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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE ECONOMÍA

Resolución 379/2020

RESOL-2020-379-APN-MEC

Ciudad de Buenos Aires, 14/08/2020

Visto el expediente EX-2020-39125348-APN-DGD#MEC, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto tramitó la resolución 348 del 31 de julio de 2020 del Ministerio de Economía (RESOL-2020-348-APN-MEC) mediante la que se reguló lo atinente a las funciones, estructura, integración, autoridades y forma de sesión del Consejo de Coordinación de la Inclusión Financiera, creado por la resolución 121 del 27 de julio de 2017 del entonces Ministerio de Finanzas (RESOL-2017-121-APN-MF).

Que por un error material en el artículo 7° de la resolución citada en primer término, los incisos allí detallados no guardan correlación.

Que dado lo mencionado en el considerando precedente, corresponde rectificar el artículo en cuestión.

Que esta medida se dicta en uso de las facultades contempladas en el artículo 101 del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 - T.O. 2017.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMÍA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Rectifícase el artículo 7º de la resolución 348 del 31 de julio de 2020 del Ministerio de Economía (RESOL-2020-348-APN-MEC), del siguiente modo: donde dice “incisos e), f), h) e i)” debe leerse “incisos d), e), f) y g)”.

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Martín Guzmán

e. 19/08/2020 N° 32938/20 v. 19/08/2020

Fecha de publicación 19/08/2020