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Legislación y Avisos Oficiales
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SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD

Resolución 770/2020

RESOL-2020-770-APN-SSS#MS

Ciudad de Buenos Aires, 04/08/2020

VISTO el Expediente N° EX-2018-06133100-APN-GCEF#SSS, las Leyes Nº 23.660 y Nº 23.661, el Decreto Nº 1400 del 4 de noviembre de 2001 y la Resolución RESOL-2018-61-APN-SSS#MS del 31 de enero de 2018; y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución citada en el VISTO se dio de baja del Registro Nacional de Obras Sociales como Agente del Seguro de Salud a la ASOCIACIÓN DE OBRAS SOCIALES DE ESPERANZA (RNOS Nº 6-0090-3).

Que en dicho acto administrativo se designó al Contador Público Nacional Norberto Luis AGUIRRE (DNI Nº 7.616.387) como Delegado Liquidador, a los fines de la liquidación administrativa de la entidad y/o en su caso, presentarse ante los tribunales pertinentes a fin de solicitar la quiebra en los términos establecidos por la Ley Nº 24.522.

Que en atención a lo dispuesto, se facultó a la GERENCIA DE CONTROL ECONÓMICO FINANCIERO a través del ÁREA CRISIS Y LIQUIDACIÓN DE OBRAS SOCIALES, a efectuar el monitoreo del referido proceso de liquidación; impartiendo las instrucciones del caso al Delegado Liquidador, a fin de que presente un plan de trabajo e informe -periódicamente- sobre los avances que registre el proceso liquidatorio.

Que en este orden, el Contador AGUIRRE presentó su plan de trabajo, siendo analizado por el área técnica competente, sin formularle observaciones al respecto.

Que así, el nombrado acompañó dos informes explicitando los avances de las tareas encomendadas, hasta la presentación de su informe final obrante en el orden 27, bajo IF-2018-57085378-APN-SCEFASS#SSS.

Que en dicho informe el Delegado Liquidador detalló que “…no fue posible realizar ninguna gestión respecto a las prestaciones médico-asistenciales por carecer el agente de salud de población beneficiaria. No fue posible preservar el patrimonio de la entidad porque el inmueble y su contenido fueron vendidos en remate judicial, con el objeto de cancelar las deudas verificadas por el Juzgado e impagas por la Obra Social. Tampoco fue posible determinar el Activo y/o el Pasivo, realizar un inventario de Bienes de Uso, resguardar su documentación, recuperar libros rubricados o tener acceso a la normalización contable ya que estamos frente a una empresa liquidada, sin bienes, sin personal, sin deudas y sin saldos bancarios a su favor. En la página de la AFIP figura su CUIT dado de baja de oficio. Al haberse vendido la propiedad no existen deudas por servicios de agua, gas, electricidad, etc., las que fueron abonadas antes de la firma de la escritura traslativa de dominio”.

Que específicamente, en lo que respecta al inmueble referido, se trata del sito en Rivadavia N° 2499 de la Ciudad de Esperanza –Departamento Las Colonias– Provincia de Santa Fe, donde funcionaba la Farmacia de ADOS ESPERANZA (denominada “Farmacia Sindical”), que fuera objeto de remate judicial, en el marco de los autos “Compañía Farmacéutica S.R.L. c/ A.D.O.S.E. s/Ejecutivo” (Causa N° 740/2011), por orden del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral N° 19 de la Localidad de Esperanza, Provincia de Santa Fe; que prorrateó el ingreso producto de la subasta, entre los acreedores (proveedores, empleados y empresas del Estado).

Que el Área Crisis y Liquidación de Obras Sociales de la Gerencia de Control Económico Financiero, encargada de monitorear el proceso, analizó el informe final presentado, concluyendo que se cumplimentó con el plan de trabajo, no surgiendo observaciones (IF-2018-67185036-APN-SCEFASS#SSS - orden 29).

Que en consecuencia, corresponde dar por finalizado el proceso de liquidación de la (ex) ASOCIACIÓN DE OBRAS SOCIALES DE ESPERANZA (ex R.N.O.S 6-0090-3) y por concluida la gestión del C.P.N. Norberto Luis AGUIRRE (DNI Nº 7.616.387) como Delegado Liquidador del (ex) Agente del Seguro de Salud.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos toma la intervención de su competencia.

Que la presente se dicta en uso de las facultades y atribuciones conferidas por los Decretos N° 1615 de fecha 23 de diciembre de 1996 y N° 34 de fecha 7 de enero de 2020.

Por ello,

EL SUPERINTENDENTE DE SERVICIOS DE SALUD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Dase por finalizado el proceso de liquidación de la (ex) ASOCIACIÓN DE OBRAS SOCIALES DE ESPERANZA (ex R.N.O.S. Nº 6-0090-3), con fundamento en lo expuesto en los Considerandos de la presente.

ARTÍCULO 2º.- Dase por concluida la gestión del Contador Público Nacional Norberto Luis AGUIRRE (DNI Nº 7.616.387), como Delegado Liquidador de la (ex) ASOCIACIÓN DE OBRAS SOCIALES DE ESPERANZA (ex R.N.O.S. Nº 6-0090-3).

ARTÍCULO 3º.- Regístrese, comuníquese, notifíquese al C.P.N. Norberto Luis AGUIRRE (DNI Nº 7.616.387), publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, pase al Área Crisis y Liquidación de Obras Sociales de la Gerencia de Control Económico Financiero y a la Coordinación de Registros de Obras Sociales y Entidades de Medicina Prepaga de la Gerencia de Asuntos Jurídicos para la intervención de sus respectivas competencias y, oportunamente archívese. Eugenio Daniel Zanarini

e. 07/08/2020 N° 30882/20 v. 07/08/2020

Fecha de publicación 07/08/2020