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24 de Abril de 2024

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - ADUANA IGUAZÚ

Se hace saber a los interesados en los Sumarios Contenciosos que se detallan a continuación, que SE ENCUENTRAN DEBIDAMENTE NOTIFICADOS a partir del día de la fecha - artículo 1013 inciso h) del C. A. Ley 22.415, de la RESOLUCIÓN-FALLOS definitivos, que se han dictado, Haciéndoles saber el importe de la multa impuesta en la condena, la que deberán efectivisarse en el perentorio término de QUINCE (15) días hábiles de la publicación del presente Edicto. Podrán hacer uso de las normas contenidas en el Cap. II RECURSO DE APELACIÓN Y DEMANDAS CONTENCIOSAS, Titulo III, Secc. XIV Procedimientos, en los términos del art. 1.132 y 1.133 del Código Aduanero. Haciéndoles saber que en su defecto, la presente resolución se tendrá por firme y pasará en autoridad de cosa juzgada (art. 1139 C. A.). Fdo.: Juez Administrativo de la División Aduana de Iguazú, C.P. Mauricio M. CARLINO.

SUMARIOS NºIMPUTADO/S:DOCUMENTOART. C.A.FALLO NºTIPO FALLOMULTA $
029-SC 085-2018/2AMARILDO JOSE DE ARUDACI. (Br) N° 4.195.313-4863/864/866/871164/2020CONDENA$53.632.011,80
029-SC 187-2018/7SANTOS HECTOR OVISPODNI. N° 95.835.198863/864/866/871163/2020CONDENA$7.030.377,24

Mauricio Martin Carlino, Administrador de Aduana.

e. 06/08/2020 N° 30754/20 v. 06/08/2020

Fecha de publicación 06/08/2020