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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SALUD DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES INSTITUCIONALES

Disposición 1/2020

DI-2020-1-APN-DNRRII#MS

Ciudad de Buenos Aires, 25/08/2020

VISTO los Decretos N°1063 del 4 de octubre 2016, 1759/72 Texto Ordenado por Decreto 894 del 1° de noviembre de 2017, Resolución N°2045 del Ministerio de Salud de fecha 16 de noviembre de 2016, Resolución de la ex SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD N° 489 de fecha 16 de noviembre de 2018, DI-2017-2-APN-DNROS#MS, DI-2017-4-APN-DNROS#MS,y Decisión Administrativa N° 457/2020 y el expediente N° 202041786529 de este Ministerio de Salud.

CONSIDERANDO:

Que el Decreto N° 1063 del 4 de octubre de 2016 aprobó la implementación de la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD) integrada por el módulo “Trámites a Distancia” (TAD), del Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE), como medio de interacción del ciudadano con la administración, a través de la recepción y remisión por medios electrónicos de presentaciones, solicitudes, escritos, notificaciones y comunicaciones, entre otros.

Que el Decreto N° 894 del 1 de noviembre de 2017 que aprobó el Texto Ordenado del Reglamento de Procedimientos Administrativos incorporó la aplicación del módulo de Trámites a Distancia (TAD) a las distintas gestiones que forman parte de dichos procedimientos.

Que por Resolución del MINISTERIO DE SALUD N° 2045 de fecha 16 de noviembre de 2016, se creó el REGISTRO NACIONAL DE ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL, vinculadas con la Salud en el ámbito de la DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES CON LAS ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD, dependiente de la entonces SUBSECRETARÍA DE RELACIONES INSTITUCIONALES, en el ámbito de la SECRETARÍA DE RELACIONALES NACIONALES E INTERNACIONALES.

Que por Disposición N° 2 de fecha 07 de febrero de 2017 de la DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES CON LAS ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD se aprobaron en el artículo 1° las “Normas de Funcionamiento e Inscripción” del REGISTRO NACIONAL DE ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL vinculadas con la Salud, y en artículo 2° el formulario de inscripción en dicho Registro.

Que por Disposición N° 4 de fecha 27 de abril de 2017 de la DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES CON LAS ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD se dejó sin efecto el artículo 1° de la Disposición N°2 antes citada y se aprobaron nuevas Normas de Funcionamiento e Inscripción en el Registro, como así también el modelo de certificación de Inscripción que extendía a cada organización de la sociedad civil que resulte inscripta en el Registro.

Que por Resolución de la ex SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD N° 489 de fecha 16 de noviembre de 2018 se traspasó el Registro citado a la órbita de la DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES INSTITUCIONALES.

Que por Decisión Administrativa N° 457 de fecha 4 de abril de 2020, se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo MINISTERIO DE SALUD, estableciéndose en la órbita de la DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES INSTITUCIONALES la responsabilidad primaria de fomentar y coordinar relaciones institucionales con organismos públicos en el ámbito nacional, provincial y municipal, la seguridad social, el sector no gubernamental, y del sector privado, en lo vinculado a la salud.

Que por Resolución N°1138 del MINISTERIO DE SALUD de fecha 2 de Julio de 2020, se delegó en el titular de la DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES INSTITUCIONALES, las facultades necesarias para la suscripción de actos y reglamentos a fin de otorgar operatividad al funcionamiento del Registro Nacional de Organizaciones de la Sociedad Civil vinculadas con la salud.

Que en ese sentido y a los efectos de optimizar el REGISTRO NACIONAL DE ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL vinculadas con la salud, resulta conveniente que la inscripción de las organizaciones, se efectúe a través de la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD) del Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE), debiéndose re empadronar incluso las ya inscriptas, en consecuencia, resulta necesario dictar nuevas Normas de Funcionamiento e Inscripción al Registro antes mencionado.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES INSTITUCIONALES dispondrá la inscripción de las organizaciones que cumplan con los requisitos establecidos en el formulario correspondiente plataforma de Trámites a Distancia (TAD) y acompañe la documentación requerida, mediante el dictado del acto administrativo correspondiente e informará al interesado la resolución adoptada.

Que en consecuencia resulta necesario dejar sin efecto las Disposiciones DI 2017-2- APN-DNROS#MS y DI 2017-4-APN-DNROS#MS.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por Resolución N°1138 del MINISTERIO DE SALUD de fecha 2 de Julio de 2020.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DE RELACIONES INSTITUCIONALES

DISPONE

ARTÍCULO 1°.- Déjanse sin efecto las Disposiciones DI 2017-2- APN-DNROS#MS y DI 2017-4-APN-DNROS#MS, por los motivos expuestos en los considerandos de la presente.

ARTÍCULO 2°.- La inscripción de las organizaciones de la sociedad civil, en el REGISTRO NACIONAL DE ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL, vinculadas con la Salud, se efectuará a través de la plataforma de Trámites a Distancia (TAD).

ARTÍCULO 3°.- Apruébanse las Normas de Funcionamiento e Inscripción del REGISTRO NACIONAL DE ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL, vinculadas con la Salud, que como Anexo I (IF-2020-54604769-APN- DNRRII#MS) integra la presente medida.

ARTÍCULO 4°.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. Pablo Vizzotti

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 28/08/2020 N° 35303/20 v. 28/08/2020

Fecha de publicación 28/08/2020