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Legislación y Avisos Oficiales
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INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS

Resolución 123/2020

RESOL-2020-123-APN-INDEC#MEC

Ciudad de Buenos Aires, 09/09/2020

VISTO el Expediente EX-2020-50488843-APN-DPYS#INDEC, el CONTRATO DE PRÉSTAMO Nº 4243/OCAR de fecha 16 de enero de 2018, suscripto entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (B.I.D.), y

CONSIDERANDO:

Que el Presidente de la Nación Argentina aprobó mediante Decreto DECTO-2017-1121-APN-PTE de fecha 29 de diciembre de 2017, el Modelo de Contrato de Préstamo Nº 4243/OC-AR celebrado entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (B.I.D.), destinado a cooperar en la ejecución del “PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO DE LA CAPACIDAD ESTADÍSTICA DEL INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS (INDEC) DE LA REPÚBLICA ARGENTINA”, conforme surge del DECRE-2017-35812452-APN-PTE con Nro. de Orden 3.

Que mediante CONVE-2018-02831555-APN-DDP#MHA con Nro. de Orden 4, obra el Contrato de Préstamo Nº 4243/OC-AR, suscripto el día 16 de enero de 2018.

Que conforme surge de la Cláusula 1.01 del mencionado Contrato de Préstamo, el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (B.I.D.) otorga a través del mencionado Contrato de Préstamo, financiación destinado a mejorar la “confiabilidad, oportunidad y relevancia de las estadísticas” producidas por el INDEC para contribuir a la mejora de las políticas públicas, toma de decisiones privadas y ejercicio pleno del derecho a la información pública por parte de la ciudadanía.

Que conforme surge de la Cláusula 4.02 del mencionado Contrato de Préstamo se acordó como Organismo ejecutor al INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS, quien actuará a través de la UEP dependiente de la Dirección Técnica del INDEC.

Que el CONTRATO DE PRÉSTAMO Nº 4243/OC-AR, “PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO DE LA CAPACIDAD ESTADÍSTICA DEL (INDEC)”, a través del Componente 1. Fortalecimiento de la Capacidad Institucional del INDEC; Subcomponente 1.1: Mejora de la Infraestructura Edilicia e Informática; Actividad incorporada al Plan Operativo Anual (POA), conforme surge del IF-2020-31274929-APN-DT#INDEC con Nro. de Orden 5.

Que mediante ME-2020-50430170-APN-DGAYO#INDEC y ME-2020-54034219-APN-DGAYO#INDEC con Nros. de Orden 10 y 23 respectivamente, la OFICINA TÉCNICA dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y OPERACIONES de la DIRECCIÓN DE GESTIÓN del INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS, solicita la reparación y pintura de la escalera de emergencia en el Edificio sito en la Avenida Julio Argentino Roca N° 609 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Que conforme surge del Formulario de Requerimiento IF-2020-54027697-APN-DGAYO#INDEC obrante con Nro. de Orden 24, se justifica la contratación de la reparación y pintura integral de la escalera debido al mal estado de conservación en que se encuentra, estimándose a tal efecto, un monto que alcanza la suma de PESOS CUATRO MILLONES DOSCIENTOS MIL ($ 4.200.000.-).

Que el procedimiento de licitación se realizó de conformidad con las Políticas para la Adquisición de Bienes y Obras financiadas por el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (GN-2349-15), obrante en IF-2020-35944383-APN-DT#INDEC con Nro. de Orden 6 y de acuerdo con el REGLAMENTO OPERATIVO DEL PROGRAMA (ROP), conforme surge del IF-2019-46537463-APN-DG#INDEC con Nro. de Orden 7.

Que mediante Resolución RESOL-2017-73-APN-INDEC#MHA de fecha 31 de mayo de 2017 del INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS, obrante con Nro. de Orden 8, se estableció la UNIDAD DE COORDINACIÓN CENTRAL DE PROYECTOS CON ORGANISMOS MULTILATERALES DE CRÉDITO como área dependiente de la DIRECCIÓN TÉCNICA del INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS.

Que por la citada resolución también se resolvió que la UNIDAD DE COORDINACIÓN CENTRAL DE PROYECTOS CON ORGANISMOS MULTILATERALES DE CRÉDITO estará a cargo de un Coordinador General, el que será oportunamente designado.

