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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SEGURIDAD

Resolución 251/2020

RESOL-2020-251-APN-MSG

Ciudad de Buenos Aires, 31/07/2020

VISTO el Expediente EX-2020-39773086- -APN-DRYFPQ#MSG, el Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019, la Decisión Administrativa N° 335 del 6 de marzo de 2020, las Resoluciones del MINISTERIO DE SEGURIDAD Nros. RESOL-2017-574-APN-MSG y RESOL-2018-499-APN-MSG, y

CONSIDERANDO:

Que el espíritu de la modificada RESOL-2017-574-APN-MSG por la RESOL-2018-499-APN-MSG, es procurar el efectivo cobro de las sanciones de “Multas” establecidas para aquellas personas físicas o jurídicas que transgredan el régimen de la Ley N° 26.045.

Que mediante dicha Resolución, se aprobó el formulario de “Boleta de Deuda”, facultándose para su confección a la EX COORDINACIÓN DE EVALUACIÓN TÉCNICA Y CONTROL DE PRECURSORES QUÍMICOS.

Que resulta imperioso en virtud del dictado del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019, y la Decisión Administrativa N° 335 del 6 de marzo de 2020 y el nuevo esquema organizativo, proceder a la modificación de la mencionada normativa ministerial.

Que, en este sentido, la estructura organizativa del MINISTERIO DE SEGURIDAD, aprobada por la mentada Decisión Administrativa N° 335/2020, contempla, en el ámbito de la SUBSECRETARÍA DE INVESTIGACIÓN CRIMINAL Y COOPERACIÓN JUDICIAL de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD Y POLÍTICA CRIMINAL, a la DIRECCIÓN DEL REGISTRO Y FISCALIZACIÓN DE PRECURSORES QUÍMICOS dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE LUCHA CONTRA EL NARCOTRÁFICO.

Que, entre otras acciones, le compete a la DIRECCIÓN DEL REGISTRO Y FISCALIZACIÓN DE PRECURSORES QUÍMICOS, resolver las actuaciones administrativas labradas en orden a las infracciones previstas en la Ley N° 26.045, y demás normas dictadas en consecuencia.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio, ha tomado la intervención que le corresponde.

Que la suscripta es competente para el dictado de la presente medida en virtud de los artículos 4°, inciso b), apartado 9°, y 22 bis de la Ley de Ministerios (t.o. 1992) y sus modificaciones.

Por ello,

LA MINISTRA DE SEGURIDAD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Sustitúyase el formulario de “Boleta de Deuda”, aprobado por el artículo 1° de la RESOL-2017-574-APN-MSG, modificado por la RESOL-2018-499-APN-MSG, por el formulario que se adjunta al presente como Anexo (IF-2020-39812371-APN-DRYFPQ#MSG), el que deberá ser confeccionado y suscripto por la DIRECCIÓN DEL REGISTRO Y FISCALIZACIÓN DE PRECURSORES QUÍMICOS, para dar inicio a la ejecución fiscal por multas aplicadas de conformidad a lo prescripto en la Ley N° 26.045.

ARTÍCULO 2°.- Sustitúyase el Artículo 2° de la RESOL-2017-574-APN-MSG, modificado por la RESOL-2018-499-APN-MSG, por el siguiente:

“ARTÍCULO 2°.- Instrúyase a la DIRECCIÓN DEL REGISTRO Y FISCALIZACIÓN DE PRECURSORES QUÍMICOS, dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE LUCHA CONTRA EL NARCOTRÁFICO, a que una vez remitidos de la CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL, los recursos judiciales directos, en el supuesto de que hubiese quedado firme el acto administrativo que impuso una multa, eleve el expediente con la boleta de deuda correspondiente a la DIRECCIÓN DE ASUNTOS JUDICIALES, de la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA de este MINISTERIO DE SEGURIDAD, en un término no mayor a los diez (10) días hábiles administrativos de vencido el plazo para su cumplimiento.”

ARTÍCULO 3°.- La presente medida entrará en vigencia el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Sabina Andrea Frederic

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 03/08/2020 N° 30003/20 v. 03/08/2020

Fecha de publicación 03/08/2020