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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL

Resolución 446/2020

RESFC-2020-446-APN-DI#INAES

Ciudad de Buenos Aires, 28/07/2020

VISTO el Expediente EX-2020-45160964-APN-DNDYPCYM#INAES, el Decreto Nro. 721 del 25 de agosto de 2000 y modificatorios, Decisión Administrativa 423 de fecha 23 de mayo de 2019 y sus modificatorios, el Decreto Nro. 157 de fecha 14 de febrero de 2020, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 6° del Decreto N° 721/00 y su modificatorio se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo del INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE ECONOMÍA SOCIAL del entonces MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

Que por la DA 423/2019 y sus modificatorios se aprobó la estructura organizativa del INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL, organismo descentralizado actuante en su entonces bajo la órbita del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL, para cumplir con las responsabilidades que le son propias, estableciendo, asimismo, sus competencias.

Que por Decreto 157/2020 y considerando que las políticas públicas que el ESTADO NACIONAL desarrolla a través del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO se corresponden con los objetivos del INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL (INAES) y constituyendo la citada cartera ministerial un ámbito más propicio para el accionar del Organismo, se transfiere a través del Artículo 10º al INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL (INAES) del ámbito de la SECRETARÍA DE ECONOMÍA SOCIAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL a la órbita del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO.

Que ante la necesidad de contar con fuentes de información a partir de las cuales se diseñen las acciones orientadas a la promoción del asociativismo a nivel federal y contar con una sistematización de la información existente respecto de entidades y organizaciones asociativas en el país, resulta necesaria la creación de un Área de Estudios y Estadísticas que tenga como objeto la construcción de dispositivos de generación de datos y la creación de sistemas de procesamiento y análisis de los mismos, la que tendrá un profesional a cargo, formado y con experiencia en la materia, generando lineamientos que procuren los insumos necesarios para el fortalecimiento asociativo, ubicando el marco normativo y conduciendo dicho proceso.

Que a tales fines resulta menester asignar responsabilidades en cuanto a las tareas que se desarrollan en dicho ámbito a fin de asegurar el normal desenvolvimiento de la referida Área, con el objeto de dar cumplimento a las políticas de estado.

Que por el Decreto Nº 721/00 se aprobaron, entre otras cuestiones, las atribuciones y funciones del Presidente del Directorio de este Instituto Nacional, estableciéndose en el punto 4 del Anexo al artículo 3º, el ejercicio de la representación legal del Instituto, la dirección de su administración interna y las actividades de índole económico, financiero y patrimonial; y, en el punto 18, la facultad de designar al personal de la planta permanente o transitoria, conforme la legislación vigente.

Que el cargo aludido no implica modificación en la estructura orgánica administrativa, ni asignación de recurso extraordinario.

Que el servicio jurídico permanente ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 721/00, N° 420/96 , y sus normas modificatorias y complementarias,

Por ello,

EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Créase, en el ámbito de la DIRECCIÓN NACIONAL DE DESARROLLO Y PROMOCIÓN COOPERATIVO Y MUTUAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL, el ÁREA de ESTUDIOS y ESTADÍSTICAS, de acuerdo a las acciones establecidas en el Anexo I identificado como “IF-2020-45559209-APN-DNDYPCYM#INAES” que forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 2º.- Déjase establecido, que el dictado de la presente medida, no genera una mayor erogación, y coadyuva a la optimización funcional administrativa de la citada área.

ARTÍCULO 3º.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y cumplido archívese. Fabian Brown - Zaida Chmaruk - Ariel Guarco - Nahum Mirad - Alejandro Russo - Carlos Alberto Iannizzotto - Mario Alejandro Hilario Cafiero

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 04/08/2020 N° 30215/20 v. 04/08/2020

Fecha de publicación 04/08/2020