ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS SUBDIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS
Disposición 222/2020
DI-2020-222-E-AFIP-SDGRHH
Ciudad de Buenos Aires, 04/09/2020
VISTO las Disposiciones Nros. DI-2020-112-E-AFIP-AFIP de fecha 19 de junio de 2020, DI-2020-118-E-AFIP-AFIP de fecha 13 de julio de 2020, DI-2020-40-E-AFIP-DIRMEN#SDGOPII de fecha 22 de julio de 2020, y el EX-2020-00464355- -AFIP-SEASDVGEPE#SDGRHH del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que por los citados actos dispositivos se introdujeron modificaciones en la Estructura Organizativa en el ámbito de la Administración Federal de Ingresos Públicos.
Que por lo expuesto, la Subdirección General de Operaciones Impositivas del Interior propone designar al Contador Público Gerardo Tomás Fabián ARBOIT para desempeñarse en el carácter de Jefe Interino de la División Fiscalización Seguridad Social de la Dirección Regional Mendoza, quien viene cumpliendo funciones de Supervisor Interino del Equipo Seguridad Social E de la citada Dirección Regional, en el ámbito de su jurisdicción.
Que la presente medida cuenta con la conformidad de la Dirección General Impositiva.
Que el presente acto dispositivo se dicta en el marco de las facultades otorgadas a la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS por los Decretos Nros. 1399 del 4 de noviembre de 2001 y 355 del 22 de mayo de 2017 y las facultades delegadas por las Disposiciones Nro. 462 de fecha 3 de agosto de 2005 y DI-2018-7-E-AFIP-AFIP del 5 de enero de 2018.
Por ello,
EL SUBDIRECTOR GENERAL DE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN A CARGO DE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Dar por finalizadas y asignadas las funciones del agente que a continuación se detalla, en el carácter y en la Unidad de Estructura que se indica:
NOMBRES Y APELLIDO | CUIL | FUNCIÓN ACTUAL | FUNCIÓN ASIGNADA |
Cont. Púb. Gerardo Tomás Fabián ARBOIT | 20219337958 | Supervisor de fiscalización e investigación - EQUIPO SEG. SOC. E (DI RMEN) | Jefe de división Int. - DIV. FISCALIZACIÓN SEGURIDAD SOCIAL (DI RMEN) |
ARTÍCULO 2º.- Considerar el presente acto con vigencia a partir del día 4 de agosto de 2020.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Aníbal Jorge Sotelo Maciel
e. 08/09/2020 N° 37284/20 v. 08/09/2020
Fecha de publicación 08/09/2020