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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Comunicación “A” 7089/2020

13/08/2020

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:

Ref.: OPRAC 1 – 1054, LISOL 1 – 907. Financiamiento al sector público no financiero. Títulos de la Deuda Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA).

Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la siguiente resolución:

“- No formular observaciones, respecto de la restricción contenida en el punto 2.1. de las normas sobre “Financiamiento al sector público no financiero”, a que las entidades financieras puedan adquirir títulos públicos a ser emitidos –en PESOS– por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) –mediante la reapertura en una o más series del denominado Bono Clase 22 (BDC24)– por hasta la suma total en circulación de valor nominal equivalente a USD 150.000.000, en el marco de las Leyes 4315 y 6299 de la CABA y de acuerdo con las condiciones establecidas en las Resoluciones N°3241/2020 del Ministerio de Economía y Finanzas de la CABA y Nº86/2020 de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía de la Nación, sin perjuicio de la observancia por parte de las entidades financieras intervinientes de las disposiciones en materia de fraccionamiento del riesgo crediticio previstas en las citadas normas.

Al no contar esos títulos con alguna de las garantías elegibles previstas por las normas de esta Institución, las entidades financieras adquirentes deberán cumplir además las disposiciones aplicables establecidas en las normas sobre “Capitales mínimos de las entidades financieras” y “Financiamiento al sector público no financiero” (puntos 2.6.2.8. –mayor ponderador de riesgo– y 6.1.2.1., acápite b. –límite global del 5 % de la responsabilidad patrimonial computable de la entidad–, respectivamente).”

Saludamos a Uds. atentamente.

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Darío C. Stefanelli, Gerente Principal de Emisión y Aplicaciones Normativas - María D. Bossio, Subgerente General de Regulación Financiera.

e. 19/08/2020 N° 32852/20 v. 19/08/2020

Fecha de publicación 19/08/2020