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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE DEFENSA SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO OPERATIVO Y SERVICIO LOGÍSTICO DE LA DEFENSA

Disposición 48/2020

DI-2020-48-APN-SSPOYSLD#MD

Ciudad de Buenos Aires, 07/08/2020

VISTO el Expediente Electrónico Nº EX-2020-19036563- -APN-DPLC#MD del Registro del MINISTERIO DE DEFENSA, y la Emergencia Decretada mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 260 del 12 de marzo de 2020 (DECNU-2020-260-APN-PTE), modificada por el Decreto 287 del 17 de marzo de 2020 (DECNU-2020-287-APN-PTE), y Decisión Administrativa 409 del 18 de marzo de 2020 (DECAD-2020-409-APN-JGM), reglamentada por Disposición Nº 48 del 19 de marzo de 2020 (DI-2020-48-APN-ONC#JGM), complementada por Comunicación General ONC Nº 6/2020 del 30 de marzo de 2020 (NO-2020-19592807-APN-ONC#JGM) y lo ordenado por Resolución Nº 88 del 13 de marzo de 2020 (RESOL-2020-88-APN-MD), y

CONSIDERANDO:

Que ante la necesidad imperiosa de contar con la Adquisición de insumos para la producción de alcohol gel en el marco de la Emergencia establecida mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 260 del 12 de marzo de 2020, la DIRECCIÓN DE PLANEAMIENTO DE COMPRAS de la SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO OPERATIVO Y SERVICIO LOGÍSTICO DE LA DEFENSA del MINISTERIO DE DEFENSA, elevó mediante documento IF-2020-19172794-APN-DPLC#MD que obra en orden 7 del EE., el requerimiento Nº MD-COVID-19 005, para la “ADQUISICIÓN CARBOPOL”, a fin que se proceda a gestionar una Contratación Directa “Por Emergencia”, en los términos establecidos en la Decisión Administrativa 409/2020, reglamentada por Disposición Nº 48/2020.

Que la presente adquisición se justifica en un contexto de emergencia sanitaria como el que asola a nuestro país ante un escenario de emergencia donde la salud y la vida de integrantes de las Fuerza Armadas y la población en general están en riesgo.

Que por las especiales características y lo determinado en el artículo 3º inciso e) del ANEXO I de la Resolución Nº 122 del 12 de agosto de 2016 de la SINDICATURA GENERAL de la NACIÓN (SIGEN), el presente acto contractual no está alcanzado por el Régimen de Precios Testigo.

Que se dio cumplimiento a lo determinado en el artículo 3º incisos b) y d) del ANEXO de la Disposición Nº 48/2020, cursándose las invitaciones a las firmas comerciales: NUEVA ERA ROSARIO S.R.L., GABAGLIO, NOVACHEM, QUANTUM, QUIMICA CÓRDEBA S.A., QUÍMICA OESTE y REDIMER S.A. según consta en los órdenes 16 al 22 del EE.

Que el día 31 de marzo de 2020 a 1130 horas, se procedió a realizar el acto de apertura con los funcionarios designados para realizar el presente acto y con la presencia de personal de la Unidad de Auditoria Interna (UAI), en cumplimiento de lo Dispuesto en Disposición Nº 48 del 19 de marzo de 2020 (DI-2020-48-APN-ONC#JGM) en su artículo 3º inciso f), dejándose constancia de no haberse recibido ofertas.

Que para el presente procedimiento, el Servicio Jurídico Permanente del MINISTERIO DE DEFENSA ha tomado la intervención que le compete.

Que la suscripta se encuentra facultada para el dictado de la presente medida de conformidad con lo dispuesto por el artículo 5° de la Disposición Nº 48/2020.

Por ello,

LA SUBSECRETARIA DE PLANEAMIENTO OPERATIVO Y SERVICIO LOGÍSTICO DE LA DEFENSA

DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase todo lo actuado en el procedimiento de selección que bajo la modalidad de Contratación por “Emergencia”, tramitada bajo el número COVID 19 Nº 008/2020, cuyo objeto consiste en la “ADQUISICIÓN DE CARBOPOL”, ello de conformidad con las bases y condiciones insertas en él Sírvase Cotizar que rigieron para el llamado.

ARTÍCULO 2º.- Declárese desierta la Contratación por “Emergencia”, tramitada bajo el número COVID 19 Nº 008/2020, cuyo objeto consiste en la “ADQUISICIÓN DE CARBOPOL” por no haberse recibido ofertas.

ARTÍCULO 3°.- Dése intervención a la UNIDAD OPERATIVA DE CONTRATACIONES N° 340/01 de la SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO OPERATIVO Y SERVICIO LOGÍSTICO DE LA DEFENSA del MINISTERIO DE DEFENSA, a efectos de que se efectué la notificación correspondiente al Organismo Responsable para conocimiento de lo actuado.

ARTÍCULO 4°.- Envíese la presente medida para su difusión en el portal de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, el portal oficial del MINISTERIO DE DEFENSA y en el BOLETÍN OFICIAL por el término de UN (1) día, dentro de los DIEZ (10) días de notificado el presente, según lo establecido en la Disposición ONC Nº 48/2020 y su correspondiente Anexo.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Lucia Del Carmen Kersul

e. 13/08/2020 N° 31986/20 v. 13/08/2020

Fecha de publicación 13/08/2020