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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


EJÉRCITO ARGENTINO DIRECCIÓN DE ARSENALES

Resolución 180/2020

RESOL-2020-180-APN-DAR#EA

Boulogne Sur Mer, Buenos Aires, 15/09/2020

VISTO lo establecido en la Decisión Administrativa Nº DECAD-2020-409-APN-JGM y el punto 3) h) del Anexo a la Disposición ONC N°48/2020 - EX-2020-17989943- -APN-ONC#JGM (Procedimiento para las contrataciones de Bienes y Servicios en el marco de la Emergencia Publica en materia sanitaria - Pandemia COVID - 19), y el expediente electrónico EX-2020-51245610- -APN-DAR#EA correspondiente a la DIRECCIÓN DE ARSENALES, y

CONSIDERANDO:

Que es necesario realizar una contratación por emergencia con el fin de adquirir los elementos/servicios que originan el presente llamado “SERVICIO DE REPARACIÓN DE MOTOR DE VEHICULO A RUEDA MB 1720 DEL RI1 PATRICIOS, APOYO COVID-19”, en virtud de la necesidad de contar con los mismos para afrontar la operación de apoyo a la comunidad en emergencia sanitaria COVID-19.

Que el procedimiento a observar en la contratación se encuentra normado en la Decisión Administrativa NºDECAD-2020-409-APN-JGM, la Disposición Nº DI-2020-48-APN-ONC#JGM, la Disposición Nº DI-2020-53-APN-ONC#JGM y la Disposición Nº DI-2020-55-APN-ONC#JGM.

Que se incorporan al expediente el DENU 260/2020, la DECAD-2020-409-APN-JGM, la DI-2020-48-APNONC#JGM y la DIR JEMGE Nro 01/DK/20 (IF-2020-25195668-APN-DAR#EA), la DI-2020-53-APNONC#JGM y la DI-2020-55-APNONC#JGM que regularán el procedimiento.

Que cuenta con la correspondiente Solicitud de Contratación Nº 84/129-5068-SCO20, confeccionada por el DEPARTAMENTO OBTENCION de la DIRECCIÓN DE ARSENALES, por un importe de PESOS SETECIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL SETECIENTOS SESENTA Y OCHO CON 43/100 ($ 753.768,43).

Que mediante IF-2020-52329109-APN-DAR#EA se incorporó al expediente solicitud de provisión, cuadro de costo estimado, informe de Costo estimado, pedido de presupuesto, ET NRO ARS 62/00/20, MM 026/20 CCZEM, acta de justificación y solicitud de contratación, confeccionado por el DEPARTAMENTO OBTENCIÓN de esta DIRECCIÓN.

Que con fecha 11 de agosto de 2020, se cursaron las invitaciones a Proveedores inscriptos en el Rubro objeto del llamado, cumplimentando lo normado en la DI-2020-48-APN-ONC#JGM, incorporado al expediente mediante PLIEG-2020-52522621-APN-DAR#EA.

Que con fecha 21 de agosto de 2020, se realizó el Acto de Apertura de ofertas, presentándose CUATRO (4) Oferentes: ARIEL RICARDO CAPPELLETTI CUIT: 20203659092, COLCAR MERBUS SA CUIT: 30696887752, URSULA SONIA BRAMANTE CUIT: 27035616891, INTERNATIONAL TRAINERS S.R.L. CUIT: 30707654143, incorporado al expediente mediante IF-2020-55056584-APN-IGE#EA.

Que mediante NO-2020-53356727-APN-DAR#EA se informó del acto de apertura a la Inspectoría General del Ejército y a la Unidad de Auditoria Interna.

Que se incorpora mediante IF-2020-60666099-APN-DAR#EA e IF-2020- 61318109 -APN-DAR#EA, el informe de recomendación emitido por la Unidad Operativa de Contrataciones, por el cual se recomienda pre adjudicar el servicio al oferente INTERNATIONAL TRAINERS S.R.L. CUIT: 30707654143, y desestimar las ofertas de ARIEL RICARDO CAPPELLETTI CUIT: 20203659092, COLCAR MERBUS SA CUIT: 30696887752 y URSULA SONIA BRAMANTE CUIT: 27035616891 por no cumplir con los requisitos técnicos solicitados en la correspondiente ET.

Que mediante IF-2020-58562676-APN-DAR#EA se agrega al expediente la documentación presentada por el oferente INTERNATIONAL TRAINERS mediante la cual expone No poseer deuda ante la AFIP.

Que la presente contratación cuenta con la disponibilidad de cuota para afrontar el gasto, de acuerdo a lo detallado en NO-2020- 21597694 -APN-DGPPP#EA.

Que la presente contratación cuenta con la disponibilidad de cuota para afrontar el gasto, de acuerdo a lo detallado en ME-2020-60214920-APN-DAR#EA, de fecha 10 de septiembre de 2020.

Que el DEPARTAMENTO ASESORÍA JURÍDICA, ha tomado la intervención que le compete, emitiendo Dictamen jurídico y controlando el Acto Administrativo de Resolución de Adjudicación, informando que esa instancia de Asesoramiento Jurídico no tiene observaciones que formular respecto al proyecto de acto administrativo encontrándose en condiciones para ser suscripto por parte del DIRECTOR DE ARSENALES, incorporado al expediente en IF-2020-61046329-APN-DAR#EA e PV-2020-61402028-APN.DAR#EA.

