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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL

Resolución 627/2020

RESFC-2020-627-APN-DI#INAES

Ciudad de Buenos Aires, 07/09/2020

VISTO, el EX-2020-57546146-APN-DAJ#INAES, y

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Resolución RESFC-2020-3-APN-DI#INAES, se crearon las Comisiones Técnicas Asesoras como estructuras dependientes del Directorio del Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES), en el marco de sus misiones y principios.

Que cooperativas y mutuales realizan un conjunto de aportes a la comunidad que va mucho más allá de su actividad empresarial que no es adecuadamente visibilizado y/o considerado tanto por la opinión ciudadana como -en muchos casos- iniciativas de política pública en sus diferentes niveles.

Que algunas organizaciones mutuales y cooperativas desarrollan diferentes sistemas de reportes de su contribución a la comunidad, mientras la gran mayoría no incorpora en sus prácticas habituales este tipo de sistematización y comunicación de su actividad, cuestión que este instituto busca alentar.

Que desde el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social se pretende consolidar un sistema de reporte sistemático sobre la contribución que hacen las cooperativas y mutuales a la comunidad, basado en su naturaleza jurídica, su actividad económica, sus principios y valores.

Que el servicio jurídico permanente ha tomado la intervención que le compete con carácter previo al dictado del presente acto administrativo.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Leyes N.° 20.321 y N.º 20.337 y los Decretos N.° 420/1996 y 721/2000, y sus normas modificatorias y complementarias,

EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Créase la Comisión Técnica Asesora de “Informe social”.

ARTÍCULO 2°.- Desígnese a los Vocales del Directorio Alejandro Russo y Heraldo Nahúm Mirad como coordinadores de esta comisión; a Eduardo Ingaramo como secretario; a Paola Acosta como secretaria suplente; a Juan Carlos San Bartolomé como delegado y a Juan Pubill como delegado suplente.

ARTÍCULO 3°.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y cumplido archívese. Fabian Brown - Zaida Chmaruk - Ariel Guarco - Nahum Mirad - Alejandro Russo - Carlos Alberto Iannizzotto - Mario Alejandro Hilario Cafiero

e. 09/09/2020 N° 37655/20 v. 09/09/2020

Fecha de publicación 09/09/2020