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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT

Resolución 100/2020

RESOL-2020-100-APN-MDTYH

Ciudad de Buenos Aires, 03/09/2020

VISTO el EX-2020-56735064-APN-DGDYD#MDTYH, la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional, los Decretos Nros. 892 del 11 de diciembre de 1995, 225 del 13 de marzo de 2007, 782 del 20 de noviembre de 2019, la Resolución 31 del 18 de junio de 2020 del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT, y

CONSIDERANDO:

Que por el Artículo 1° de la Resolución 31 del 18 de junio del 2020 del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT se aprobó el REGLAMENTO GENERAL DEL MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT PARA LA RENDICIÓN DE CUENTAS DE FONDOS PRESUPUESTARIOS TRANSFERIDOS A PROVINCIAS, MUNICIPIOS Y/U OTROS ENTES, como Anexo (IF-2020-37541640-APN-SSL#MDTYH).

Que en la resolución antes mencionada se determinó los plazos en que la parte obligada a rendir cuentas debe realizarla y la documentación respaldatoria que deberá presentar.

Que de igual manera se estableció en la mencionada reglamentación, las condiciones suficientes para solicitar nuevos desembolsos.

Que considerando las particularidades operativas derivadas de la diversidad de Entes Ejecutores -entre ellos algunas Entidades No Gubernamentales- que, como contraparte, suscriben los diferentes convenios y se comprometen a rendir cuentas de la forma y en los tiempos que el Ministerio dispone, deviene necesario que la consistencia entre las rendiciones y los cronogramas de avance y desembolsos que correspondan a cada una de ellas, sea explicitada en los documentos programáticos o en sus reglamentos particulares, atendiendo la especificidad de cada una y tendiendo a generar una clara y única mecánica de rendición.

Que resulta también necesario adecuar las condiciones suficientes para la solicitud de nuevos desembolsos, teniendo en cuenta las diferentes capacidades de los posibles entes ejecutores, de manera que permitan concretar las metas y los objetivos contemplados en los diversos programas.

Que la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS han tomado la intervención que les compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley de Ministerios (T.O. Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias.

Por ello,

LA MINISTRA DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Sustitúyese el Artículo 1° de la Resolución 31 del 18 de junio de 2020 del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT (RESOL-2020-31-APN-MDTYH) por el siguiente: “ARTÍCULO 1°.-Apruébase el REGLAMENTO GENERAL DEL MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT PARA LA RENDICIÓN DE CUENTAS DE FONDOS PRESUPUESTARIOS TRANSFERIDOS A PROVINCIAS, MUNICIPIOS Y/U OTROS ENTES, que como Anexo (IF-2020-56796992-APN-SSPVEI#MDTYH) integra la presente medida.

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. - María Eugenia Bielsa

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 08/09/2020 N° 37382/20 v. 08/09/2020

Fecha de publicación 08/09/2020