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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE ECONOMÍA

Resolución 345/2020

RESOL-2020-345-APN-MEC

Ciudad de Buenos Aires, 30/07/2020

Visto el expediente EX-2019-87959712-APN-DGDOMEN#MHA, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto tramita la aprobación del Plan de Acción y Presupuesto para el ejercicio 2020 formulado por Integración Energética Argentina S.A., actuante en el ámbito de la Secretaría de Energía del Ministerio de Desarrollo Productivo.

Que la ley 24.156, contiene en el Capítulo III del Título II, el Régimen Presupuestario de Empresas Públicas, Fondos Fiduciarios y Entes Públicos no comprendidos en Administración Nacional.

Que obra en el expediente señalado, el informe favorable de la Oficina Nacional de Presupuesto dependiente de la Subsecretaría de Presupuesto de la Secretaría de Hacienda de este Ministerio sobre la medida propiciada.

Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía ha tomado la intervención que le compete.

Que esta resolución se dicta en virtud a la facultades previstas en el artículo 49 de la ley 24.156 y en su decreto reglamentario 1344 del 4 de octubre de 2007.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMÍA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el Plan de Acción y Presupuesto para el ejercicio 2020 de Integración Energética Argentina S.A., actuante en el ámbito de la Secretaría de Energía del Ministerio de Desarrollo Productivo, de acuerdo al detalle obrante en los anexos I (IF-2020-46036573-APN-SSP#MEC) y II (IF-2020-46036545-APN-SSP#MEC) que integran esta medida.

ARTÍCULO 2º.- Estimar en la suma de ciento un mil cuatrocientos veintitrés millones ochocientos cuatro mil ochocientos cincuenta y un pesos ($ 101.423.804.851) los ingresos de operación y fijar en la suma de ciento cuarenta y cuatro mil novecientos veintidós millones novecientos treinta y nueve mil seiscientos cincuenta y cinco pesos ($ 144.922.939.655) los gastos de operación, y como consecuencia de ello aprobar el Resultado Operativo (Pérdida de operación) estimado en cuarenta y tres mil cuatrocientos noventa y nueve millones ciento treinta y cuatro mil ochocientos cuatro pesos ($ 43.499.134.804), de acuerdo al detalle que figura en las planillas del anexo II (IF-2020-46036545-APN-SSP#MEC).

ARTÍCULO 3º.- Estimar en la suma de ciento cincuenta y cuatro mil setecientos cuarenta y cuatro millones ochocientos treinta y seis mil cincuenta y seis pesos ($ 154.744.836.056) los ingresos corrientes y fijar en la suma de ciento cuarenta y ocho mil doscientos ochenta y ocho millones quinientos ochenta y siete mil ciento diez pesos ($ 148.288.587.110) los gastos corrientes, y como consecuencia de ello aprobar el Resultado Económico (Ahorro) estimado en seis mil cuatrocientos cincuenta y seis millones doscientos cuarenta y ocho mil novecientos cuarenta y seis pesos ($ 6.456.248.946), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del anexo II (IF-2020-46036545-APN-SSP#MEC).

ARTÍCULO 4º.- Estimar en la suma de trece mil doscientos tres millones noventa y cinco mil setecientos noventa pesos ($ 13.203.095.790) los ingresos de capital y fijar en la suma de dieciséis mil cincuenta millones quinientos sesenta y un mil ochocientos setenta pesos ($ 16.050.561.870) los gastos de capital, y como consecuencia de ello en conjunción con el Resultado Económico establecido en el artículo 3º de esta resolución, estimar el Resultado Financiero (Superávit) para el ejercicio 2020 en tres mil seiscientos ocho millones setecientos ochenta y dos mil ochocientos sesenta y seis pesos ($ 3.608.782.866), de acuerdo con el detalle obrante en las planillas del anexo II (IF-2020-46036545-APN-SSP#MEC).

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Martín Guzmán

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 03/08/2020 N° 29941/20 v. 03/08/2020

Fecha de publicación 03/08/2020