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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS

Resolución 226/2020

RESOL-2020-226-APN-INASE#MAGYP

Ciudad de Buenos Aires, 07/08/2020

VISTO el Expediente EX-2019-12559492--APN-DRV#INASE y su agregado sin acumular EX-2019-12560773-- APN-DRV#INASE ambos del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado en la órbita de la ex - SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, y

CONSIDERANDO:

Que la empresa ACKERMANN SAATZUCHT GMBH & CO. KG, representada en la REPÚBLICA ARGENTINA por la empresa CERVECERIA Y MALTERIA QUILMES S.A.I.C.A. Y G., solicita la inscripción de las creaciones fitogenéticas de cebada cervecera (Hordeum vulgare) de denominaciones ALHUE y YANARA, en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares, creado por el Artículo 19 de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas Nº 20.247.

Que la Dirección de Registro de Variedades del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado de la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, ha informado que se han cumplido los requisitos exigidos por los Artículos 20 y 21 de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas Nº 20.247, el Artículo 6º del Convenio Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales, aprobado por la Ley Nº 24.376 y los Artículos 26, 27, 29 y 31 del Decreto Nº 2.183 de fecha 21 de octubre de 1991, reglamentario de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas Nº 20.247, para la inscripción en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares y el otorgamiento del respectivo título de propiedad.

Que mediante Resolución RESOL-2020-10-APN-INASE#MAGYP, en cuyo texto se ha deslizado un error por lo que corresponde reemplazarla por la presente, se ordenó la inscripción en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS las citadas creaciones fitogenéticas de cebada cervecera.

Que la COMISIÓN NACIONAL DE SEMILLAS, creada por la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas Nº 20.247, en su reunión de fecha 13 de septiembre de 2019, según Acta Nº 467, ha aconsejado hacer lugar a lo solicitado.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, ha tomado la intervención de su competencia.

Que el suscripto es competente para dictar el presente acto, en virtud de lo establecido en el Artículo 9º del Decreto Nº 2.817 de fecha 30 de diciembre de 1991, ratificado por la Ley Nº 25.845.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Ordénase la inscripción en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, creado por la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas Nº 20.247, de las creaciones fitogenéticas de cebada cervecera (Hordeum vulgare) de denominaciones ALHUE y YANARA, solicitada por la empresa ACKERMANN SAATZUCHT GMBH & CO. KG, representada en la REPÚBLICA ARGENTINA por la empresa CERVECERIA Y MALTERIA QUILMES S.A.I.C.A. Y G. a partir de la fecha 27 de mayo de 2020, tal lo resuelto en el Artículo 1° de la Resolución RESOL-2020-10-APN-INASE#MAGYP.

ARTÍCULO 2º.- Por la Dirección de Registro de Variedades, expídase el respectivo título de propiedad, una vez cumplido el Artículo 3°.

ARTÍCULO 3º.- Regístrese, comuníquese al interesado, publíquese a su costa en el Boletín Oficial y archívese. Joaquín Manuel Serrano

e. 14/08/2020 N° 32338/20 v. 14/08/2020

Fecha de publicación 14/08/2020