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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SEGURIDAD

Resolución 284/2020

RESOL-2020-284-APN-MSG

Ciudad de Buenos Aires, 24/08/2020

VISTO el Expediente EX-2020-38507772- -APN-SSICYCJ#MSG, del Registro del MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley N° 26.538, la Resolución Conjunta M.J y D.H. Nº 445 y M.S. Nº 271 del 24 de junio de 2016, la Resolución del Ministerio de Seguridad N° 828 del 27 de septiembre de 2019, y

CONSIDERANDO:

Que ante el JUZGADO NACIONAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL N° 3 DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, interinamente a cargo del Dr. Mariano ITURRALDE, Secretaría N° 110, a cargo de la Dra. María Cecilia PERZAN, tramita la causa N° 27.834/2017 caratulada “CUSSI QUISPE, RODRIGO s/ HOMICIDIO (DAMNIFICADA: LISER ELIANA CRUZ TARQUI)”, con intervención de la FISCALÍA NACIONAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL N° 25, a cargo del Dr. Martín A. MAINARDI.

Que el mencionado Juzgado, mediante Oficio de fecha 27 de mayo de 2020, solicita se ofrezca una recompensa para aquellas personas, que sin haber intervenido en el hecho delictual, brinden datos útiles que permitan lograr la aprehensión de Rodrigo CUSSI QUISPE, cédula de identidad emitida en la REPÚBLICA PLURINACIONAL DE BOLIVIA N° 8391471, de nacionalidad boliviana, hijo de Máximo CUSSI y de Angélica QUISPE, con último domicilio conocido en la Villa 1-11-14, Manzana 20, Tercer piso, sobre la calle Bolívar esquina San Juan de esta Capital Federal, sobre quien pesa orden de captura Nacional desde el 11 de mayo de 2017.

Que al nombrado se encuentra imputado por el delito de homicidio agravado (artículo 80 incisos 2° y 11° del Código Penal) en virtud de haber dado muerte a Liser Eliana CRUZ TARQUI, mediante agresiones con arma blanca producidas el día 7 de mayo de 2017, en horas de la madrugada, en el domicilio ubicado en la Villa 1-11-14, Piso 3° contando desde la Planta Baja, Manzana 20, Edificio ubicado sobre la calle Bolívar, esquina San Juan de esta Capital Federal.

Que el artículo 3º de la Ley Nº 26.538, establece que la autoridad de aplicación, por sí o a requerimiento del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL, hará el ofrecimiento de recompensa y tendrá a su cargo el pago.

Que han tomado la intervención de su competencia la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA, y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio.

Que la presente se dicta en el marco de las atribuciones conferidas en los artículos 1° y 3° de la Ley N° 26.538, en la Resolución Conjunta M.J y D.H. Nº 445/16 y M.S. Nº 271/16, la Resolución M.S. N° 828/2019, y

Por ello,

LA MINISTRA DE SEGURIDAD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Ofrézcase como recompensa dentro del territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA, la suma de PESOS QUINIENTOS MIL ($ 500.000.-), destinada a aquellas personas que, sin haber intervenido en el hecho delictual, brinden datos útiles que permitan lograr la aprehensión de Rodrigo CUSSI QUISPE, cédula de identidad emitida en la República Plurinacional de Bolivia N° 8391471, de nacionalidad boliviana, con último domicilio conocido en la Villa 1-11-14, Manzana 20, Tercer piso, sobre la calle Bolívar esquina San Juan de esta Capital Federal, sobre quien pesa orden de captura Nacional desde el 11 de mayo de 2017.

ARTÍCULO 2°.- Las personas que quieran suministrar datos, deberán comunicarse telefónicamente con el PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACIÓN PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA de este Ministerio, al número de acceso rápido 134.

ARTÍCULO 3°.- El pago de la recompensa será realizado en este Ministerio o en el lugar que designe el representante de esta Cartera de Estado, previo informe del representante de la autoridad interviniente sobre el mérito de la información brindada preservando la identidad del aportante.

ARTÍCULO 4º.- Encomiéndese a la DIRECCIÓN NACIONAL DE COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL de este Ministerio la difusión de la presente en medios gráficos de circulación nacional.

ARTÍCULO 5°.- Instrúyase a las Fuerzas Federales de Seguridad la difusión y publicación en todas sus formas de los afiches correspondientes a la recompensa ofrecida.

ARTÍCULO 6º.- La presente Resolución entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.

ARTÍCULO 7º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Sabina Andrea Frederic

e. 26/08/2020 N° 34343/20 v. 26/08/2020

Fecha de publicación 26/08/2020