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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR

Resolución 259/2020

RESOL-2020-259-APN-D#ARN

Ciudad de Buenos Aires, 21/09/2020

VISTO lo actuado en el Expediente Electrónico de Contratación N° 47021032/20 de la GERENCIA ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Y RECURSOS, la Ley Nacional de la Actividad Nuclear N° 24.804, la Ley de Procedimientos Administrativos N° 19.549 y su Decreto Reglamentario N° 1759/72, el Decreto N° 260/20 y sus modificatorios, la Decisión Administrativa N° 409/20, la Disposición N° 48/20 de la Oficina Nacional de Contrataciones, la Resolución del Directorio de la Autoridad Regulatoria Nuclear N° 231/20, y

CONSIDERANDO:

Que por medio del la Resolución del Directorio de la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN) N° 231, de fecha 8 de septiembre de 2020, se adjudicó el Expediente Electrónico de Contratación N° 47021032/20 de la GERENCIA ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Y RECURSOS cuyo objeto es el “COMPULSA - COVID-19 N° 1 - ADQUISICIÓN DE INSUMOS Y MATERIAL SANITARIO”, el cual fue encuadrado en los Artículos 25, Inciso d) Apartado 5 del Decreto Delegado N° 1023/01, Artículo 14 del Anexo al Decreto N° 1030/16, Artículo 55, Inciso f) de la Disposición N° 62-E/2016 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (ONC) enmarcado en el Decreto N° 260/20 y sus modificatorios.

Que en el marco de las disposiciones establecidas en la Normativa precedentemente señalada, se omitió por un error involuntario agregar la publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la República Argentina en el ARTÍCULO 7° de la Resolución del Directorio de la ARN N° 231/20.

Que el Artículo 101 del Decreto Reglamentario N° 1759/72, mencionado en el VISTO, faculta a la Administración Pública a rectificar, en cualquier momento, los errores materiales siempre que la enmienda no altere lo sustancial del Acto Administrativo.

Que en tal sentido, corresponde rectificar el error material detectado en el ARTÍCULO 7° de la antes señalada Resolución.

Que el DIRECTORIO de la Autoridad Regulatoria Nuclear es competente para el dictado de la presente Resolución, conforme se establece en el Artículo 22 de la Ley N° 24.804.

Por ello,

EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Rectificar el error material advertido en el ARTÍCULO 7° de la Resolución del Directorio de la ARN N° 231/20, incluyendo en dicho articulado a la publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la República Argentina, quedando el nuevo ARTÍCULO 7° de la siguiente manera:

“ARTÍCULO 7°.- Comuníquese a la SECRETARÍA GENERAL y a la GERENCIA ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Y RECURSOS – SECTOR COMPRAS para realizar las correspondientes Órdenes de Compra y notificaciones de rigor. Publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.”

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL y archívese. Agustin Arbor Gonzalez

e. 23/09/2020 N° 41167/20 v. 23/09/2020

Fecha de publicación 23/09/2020