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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


FUERZA AÉREA ARGENTINA ÁREA DE MATERIAL QUILMES

Disposición 93/2020

DI-2020-93-APN-AMQ#FAA

Quilmes, Buenos Aires, 05/08/2020

VISTO, la Disposición Nº 88/20 (DI-2020-49203158-APN-AMQ#FAA), de fecha 29 de julio de 2020 y,

CONSIDERANDO,

Que mediante la mencionada Disposición en el Visto se adjudicó el procedimiento de Contratación por Emergencia “COMPULSA – COVID-19 Nº 01/20 ADQUISICION DE REPUESTOS PARA AERONAVE TWIN OTTER”, que tramita mediante proceso 40/16-0388-CDI20.

Que se ha incurrido en un error material involuntario en el artículo 7º de la citada Disposición al omitir indicar la publicación de la norma en el Boletín Oficial de la República Argentina.

Que el artículo 101 del Reglamento de Procedimientos Administrativos – Decreto Nº 1759 de fecha 3 de abril de 1972, contempla la facultad del órgano emisor del acto de rectificar los errores materiales o de hecho y los aritméticos, en cualquier momento, siempre que la enmienda no altere lo sustancial del acto o decisión.

Que, en razón de ello, corresponde rectificar el dictado del artículo 7º de la Disposición Nº 88/20 (DI-2020-49203158-APN-AMQ#FAA).

Que, la Asesoría Jurídica del Área de Material Quilmes, emitió el Dictamen Jurídico Nº 102/20 (IF-2020-50892873-APN-AMQ#FAA), de fecha 04 de agosto de 2020, en virtud de lo normado en artículo 7 inciso d) de la Ley de Procedimiento Administrativo.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades contempladas en el artículo 101del Reglamento de Procedimientos Administrativos Decreto Nº 1759/72.

Por ello,

EL JEFE DEL AREA DE MATERIAL QUILMES

DISPONE

ARTÍCULO 1º - Ordénese la publicación de la Disposición Nº 88/20 (DI-2020-33198467-APN-AMQ#FAA), junto con la presente medida, en el Boletín Oficial de la República Argentina.

ARTÍCULO 2º - Rectifíquese el error material involuntario contenido en el artículo 7º de la Disposición Nº 88/20 (DI-2020-33198467-APN-AMQ#FAA) de fecha miércoles 29 de julio de 2020, la cual quedará redactada de la siguiente manera.

“ARTÍCULO 7º - Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese la presente Disposición en el legajo de la Contratación Directa por Emergencia 40/16-0388-CDI20.”

ARTÍCULO 3º - Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Oscar Rubén García Olalla

e. 11/08/2020 N° 31409/20 v. 11/08/2020

Fecha de publicación 11/08/2020