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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD

Resolución 638/2020

RESOL-2020-638-APN-DE#AND

Ciudad de Buenos Aires, 25/08/2020

VISTO el EX-2020-43126465-APN-DRRHH#AND, el Decreto Nº 698 de fecha 5 de septiembre de 2017 y sus normas modificatorias, el Decreto Nº 214 de fecha 27 de febrero de 2006 y sus normas modificatorias y;

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 698/17 y modificatorios se creó la Agencia Nacional de Discapacidad, dependiente de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación.

Que por el Decreto Nº 214 de fecha 27 de febrero de 2006 se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional.

Que el artículo N° 125 del Decreto N° 214/06 y modificatorios, crea la COMISION DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES Y DE TRATO (CIOT) en el ámbito de aplicación del mismo, integrada por TRES (3) representantes titulares y TRES (3) suplentes por parte del Estado Empleador y por TRES (3) representantes titulares y TRES (3) suplentes por la parte gremial, conforme a lo establecido en el artículo 78 del citado convenio, para promover el cumplimiento de las cláusulas precedentes y del principio de no discriminación, la igualdad de oportunidades y de trato y acciones tendientes a la prevención y erradicación de la violencia laboral.

Que el articulo Nº 127 del Decreto Nº 214/06 y modificatorios, establece que se contará asimismo con una delegación en cada jurisdicción o entidad descentralizada, conformada por TRES (3) representantes titulares y TRES (3) suplentes del Estado empleador y por TRES (3) representantes titulares y TRES (3) suplentes por la parte gremial, debiendo por lo menos uno de cada parte ser especialista en la materia.

Que frente a los expuestos precedentemente resulta necesario proceder a la designación de los representantes por parte estatal para conformar la Delegación de esta AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD.

Que la Dirección Ejecutiva de esta Agencia Nacional ha designado los 3 representantes titulares y los 3 suplentes por parte del Estado Empleador.

Que, asimismo, y en concordancia con lo establecido en el citado artículo 125, los señores secretarios generales de la Unión Personal Civil de la Nación (UPCN) y el de la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE) han efectuado las designaciones de los representantes, que por la parte gremial, integraran la mencionada Delegación. Las entidades gremiales han remitido a esta AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD las designaciones correspondientes.

Que la Resolución Nº 42/98 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, dispone en su Artículo segundo que la UNIÓN DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACIÓN tendrá una representación de la voluntad del sector trabajador equivalente al 72,30% proporcional a la cantidad de afiliados a los que representa en la Administración Pública Nacional, y la ASOCIACIÓN DE TRABAJADORES DEL ESTADO del 27,69% proporcional también a la cantidad de afiliados a los que representa en la Administración Pública Nacional.

Que la DIRECCION DE RECURSOS HUMANOS y la DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nros. 214/06 y modificatorios, 698/17 y modificatorios y 70/2020.

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Constitúyase la Delegación Jurisdiccional de la COMISIÓN DE IGUALDAD Y OPORTUNIDAD DE TRATO (CIOT) conforme lo establecido por el Artículo 125 del Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional homologado por el Decreto Nº 214 de fecha 27 de febrero del año 2006 y modificatorios.

ARTICULO 2º.- La Delegación Jurisdiccional creada por el artículo 1º tendrá las funciones y competencias detalladas en el Art. 125 del Decreto mencionado.

ARTICULO 3º.- Los miembros designados por el Estado Empleador se encuentran detallados en el Anexo I IF-2020-49306050- APN-DRRHH#AND.

ARTICULO 4º.- Los miembros designados por las entidades gremiales se detallan en el Anexo II IF-2020-49306141-APN-DRRHH#AND.

ARTICULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Claudio Flavio Augusto Esposito

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 27/08/2020 N° 34849/20 v. 27/08/2020

Fecha de publicación 27/08/2020