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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

Resolución Sintetizada 88/2020

ACTA N° 1619

Expediente ENRE N° EX-2018- 57951055-APN-SD#ENRE

Buenos Aires, 10 DE AGOSTO DE 2020

El Señor Interventor del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.-Dar a publicidad el pedido de otorgamiento del Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública presentado por la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSBA S.A.) a requerimiento de la EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ENERGÍA NORTE SOCIEDAD ANÓNIMA (EDEN S.A.), para la obra de Ampliación consistente en la construcción de UNA (1) nueva Estación Transformadora (ET) denominada San Nicolás Norte, seccionando la Línea de Alta Tensión (LAT) 132 kV San Nicolás - General Lagos, para conectarse al sistema concesionado a la transportista. 2.- Establecer los límites entre EDEN S.A. y TRANSBA S.A. en las celdas de salida de línea de 33 kV y 13,2 kV de la ET San Nicolás Norte, quedando las mismas bajo la operación y mantenimiento de TRANSBA S.A., mientras que los conductores de acometida quedarán en propiedad de EDEN S.A. 3.- Publicar la solicitud referida en el artículo 1 mediante un AVISO en la página web del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) y solicitar a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) que haga lo propio por el plazo de CINCO (5) días hábiles administrativos; también se publicará por DOS (2) días consecutivos en un diario de amplia difusión correspondiente al lugar donde la obra vaya a ser realizada o pueda afectar eléctricamente, advirtiéndose en dichas publicaciones que se otorgará un plazo de DIEZ (10) días hábiles administrativos, a ser computados desde la última publicación efectuada, para que quien considere que la obra en cuestión pudiese afectarlo en cuanto a las prestaciones eléctricas recibidas o sus intereses económicos, plantee su oposición fundada por escrito ante el ENRE. 4.- Establecer que en caso de que existan presentaciones fundadas comunes entre distintos usuarios se convocará a una audiencia pública para analizarlas, recibir las oposiciones y permitir al solicitante contestar las mismas y exponer sus argumentos en defensa de la solicitud publicada. 5.- Disponer que, una vez operado el vencimiento de los plazos señalados en el artículo 3 sin que se registre la presentación de planteo de oposición fundado en los términos allí referidos, este Ente Nacional procederá a dictar un acto administrativo a fin de otorgar el Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública para la Ampliación referida en el artículo 1 del presente acto. 6.- EDEN S.A. deberá cumplir con todas las observaciones y requerimientos técnicos efectuados tanto por TRANSBA S.A. como por CAMMESA, en el marco de sus respectivos informes técnicos, a efectos de garantizar el funcionamiento del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM). 7- Notifíquese a EDEN S.A., a TRANSBA S.A., a CAMMESA y al ORGANISMO DE CONTROL DE ENERGÍA ELÉCTRICA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES (OCEBA). 8.- Regístrese, comuníquese, publíquese en extracto, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Firmado: Interventor del ENRE, Lic. Federico J. Basualdo Richards.

Claudia Elizabeth Caravelli, Asistente Administrativo, Secretaria del Directorio.

e. 12/08/2020 N° 31784/20 v. 12/08/2020

Fecha de publicación 12/08/2020