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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE CULTURA TEATRO NACIONAL CERVANTES

Resolución 296/2020

RESOL-2020-296-APN-TNC#MC

Ciudad de Buenos Aires, 10/09/2020

VISTO la Ley presupuestaria correspondiente, los Decretos Nº 318 del 27 de marzo de 1996, Nº 1023 del 13 de agosto de 2001, Nº 1344 de fecha 02 de octubre de 2007, Nº 1030 de fecha 15 de septiembre de 2016 y sus modificatorios, Nº 963 del 26 de octubre de 2018 y Nº 04 de fecha 02 de enero de 2020, el artículo 55 del Manual de Procedimiento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por la Disposición de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES del ex MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN N° 62-E del 27 de septiembre de 2016, y el EX-2020-52732791-APN-DA#TNC, y

CONSIDERANDO:

Que con fecha 21 de diciembre de 2019 se sancionó la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública N° 27.541, que contempla, entre otras, la Emergencia Sanitaria.

Que mediante el Decreto N° 260 de fecha 12 de marzo de 2020 se amplió la emergencia pública en materia sanitaria, en virtud de la pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD, en relación con el coronavirus COVID-19, por el término de UN (1) año.

Que el TEATRO NACIONAL CERVANTES se encuentra desarrollando la confección del Protocolo Covid 19 para los trabajadores, trabajadoras, visitantes y contratistas del TEATRO NACIONAL CERVANTES, según la normativa vigente e incumbencias establecidas por la normativa vigente de higiene y seguridad laboral.

Que, por lo expuesto, la Coordinación de la Dirección de Administración del TEATRO NACIONAL CERVANTES solicito la adquisición elementos de protección personal con el fin de evitar la propagación del virus COVID-19 en el ámbito laboral, asegurando el distanciamiento social y previniendo el contagio tanto del personal como de terceros.

Que el valor estimado para dicha contratación asciende a la suma de PESOS DOSCIENTOS SESENTA Y UN MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CON 60/00 ($ 261.659,60).

Que se encauzó dicha contratación en la figura de una Contratación Directa por emergencia por compulsa abreviada contemplada en los artículos 25, inciso d), apartado 5 del Decreto Nº 1023 del 13 de agosto de 2001 y sus modificatorios y 19 del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por el Decreto Nº 1030 del 15 de septiembre de 2016 y sus modificatorios y en el artículo 55 del Manual de Procedimiento del Régimen de contrataciones de la Administración Nacional aprobado por la Disposición de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES del ex MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN N° 62-E del 27 de septiembre de 2016.

Que, en atención a lo previsto, el artículo 55, incisos b) y c) del citado Manual, la OFICINA DE COMPRAS de la DIRECCION DE ADMINISTRACION del TEATRO NACIONAL CERVANTES suscribió el Pliego de Bases y Condiciones Particulares en PLIEG-2020-52759652-APN-DA#TNC de la Contratación Directa por Compulsa Abreviada por emergencia Nº 32/2020, cuyo objeto es la compulsa COVID-19 Nº 003/2020 adquisición por emergencia de elementos de desinfección, cuidado y/o protección personal tanto para el personal como para el personal de la salud, pertenecientes al TEATRO NACIONAL CERVANTES, procediendo de inmediato efectuar la convocatoria del proceso Nº 17-0032-CDI20, que obra en número de orden 287.

Que en número de orden 16 mediante PLIEG-2020-52913758-APN-DA#TNC, obran las firmas del rubro que fueron invitadas a participar de la referida contratación.

Que mediante el IF-2020-54636410-APN-DA#TNC obra el Acta de Apertura donde consta la presentación de veintiún (21) oferentes.

Que en número de orden 283 del expediente citado en el Visto, por el IF-2020-58557200-APN-DA#TNC, obra la recomendación de la UOC.

Que se cuenta con los fondos para atender el gasto en causa, mediante solicitud de contratación 17-36-SCO20 bajo IF-2020-52950438-APN-DA#TNC.

Que por los motivos expuestos corresponde dictar el acto administrativo correspondiente.

Que ha tomado la debida intervención la Coordinación de Asuntos Jurídicos del TEATRO NACIONAL CERVANTES.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 7º incisos f) y h) del Decreto Nº 318/96, y en el Anexo al Artículo 35, inciso b) del Decreto Nº 1344/07 y sus modificatorios.

