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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL TRABAJO

Disposición 846/2019

DI-2019-846-APN-DNRYRT#MPYT

Ciudad de Buenos Aires, 04/12/2019

VISTO el Expediente Nº 1.795.122/18 del Registro del entonces MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la RESOL-2018-343-APN-SECT#MT, la DI-2019-716-APN-DNRYRT#MPYT, la DI-2019-722-APN-DNRYRT#MPYT , y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 7/7 vuelta y 8/10 del Expediente Nº1.798.124/18, agregado como fojas 52 al Expediente Nº 1.795.122/18, obra el acuerdo celebrado entre la FEDERACIÓN NACIONAL DE TRABAJADORES CAMIONEROS Y OBREROS DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE CARGAS, LOGÍSITICA Y SERVICIOS y la FEDERACIÓN ARGENTINA DE ENTIDADES EMPRESARIAS DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE CARGAS, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 40/89, que fuera homologado por la RESOL-2018-343-APN-SECT#MT y registrado bajo el Nº 709/19.

Que mediante la DI-2019-716-APN-DNRYRT#MPYT, obrante a fojas 182/182, se fijaron los montos de la base promedio de las remuneraciones y del tope indemnizatorio resultante, correspondiente al Acuerdo Nº 709/19 con vigencias a partir del 1º de julio y 1º de noviembre de 2018 y 1º de marzo de 2019.

Que en el Acuerdo N° 1084/18, homologado por la RESOL-2018-304-APN-SECT#MPYT, las mismas partes de marras han establecido los nuevos valores de las escalas salariales vigentes para los meses de noviembre del 2018 y marzo del 2019.

Que mediante la DI-2019-722-APN-DNRYRT#MPYT se fijaron los importes del promedio de las remuneraciones y del tope indemnizatorio resultante correspondientes a lo pactado en el Acuerdo Nº 1084/18.

Que en virtud de lo expuesto, y a fin de adecuar lo fijado por la DI-2019-716-APN-DNRYRT#MPYT a la modificación pactada en el Acuerdo Nº 1084/18, corresponde dejar sin efecto los montos de los promedios de las remuneraciones y de los respectivos topes indemnizatorios vigentes a partir del 1º de noviembre del 2018 y 1º de Marzo del 2019 fijados por dicha disposición.

Que a fojas 183/184, obra el informe técnico elaborado por la Dirección de Relaciones y Regulaciones del Trabajo dependiente de esta Dirección Nacional por el cual se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados en relación al promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y las Decisiones Administrativas Nº 296 del 9 de marzo de 2018 y N° 182 del 15 de marzo de 2019.

Por ello,

LA DIRECTORA NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL TRABAJO

DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Déjase sin efecto los importes del promedio de las remuneraciones con vigencias desde el 1º de noviembre de 2018 y 1º de marzo de 2019, fijados por la DI-2019-716-APN-DNRYRT#MPYT, y del tope indemnizatorio resultante, correspondientes al Acuerdo N° 709/19, suscripto entre la FEDERACIÓN NACIONAL DE TRABAJADORES CAMIONEROS Y OBREROS DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE CARGAS, LOGÍSTICA Y SERVICIOS, por la parte sindical y la FEDERACIÓN ARGENTINA DE ENTIDADES EMPRESARIAS DEL AUTOTRANSPORTE DE CARGAS, por la parte empleadora.

ARTÍCULO 2º.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y Gestión Documental para la intervención correspondiente. Cumplido ello, vuelva a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a fin de que el Departamento de Coordinación tome conocimiento de la presente medida en relación con los promedios de las remuneraciones fijados por la DI-2019-716-APN-DNRYRT#MPYT y proceda a la guarda correspondiente.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Gabriela Marcello

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 13/08/2020 N° 26774/20 v. 13/08/2020

Fecha de publicación 13/08/2020