MINISTERIO DE CULTURA SECRETARÍA DE GESTIÓN CULTURAL
Resolución 127/2020
RESOL-2020-127-APN-SGC#MC
Ciudad de Buenos Aires, 18/09/2020
VISTO el Expediente Nº EX-2020-18890738- -APN-CGD#MECCYT, la RESOL- 2020-222-APN-MC, y
CONSIDERANDO:
Que a través de la RESOL-2020-222-APN-MC se aprobó la SEXTA CONVOCATORIA NACIONAL del PROGRAMA PUNTOS DE CULTURA, y su reglamento técnico de bases y condiciones.
Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 4º de la citada norma, la SECRETARÍA DE GESTIÓN CULTURAL actúa como autoridad de aplicación e interpretación de la convocatoria, y se encuentra facultada para dictar las normas de carácter operativo y/o interpretativo que resulten necesarias para su implementación, con intervención de las áreas técnicas pertinentes de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA.
Que, específicamente, y de acuerdo a lo establecido en el punto, 5) in fine, del reglamento de convocatoria, la autoridad de aplicación convalidará la designación nominal de los integrantes del jurado, respetando las representaciones establecidas, y aprobará la selección efectuada por este último, mediante el dictado del acto administrativo pertinente.
Que, con fecha 31 de agosto, se reunió el jurado de la convocatoria integrado en los términos de la RESOL-2020-222-APN-MC y ha efectuado la selección correspondiente al segundo llamado, según detalle incorporado en IF-2020-60898941-APN-DNDYCC#MC.
Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS.
Que la presente medida se dicta de conformidad con las disposiciones del Decreto 50/2019 y su modificatorio y las facultades otorgadas por la RESOL- 2020-222-APN-MC.
Por ello,
EL SECRETARIO DE GESTIÓN CULTURAL
RESUELVE:
ARTICULO 1°.- Convalidar la conformación nominal del jurado correspondiente a la SEXTA CONVOCATORIA NACIONAL del PROGRAMA PUNTOS DE CULTURA, segundo llamado, integrado por los miembros que rubrican el acta que integra la presente medida (IF-2020-60898941-APN-DNDYCC#MC).
ARTÍCULO 2°.- Aprobar la nómina de proyectos correspondientes al segundo llamado, seleccionados por el jurado, de acuerdo con el detalle consignado en el acta citada en el artículo precedente (IF-2020-60898941-APN-DNDYCC#MC).
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Cumplido, archívese. Arturo Maximiliano Uceda
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 24/09/2020 N° 41470/20 v. 24/09/2020
Fecha de publicación 24/09/2020