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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


INSTITUTO NACIONAL DE ENFERMEDADES VIRALES HUMANAS “DR. JULIO MAIZTEGUI”

Decisión Administrativa 1651/2020

DECAD-2020-1651-APN-JGM - Dase por designada Directora.

Ciudad de Buenos Aires, 07/09/2020

VISTO el Expediente Nº EX-2020-30508694-APN-DACMYSG#ANLIS, la Ley Nº 27.467 prorrogada por el Decreto Nº 4 del 2 de enero de 2020, los Decretos Nros. 1628 del 23 de diciembre de 1996, sus modificatorios y complementarios, 1133 del 25 de agosto de 2009, sus modificatorios y complementarios y 355 del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 4/20 se estableció que las disposiciones de la Ley N° 27.467 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2019 regirán a partir del 1° de enero de 2020, en virtud de lo establecido por el artículo 27 de la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional.

Que por el Decreto Nº 355/17 se estableció que toda designación transitoria de personal en cargos de planta permanente y extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario, vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad con las estructuras organizativas, será efectuada por el Jefe de Gabinete de Ministros en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad de que se trate.

Que por el Decreto N° 1628/96 se aprobó la estructura organizativa de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRÁN” (ANLIS), organismo descentralizado actuante en la órbita del entonces MINISTERIO DE SALUD Y ACCIÓN SOCIAL.

Que resulta necesario proceder a la cobertura transitoria del cargo vacante y financiado de Director/a del INSTITUTO NACIONAL DE ENFERMEDADES VIRALES HUMANAS “DR. JULIO MAIZTEGUI” de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRÁN” (ANLIS), organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE SALUD.

Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario.

Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE SALUD ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta de conformidad con lo dispuesto por los artículos 100 inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 2º del Decreto Nº 355 del 22 de mayo de 2017.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Dase por designada con carácter transitorio, a partir del 8 de mayo de 2020 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, a la doctora María de los Ángeles CONTI (D.N.I. Nº 22.025.274) en el cargo de Directora del INSTITUTO NACIONAL DE ENFERMEDADES VIRALES HUMANAS “DR. JULIO MAIZTEGUI” de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRÁN” (ANLIS), organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE SALUD, en la Categoría Profesional Principal, Grado Inicial del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal Profesional de los Establecimientos Hospitalarios y Asistenciales e Institutos de Investigación y Producción dependientes del MINISTERIO DE SALUD, homologado por el Decreto Nº 1133/09.

Se autoriza el correspondiente pago del Suplemento por Función Directiva Nivel III del citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial y se efectúa la presente designación transitoria con autorización excepcional por no reunir la doctora CONTI los requisitos mínimos establecidos en el artículo 24 y en el artículo 37 de dicho Convenio.

ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado en el artículo 1° deberá ser cubierto conforme con los requisitos y sistemas de selección vigentes, según lo establecido en el Título III, Capítulo I, artículo 37 y Título IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal Profesional de los Establecimientos Hospitalarios y Asistenciales e Institutos de Investigación y Producción dependientes del MINISTERIO DE SALUD, homologado por el Decreto Nº 1133/09, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir del 8 de mayo de 2020.

ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con las partidas específicas de la Jurisdicción 80 - MINISTERIO DE SALUD, Entidad 906 – ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRAN” (ANLIS).

ARTÍCULO 4º- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Santiago Andrés Cafiero - Ginés Mario González García

e. 09/09/2020 N° 37766/20 v. 09/09/2020

Fecha de publicación 09/09/2020