N° 27.541, en virtud de la pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) en relación con el coronavirus -Covid-19- por el plazo de un año desde la sanción de la medida.

Que, posteriormente, por el Decreto N° 297/20 se estableció para todo el territorio nacional el “Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio”, y la prohibición de desplazarse por rutas, vías y espacios públicos, a fin de prevenir la circulación y el contagio del virus Covid-19, medida que fue sucesivamente prorrogada, y que mantiene su vigencia en algunas jurisdicciones de nuestro país.

Que la medida precedentemente mencionada exceptuó de dicho alcance, entre otras personas, a las autoridades superiores del Gobierno Nacional y a aquellos trabajadores y trabajadoras del sector público, convocados para garantizar actividades esenciales requeridas por las respectivas jurisdicciones, con el objeto de asegurar el adecuado funcionamiento de la Administración Pública Nacional.

Que mediante la Resolución N° 3/20 de la SECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS se instruyó a cada una de las entidades que integran el Sector Público Nacional, conforme el Artículo 8° de la Ley de Administración Financiera del Sector Público Nacional y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias, a la aplicación de las recomendaciones elaboradas por los organismos técnicos competentes del MINISTERIO DE SALUD para la prevención del Covid-19.

Que, posteriormente, por la Decisión Administrativa N° 427/20 se estableció un procedimiento tendiente a efectivizar, en términos formales, el otorgamiento de las excepciones de circulación a los agentes y funcionarios públicos que presten tareas críticas y esenciales.

Que, en consonancia con lo allí previsto, por Resolución N° 255/20 de esta AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD se declaró críticos, esenciales e indispensables para el funcionamiento de esta AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD al PROGRAMA FEDERAL DE SALUD “INCLUIR SALUD” y a las actividades desarrolladas por las Direcciones de Afiliaciones y de Prestaciones Médicas, dependientes de la DIRECCIÓN NACIONAL DE ACCESO A LOS SERVICIOS DE SALUD, las que deberán llevarse a cabo de forma presencial, con un máximo de hasta QUINCE (15) agentes por turnos, debiendo darse cumplimiento con todas las medidas preventivas y de cuidado establecidas para el COVID-19 por la normativa vigente, a cuyo efecto deberá establecerse un protocolo específico.

Que lo hasta aquí referido en términos normativos y operativos, conlleva la necesidad de contar formalmente, en el ámbito de esta AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD, con herramientas e instrumentos tendientes a la prevención del Covid-19 en oportunidad del desarrollo de tareas de modo presencial por parte de agentes y/o funcionarios del Organismo.

Que, en un todo de acuerdo a sus competencias la Dirección de Recursos Humanos, dependiente de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal, elaboró el documento denominado “Lineamientos generales para el armado de los protocolos Covid-19 de ANDIS”, y su Anexo I “Medidas generales de prevención en el marco del Covid-19”, que instituye pautas y lineamientos generales de prevención de contagio del Covid-19, en ocasión del desarrollo de tareas presenciales en cualesquiera de las sedes de este organismo.

Que, conforme lo prescripto en el artículo 11 de la ya citada Resolución N° 3/20 de la SECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO, la Delegación de la COMISION DE CONDICIONES Y MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO (CYMAT) de esta AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD analizó y validó el documento en cuestión, tal como surge de su Acta Nro. 9 de fecha 27 de julio de 2020, identificada como IF2020-48395075-APN-DRRHH#AND.

Que dichos lineamientos se han basado en los términos de las recomendaciones para el desarrollo de protocolos en el marco de la pandemia, expedidas por el MINISTERIO DE SALUD de la NACIÓN.

Que mediante Resolución N° 202/20 de la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD se aprobaron los “Lineamientos generales para el armado de los protocolos covid-19 de ANDIS”, y su Anexo I “Medidas generales de prevención en el marco del covid-19”, sin perjuicio de lo que se establezca a través de protocolos específicos de acuerdo a las particularidades de las tareas a desarrollar y/o de las características edilicias de las sedes donde se lleven a cabo las mismas.

Que en virtud de haber sido declarada las actividades desarrolladas por las Direcciones de Afiliaciones y de Prestaciones Médicas, dependientes de la DIRECCIÓN NACIONAL DE ACCESO A LOS SERVICIOS DE SALUD como tareas críticas y esenciales, la Dirección de Recursos Humanos, en conjunto con la Dirección Nacional de Accesos a los Servicios de Salud elaboraron un “Protocolo Específico de la DIRECCIÓN NACIONAL DE ACCESO A LOS SERVICIOS DE SALUD”.

Que, asimismo, por el Acta Nº 9, identificada como IF-2020-48395075-APN-DRRHH#AND, se validó, por parte de la Delegación Jurisdiccional CYMAT, el Protocolo Específico de la DIRECCIÓN NACIONAL DE ACCESO A LOS SERVICIOS DE SALUD.

Que se torna necesario aprobar por acto administrativo procedente el mencionado Protocolo Específico.

Que, consecuentemente, corresponde instruir a los titulares de todas las unidades de esta jurisdicción a velar por el cumplimiento de las pautas y lineamientos aludidos en el considerando precedente.

Que la Dirección de Recursos Humanos y la Dirección de Asuntos Jurídicos han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nros. 698/17 y 70/20.

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Apruébase el documento denominado “Protocolo Específico de la DIRECCIÓN NACIONAL DE ACCESO A LOS SERVICIOS DE SALUD”, identificado como IF-2020- 48925512 -APN-DRRHH#AND, que como Anexo forma parte integrante de la presente, de acuerdo a lo expuesto en los Considerandos de la presente.

ARTICULO 2º.- Instrúyase a los titulares de todas las unidades de esta AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD a velar por el cumplimiento de las pautas y lineamientos aprobados en el Artículo 1° de la presente.

ARTÍCULO 3º.- Encomiéndese a la Dirección de Recursos Humanos a dar amplia difusión al documento aprobado a través del presente acto resolutivo y a adoptar las acciones que estime corresponder para asegurar el cumplimiento del mismo.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y oportunamente archívese. Claudio Flavio Augusto Esposito

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 03/08/2020 N° 30050/20 v. 03/08/2020

Fecha de publicación 03/08/2020