Que mediante NO-2020-61300857-APN-DAR#EA, y de acuerdo a lo asesorado y recomendado por el Departamento Jurídico de esta Dirección, se informa a la IGE, que no habiendo objeciones a la presente contratación, se procede a elevar los actuados al Director de Arsenales para su aprobación y adjudicación.

Que el suscripto tiene facultades suficientes para dictar el presente acto conforme lo dispuesto por la Resolución del MINISTRO DE DEFENSA Nro RESOL-2020-178-APN-MD, artículo 1º, Anexo II (IF-2020-32628323-APN-DGAF#EA) de fecha 12 de junio 2020.

Por ello,

EL DIRECTOR DE ARSENALES

RESUELVE

ARTICULO 1º. Declarar admisible al oferente INTERNATIONAL TRAINERS S.R.L. CUIT: 30707654143, según Informe Técnico Nro 054/01/20, dado que se ajusta a los requisitos de la presente contratación y su correspondiente Especificación Técnica.

ARTÍCULO 2º: Apruébese el proceso de Contratación por Emergencia COVID-19 Nº 84/129-0160 CDI20 que tiene como objeto el “SERVICIO DE REPARACIÓN DE MOTOR DE VEHICULO A RUEDA MB 1720 DEL RI1 PATRICIOS, APOYO COVID-19” y adjudíquese el presente acto contractual por un monto total de PESOS SEISCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL ($ 688.000,00), al oferente INTERNATIONAL TRAINERS S.R.L. CUIT: 30707654143 en razón de ser su oferta la más conveniente y ajustarse a lo solicitado en la invitación a cotizar.

ARTÍCULO 3º Desestimar los renglones de las ofertas de ARIEL RICARDO CAPPELLETTI CUIT: 20203659092, COLCAR MERBUS SA CUIT: 30696887752 y URSULA SONIA BRAMANTE CUIT: 27035616891 por no cumplir con los requisitos técnicos solicitados en la correspondiente ET, en función de las recomendaciones expresadas en los considerandos y el informe técnico emitido por el Departamento Técnico.

ARTÍCULO 4º. Librar la respectiva orden de compra, conforme lo expresa DI-2020-48-APN-ONC#JGM, al oferente INTERNATIONAL TRAINERS S.R.L. CUIT: 30707654143- Renglón 1, por un importe de PESOS SEISCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL ($ 688.000,00).

ARTICULO 5º. Se deja constancia del cumplimiento a lo establecido en el Art 1 inciso d) apéndice XII de la Disposición 53/2020 de la Oficina Nacional Contrataciones, lo establecido en la Decisión Administrativa Nro 472/2020 y la Comunicación General ONC Nº 8/2020, verificándose el listado de precios máximos establecidos por la Resolución de la Secretaria de Comercio Interior del Ministerio de Desarrollo Productivo Nº 100/20, no encontrándose el servicio de reparación de la presente contratación incluido en el mismo.

ARTICULO 6º. Publíquese la presente resolución en el Boletín Oficial de la Nación y en la Oficina Nacional de Contrataciones, a los fines de dar cumplimiento a lo establecido en la normativa aplicable a las contrataciones de bienes y servicios bajo el régimen de emergencia COVID-19 mediante la cual los organismos deben proceder a publicar el acto administrativo de conclusión del procedimiento en la ONC y el Boletín Oficial por el término de un (1) día.

ARTICULO 7º. Designar a los integrantes de la COMISIÓN RECEPTORA DE EFECTOS de esta Dirección, como así los vocales permanentes y especialistas, de acuerdo a lo establecido en los artículos 84, 85 del Decreto número 1030/2016, lo publicado en la Orden del Día Nro 11/20 del 6 de Marzo del 2020, Orden del Día Nro 38/20 del 27 de agosto del 2020 y Resolución del DirArsNro 01/20 del día 18 de Marzo de 2020,

1. MIEMBROS TITULARES: a. CR Eduardo Oscar MONTI WOLF - b. SA Alejandro Damián IBARRA - c. SP Christian Facundo Julián AROCA

2. MIEMBROS SUPLENTES: a. TC Pablo Walter BAVA - b. SP Enrique ALANCAY - c. SA Edgardo Osvaldo PEREZ

ARTÍCULO 8º. Establécese como plazo, lugar y forma de entrega de los efectos, los previstos en la invitación que rigió para la presente Contratación.

ARTÍCULO 9º. El adjudicatario, de ser necesario, deberá integrar la garantía de cumplimiento de contrato de acuerdo a lo estipulado en el Artículo 77 y 78 Inciso b) del Decreto Nº 1030/2016.

ARTÍCULO 10º. El oferente, podrá presentar el Recurso de Reconsideración previsto en el Artículo 84 del Decreto 1759/72, reglamentario de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nro. 19.549, dentro del plazo de DIEZ (10) días contados a partir de la notificación de la presente, como así también podrá presentar el Recurso Jerárquico previsto en el Artículo 88 del Decreto 1759/72, reglamentario de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nro. 19.549, dentro del plazo de QUINCE (15) días contados a partir de la notificación de la presente.

ARTÍCULO 11°. Remítase el presente expediente al DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO FINANCIERO de la DIRECCIÓN DE ARSENALES, a los efectos de la prosecución del trámite correspondiente.

ARTÍCULO 12°. Regístrese, comuníquese y archívese. Francisco Javier Oteo

e. 23/09/2020 N° 41154/20 v. 23/09/2020

Fecha de publicación 23/09/2020