Que mediante Resolución RESOL-2020-17-APN-INDEC#MEC de fecha 17 de febrero de 2020 del INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS obrante con Nro. de Orden 9, se asignó a partir del 14 de febrero de 2020 las tareas de Coordinador General de la UNIDAD DE COORDINACIÓN CENTRAL DE PROYECTOS CON ORGANISMOS MULTILATERALES DE CRÉDITO, como área dependiente de la Dirección Técnica del INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS, administración desconcentrada en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA, al Licenciado Mariano Hernán POLEDO (D.N.I. Nº 24.914.884).

Que mediante NO-2020-54200491-APN-DNPYC#INDEC de fecha 18 de agosto de 2020, el Coordinador General de la UNIDAD DE COORDINACIÓN CENTRAL DE PROYECTOS CON ORGANISMOS MULTILATERALES DE CRÉDITO, solicita la ‘No Objeción’ al BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (B.I.D.), respecto al Documento de Aprobación de Especificaciones Técnicas, obrante con Nro. de Orden 30.

Que mediante Nota CSC/CAR Nº 1955/2020, se encuentra agregada la ‘No Objeción’ otorgada por el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (B.I.D.) a dicho documento, conforme surge del IF-2020-54847874-APN-DPYS#INDEC con Nro. Orden 31.

Que la DIRECCIÓN DE PROGRAMACIÓN Y CONTROL PRESUPUESTARIO dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y OPERACIONES de la DIRECCIÓN DE GESTIÓN del Instituto ha informado, mediante IF-2020-51015413-APN-DPYCP#INDEC con Nro. Orden 14, que se cuenta con el crédito necesario para hacer frente a la erogación.

Que la DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y OPERACIONES de la DIRECCIÓN DE GESTIÓN del Instituto, ha procedido a elaborar el Pliego de Bases y Condiciones, el que cuenta con la conformidad de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y OPERACIONES, conforme surge del IF-2020-54886777-APN-DGAYO#INDEC con Nro. de Orden 34.

Que a tal efecto se elaboró el Pliego de Bases y Condiciones el cual corresponde aprobar en este acto, obrante como Pliego N° PLIEG-2020-54929251-APN-DPYS#INDEC con Nro. de Orden 37.

Que la DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en el uso de las facultades conferidas por la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional, el Artículo 35 del Decreto N° 1344 de fecha 4 de octubre de 2007 y sus modificatorios, el Artículo 28 del Decreto N° 3110 de fecha 30 de diciembre de 1970 y el Decreto N° 92 de fecha 27 de diciembre de 2019.

Por ello,

EL DIRECTOR DEL INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Autorízase a efectuar la convocatoria para la contratación de la Reparación y puesta en valor de escalera de emergencia, bajo el régimen de Comparación de Precios de Obras CP Nº INDEC-107-CP-O-, dentro de los términos establecidos en el Contrato de Préstamo Nº 4243/OC-AR celebrado entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (B.I.D.), suscripto el día 16 de enero de 2018 y de conformidad con las Políticas para la Adquisición de Bienes y Obras financiadas por el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (B.I.D.) (GN-2349-15) y de acuerdo con lo estipulado en el REGLAMENTO OPERATIVO DEL PROGRAMA (R.O.P.).

ARTÍCULO 2°.- Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones registrado en el Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) como PLIEG-2020-54929251-APN-DPYS#INDEC, que forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 3º.- Autorízase a la UNIDAD DE COORDINACIÓN CENTRAL DE PROYECTOS CON ORGANISMOS MULTILATERALES DE CRÉDITO, a suscribir las pertinentes Circulares aclaratorias y modificatorias al Pliego de Bases y Condiciones Particulares aprobado en el Artículo 2°.

ARTÍCULO 4°.- Desígnense como miembros de la Comisión Evaluadora, al Consultor Especialista de Adquisiciones de la UNIDAD DE COORDINACIÓN CENTRAL DE PROYECTOS CON ORGANISMOS MULTILATERALES DE CRÉDITO, al señor Carlos Mariano NUÑEZ (D.N.I. 18.222.729) y al Coordinador General de la UNIDAD DE COORDINACIÓN CENTRAL DE PROYECTOS CON ORGANISMOS MULTILATERALES DE CRÉDITO.

ARTÍCULO 5°.- El gasto que demande la presente erogación será imputado en las partidas correspondientes de la Fuente de Financiamiento 22, Partida 331, Programa 19, Actividad 8, para los ejercicios que correspondan.

ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Marco Juan Lavagna

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 11/09/2020 N° 38348/20 v. 11/09/2020

Fecha de publicación 11/09/2020