Por ello,

EL DIRECTOR DEL TEATRO NACIONAL CERVANTES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Autorizase y apruébese el procedimiento de selección por Contratación Directa por emergencia por Compulsa Abreviada Nº 32/2020 contemplada en los artículos 25, inciso d), apartado 5 del Decreto Nº 1023 del 13 de agosto de 2001 y sus modificatorios y 19 del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por el Decreto Nº 1030 del 15 de septiembre de 2016 y sus modificatorios y en el artículo 55 del Manual de Procedimiento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por la Disposición de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES del ex MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN N° 62-E del 27 de septiembre de 2016, realizado con el objeto es la adquisición por emergencia de insumos de protección personal e higiene para el Teatro, procediendo de inmediato efectuar la convocatoria del proceso Nº 17-0032-CDI20.

ARTÍCULO 2°.- Apruébese el Pliego de Bases y Condiciones Particulares PLIEG-2020-52759652-APN-DA#TNC de la Contratación Directa por Compulsa Abreviada por emergencia Nº 32/2020, cuyo objeto es la compulsa COVID-19 Nº 003/2020 adquisición por emergencia de elementos de desinfección, cuidado y/o protección personal tanto para el personal como para el personal de la salud, pertenecientes al TEATRO NACIONAL CERVANTES, y de especificaciones técnicas IF-2020-52760570-APN-DA#TNC, el anexo I y la Declaración Jurada de Intereses de la citada Contratación IF-2020-52761577-APN-DA#TNC y la Declaración Jurada de Oferta Nacional IF-2020-52762154-APN-DA#TNC.

ARTÍCULO 3°.- Adjudicar la citada contratación según lo detallado en el ANEXO I, el cual forma parte de la presente Resolución, por un importe total de PESOS CIENTO TREINTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS ($134.700.-).

ARTÍCULO 4º.- Desestimar a las firmas VIALERG S.A. (CUIT Nº 30-71624187-0), TRIGEMIOS S.R.L. (CUIT Nº 30-71154458-1), GRUPO ARIES SALUD S.A. (CUIT Nº 33-71187140-9), CAMPOLONGO FEDERICO PABLO (CUIT Nº 20-18053177-8), MBG COMERCIAL S.R.L. (CUIT Nº 30-70748071-4), DIST MASTER S.A. (30-61824366-0) y EL CACIQUE LIMPIEZA S.R.L. (CUIT º 30-7108955-2) por haber sido intimados a subsanar erros u omisiones conforme el artículo 67 del Reglamento aprobado por el Decreto Nº 1030/16 y cumplido el plazo no presentaron la totalidad de la documentación complementaria solicitada, siendo aplicable lo establecido en el Artículo 66 inciso j) del Decreto Nº 1030/16 y el Artículo 25, inciso j) de la disposición Nº 63-E/2016 de la ONC.

ARTÍCULO 5º.- Autorizar y delegar en el Responsable de la Oficina de Compras la facultad de emitir y suscribir las correspondientes Ordenes de Compra.

ARTÍCULO 6º.- Imputar el gasto al Presupuesto correspondiente – Jurisdicción 72 –MINISTERIO DE CULTURA, Entidad 113 - TEATRO NACIONAL CERVANTES, Programa 16, a las partidas presupuestarias correspondientes.

ARTÍCULO 7º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Rubén D’Audia

ANEXO I

OFERENTERENGLÓN ADJUDICADOMONTO
BRAM S.A.S (CUIT N° 30-71608461-9)1$ 16.280.-
3$ 54.000.-
152BIS S.A.S. (CUIT N° 30-71581078-2)2$ 7.500.-
4$ 4.200.-
BARACCO PEDRO GUSTAVO (CUIT Nº 20-16267352-2)5$ 4.180.-
PROVEMERG S.R.L. (CUIT N° 30-70968916-5)6$ 30.000.-
7$ 5.500.-
ANTIGUA SAN ROQUE S.R.L. (CUIT Nº 30-65687578-6)8$ 500.-
9$ 2.490.-
SALGROUP S.R.L. (CUIT Nº 30-71682371-3)10$ 4.000.-
MAXISEGURIDAD INDUSTRIAL S.A. (CUIT Nº 30-71065322-0)11$ 6.050.-
TOTAL$ 134.700.-

e. 14/09/2020 N° 38741/20 v. 14/09/2020

Fecha de publicación 14/09/2020