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Legislación y Avisos Oficiales
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JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA

Resolución 72/2020

RESOL-2020-72-APN-SIP#JGM

Ciudad de Buenos Aires, 23/09/2020

VISTO el Expediente Nº EX-2020-40086859- -APN-SSTIYC#JGM de la SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019, la Resolución N° 57 del 23 de agosto de 1996 de la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONES y la Resolución de la SECRETARIA DE INNOVACION PUBLICA N° 60 del 24 de agosto de 2020, y

CONSIDERANDO:

Que a través del Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 se establecieron los objetivos de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA, entre los que se destacan “Entender en la elaboración, ejecución, fiscalización y reglamentación del régimen del servicio postal” y “Entender en la promoción del acceso universal a las nuevas tecnologías como herramientas de información y conocimiento, como asimismo en la coordinación con las Provincias, las empresas y los organismos de su dependencia, en relación a la optimización del uso de las facilidades y redes existentes”.

Que asimismo, por medio del mencionado Decreto N° 50/19 se creó en el ámbito de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA a la SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES, con competencias para “Asistir a la Secretaría en el diseño de políticas y regulaciones tendientes al desarrollo e inclusión de las comunicaciones y de los servicios postales, y elaborar estudios y propuestas de regulaciones, en el ámbito de su competencia”; “Diseñar y proponer a la Secretaría la actualización de los marcos regulatorios de telecomunicaciones, tecnologías de la información y postal, y actualizaciones normativas en el ámbito de su competencia”; y “Analizar el desarrollo de los servicios postales, y promover el desarrollo de la distribución de logística liviana”, entre otras.

Que en dicho marco, ante el contexto actual y el exponencial incremento de la paquetería y el comercio electrónico, resulta necesario reformular la regulación vigente a fines de actualizar las políticas aplicables al sector postal, estableciendo pautas en la operatoria y tratamiento de envíos postales para que se adecuen a las nuevas modalidades del servicio.

Que además, las nuevas regulaciones deben tender a garantizar la protección de los usuarios dado el rol fundamental que el servicio postal posee en el desarrollo y crecimiento de esta modalidad de comercialización, pues constituye la vía por la que los usuarios y consumidores acceden a los bienes adquiridos en forma remota.

Que en ese contexto, se generó un documento de consulta (IF-2020-54630427-APN-SSTIYC#JGM), denominado “PROTOCOLO DE TRAZABILIDAD DE ENVÍOS POSTALES”, el cual fue puesto a consideración de las empresas prestadoras de servicios de postales y demás empresas vinculadas al sector, organizaciones, público en general, como también de organismos y entidades estatales, a través del procedimiento previsto en el artículo 44 y subsiguientes del Reglamento General de Audiencias Públicas y Documentos de Consulta para las Comunicaciones, aprobado por Resolución N° 57/1996 de la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONES.

Que con el dictado de la Resolución N° 60 de la SECRETARIA DE INNOVACIÓN PUBLICA de fecha 24 de agosto de 2020 se declaró la apertura de dicho procedimiento, estableciéndose en su artículo 3° un plazo de VEINTE (20) días hábiles a partir de la publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina, para que los interesados efectuaran sus presentaciones mediante la Plataforma de Tramites a Distancia (TAD).

Que dada la complejidad de la cuestión y su importancia estratégica para el desarrollo del sector postal, resulta fundamental conocer la visión y propuestas de los distintos actores intervinientes.

Que teniendo en cuenta el volumen de respuestas y opiniones recabadas hasta el momento, se considera razonable prorrogar el plazo previsto en el artículo 3° de la Resolución de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA N° 60/20, a los efectos de facilitar la mayor participación de los sectores interesados.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE INNOVACIÓN PÚBLICA de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 50/19 y la Resolución N° 57/1996 de la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONES.

Por ello,

LA SECRETARIA DE INNOVACIÓN PÚBLICA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Prorrógase hasta el 21 de octubre de 2020, inclusive, el plazo establecido en el artículo 3° de la Resolución de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA N° 60 del 24 de agosto de 2020, para que los interesados efectúen las presentaciones correspondientes en la Plataforma de Tramites a Distancia (TAD), de conformidad a lo dispuesto por el Decreto N° 1063/2016 y normas complementarias.

ARTICULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Micaela Sánchez Malcolm

e. 28/09/2020 N° 42084/20 v. 28/09/2020

Fecha de publicación 28/09/2020