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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA

Resolución 570/2020

RESOL-2020-570-APN-PRES#SENASA

Ciudad de Buenos Aires, 15/08/2020

VISTO el Expediente N° EX-2019-78516780- -APN-DSAYF#SENASA; el Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por el Decreto Delegado Nº 1.023 del 13 de agosto de 2001; el Reglamento de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por el Decreto Nº 1.030 del 15 de septiembre de 2016; la Disposición Nº DI-2016-62-APN-ONC#MM del 27 de septiembre de 2016 de la Oficina Nacional de Contrataciones del entonces MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, la Resolución Nº RESOL-2020-488-APN-PRES#SENASA del 24 de julio de 2020 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución Nº RESOL-2020-488-APN-PRES#SENASA del 24 de julio de 2020 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA se aprobó la Licitación Pública Nº 52-0021-LPU19 para la adquisición de drogas, reactivos, medios de cultivo y patrones, a solicitud de la Dirección General de Laboratorios y Control Técnico del citado Servicio Nacional.

Que habiéndose advertido un error material involuntario en el Artículo 5° de la referida Resolución N° 488/20, en cuanto a uno de los renglones adjudicados a la firma QUÍMICA EROVNE S.A., corresponde rectificar el mismo de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 101 del Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto Nº 1.759/72 T.O. 2017.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.

Que el suscripto es competente para dictar la presente medida, de conformidad con las facultades conferidas por el Artículo 8°, inciso h) del Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de 2010, y en virtud de lo establecido en el Artículo 101 del Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto Nº 1.759/72 T.O. 2017

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Rectifícase el Artículo 5° de la Resolución Nº RESOL-2020-488-APN-PRES#SENASA del 24 de julio de 2020 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, el que quedará redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO 5º.- Adjudícanse los Renglones Nros. 64, 118, 131, 133, 134, 217, 218 y 219 a la firma QUÍMICA EROVNE S.A., C.U.I.T. N° 30-52535648-1, con domicilio en Avenida Córdoba Nº 2552, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, por la suma total de PESOS CUATROCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS VEINTE ($ 497.920.-).”.

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Carlos Alberto Paz

e. 19/08/2020 N° 33065/20 v. 19/08/2020

Fecha de publicación 19/08/2020