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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA

Resolución 64/2020

RESOL-2020-64-APN-SIP#JGM

Ciudad de Buenos Aires, 07/09/2020

VISTO el EX-2020-39323567-APN-SSGAIP#JGM, los Decretos Nros. 618 de fecha 07 de agosto de 2017, 50 de fecha 20 de diciembre de 2019 y 86 de fecha 27 de diciembre de 2019, Disposición N° 10 de la ex Subsecretaría de Coordinación Administrativa del ex Ministerio de Modernización de fecha 10 de mayo de 2018 y su modificatoria N° 92 de la Subsecretaría de Gestión Administrativa de Innovación Pública de fecha 16 de julio de 2020, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto tramita la Contratación para la Adquisición de Renovación Integral de la Infraestructura de Firma Digital de la Autoridad Certificante – Oficinal Nacional de Tecnologías de Información.

Que, mediante el Decreto N° 618 del 07 de agosto de 2017, se aprobó el Modelo de Contrato de Préstamo BIRF 8710-AR suscripto entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO (BIRF), destinado a financiar parcialmente el Proyecto de Modernización e Innovación para Mejores Servicios Públicos en Argentina.

Que las “Regulaciones de Adquisiciones para Prestatarios en Proyectos de Inversión, Bienes, Obras, Servicios de No-Consultoría y Servicios de Consultoría (julio 2016)” resultan aplicables a toda adquisición de bienes y contratación de servicios financiados parcialmente por el Banco, siendo la legislación nacional de aplicación supletoria.

Que, en fecha 19 de junio del corriente, el Señor Subsecretario de Innovación Administrativa solicitó a la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE INNOVACIÓN PÚBLICA la contratación para “RENOVACIÓN INTEGRAL DE LA INFRAESTRUCTURA DE FIRMA DIGITAL DE LA AUTORIDAD CERTIFICANTE OFICINA NACIONAL DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN”, en el marco del Préstamo BIRF 8710-AR, acompañando entonces los Términos de Referencia que forman parte integrante del Documento de Solicitud de Ofertas.

Que, la referida solicitud se requirió con la finalidad de renovar la infraestructura, la actualización funcional, migración y soporte de la plataforma de Firma Digital de la Autoridad Certificante ONTI.

Que, a su turno, el BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO ha otorgado la no objeción tanto al Plan de Adquisiciones, como a los Términos de Referencia que forman parte integrante del Documento de Solicitud de Ofertas.

Que, en consecuencia, corresponde autorizar la convocatoria, efectuar el llamado de Solicitud de Ofertas y aprobar el Documento señalado en el considerando precedente.

Que se efectuaron las afectaciones preventivas correspondientes para hacer frente al gasto en cuestión, conforme certificación de crédito presupuestario de fecha 10 de agosto de 2020.

Que, en orden a sus competencias, ha intervenido la OFICINA NACIONAL DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN.

Que, así también, la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nros. 50 de fecha 20 de diciembre de 2019, 86 de fecha 27 de diciembre de 2019 y Disposición N° 10 de la ex Subsecretaría de Coordinación Administrativa del ex Ministerio de Modernización de fecha 10 de mayo de 2018 y su modificatoria N° 92 de la Subsecretaría de Gestión Administrativa de Innovación Pública de fecha 16 de julio de 2020.

Por ello,

LA SECRETARIA DE INNOVACIÓN PÚBLICA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Autorícese a efectuar el llamado a Solicitud de Ofertas N° 03/2020, para la Adquisición de Renovación Integral de la Infraestructura de Firma Digital de la Autoridad Certificante – Oficina Nacional de Tecnologías de Información, por la suma estimada de Pesos Argentinos SETENTA Y NUEVE MILLONES NOVECIENTOS MIL ($ 79.900.000).

ARTICULO 2°.- Apruébese el Documento de Solicitud de Ofertas N° 03/2020 registrado en el Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) como PLIEG-2020-57110979-APN-SSGAIP#JGM, que forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente será imputado a las partidas específicas correspondientes.

ARTICULO 4°.- Publíquese, comuníquese y archívese. Micaela Sánchez Malcolm

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 09/09/2020 N° 37661/20 v. 09/09/2020

Fecha de publicación 09/09/2020