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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SEGURIDAD

Resolución 330/2020

RESOL-2020-330-APN-MSG

Ciudad de Buenos Aires, 24/09/2020

VISTO el Expediente EX-2019-100450467- -APN-SCPC#MSG, del Registro del MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley N° 26.538, la Resolución Conjunta M.J y D.H. Nº 445 y M.S. Nº 271 del 24 de junio de 2016, y la Resolución del MINISTERIO DE SEGURIDAD N° 828/2019 del 27 de septiembre de 2019, y

CONSIDERANDO

Que ante la FISCALÍA NACIONAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL Nº 37, a cargo de la Doctora Romina MONTELEONE, tramita la causa Nº 70.057/18 (FN 79.241/18) caratulada “NN S/ HOMICIDIO SIMPLE. DAM: OJEDA EMANUEL ANDRÉS”, con intervención del JUZGADO NACIONAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL Nº 14, SECRETARÍA N° 143 a cargo del Doctor Ricardo Luis FARÍAS.

Que la titular de la mencionada FISCALÍA, Doctora Romina MONTELEONE, mediante Oficios de fecha 10 de octubre de 2019, y 08 de julio de 2020, solicita se ofrezca recompensa para aquellas personas que, sin haber intervenido en el hecho delictual, brinden datos útiles que sirvan para lograr la aprehensión del autor del homicidio de quien en vida fuera Emanuel Andrés OJEDA, D.N.I. N° 33.154.188, argentino, nacido el 28 de julio de 1987, hijo de Horacio Rubén OJEDA y María Candelaria MIRANDA VIVAR, quien el día 1 de noviembre de 2018, en horas de la madrugada se encontraba caminando con su hermano sobre la calle Lima desde Avenida de Mayo en sentido hacia Rivadavia de esta Ciudad, y tras discutir por motivos que se desconocen con un hombre de identidad desconocida, que se encontraba en un kiosco comprando cigarrillos, fue golpeado con el puño en la cabeza lo que provocó que cayera al suelo y sufriera un traumatismo de cráneo y hemorragia encéfalo-meningea que derivó en su muerte, finalmente el hombre no identificado se dio a la fuga en dirección a la calle Bartolomé Mitre sin saber su identidad ni paradero al día de la fecha.

Que el artículo 3° de la Ley N° 26.538 establece que la autoridad de aplicación, por sí o a requerimiento del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL, hará el ofrecimiento de la recompensa y tendrá a su cargo el pago.

Que han tomado la intervención de su competencia la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio.

Que la presente se dicta en el marco de las atribuciones conferidas en el artículo 4° inciso b), apartado 9 de la Ley de Ministerios (t.o. 1992) y modificatorias, en los artículos 1° y 3° de la Ley N° 26.538, en la Resolución Conjunta M.J y D.H. Nº 445/16 y M.S. Nº 271/16, y la Resolución del MINISTERIO DE SEGURIDAD N° 828/2019.

Por ello,

LA MINISTRA DE SEGURIDAD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Ofrézcase como recompensa dentro del territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA, la suma de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA MIL ($250.000), destinada a aquellas personas que, sin haber intervenido en el hecho delictual, brinden datos útiles que sirvan para lograr la aprehensión del autor del homicidio de quien en vida fuera Emanuel Andrés OJEDA, D.N.I. N° 33.154.188, quien el día 1 de noviembre de 2018 en horas de la madrugada fue golpeado en la cabeza lo que provocó que cayera al suelo y sufriera un traumatismo de cráneo y hemorragia encéfalo-meningea que derivó en su muerte, por un hombre no identificado que se dio a la fuga, sin saber su identidad ni paradero al día de la fecha.

ARTÍCULO 2°.- Las personas que quieran suministrar datos, deberán comunicarse telefónicamente con el PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACIÓN PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA al número de acceso rápido 134.

ARTÍCULO 3°.- El pago de la recompensa será realizado en este Ministerio o en el lugar que designe la representante de esta Cartera de Estado, previo informe del representante de la autoridad interviniente sobre el mérito de la información brindada preservando la identidad del aportante.

ARTÍCULO 4º.- Encomiéndese a la DIRECCIÓN NACIONAL DE COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL de este Ministerio la difusión de la presente en medios gráficos de circulación nacional.

ARTÍCULO 5°.- Instrúyase a las FUERZAS DE SEGURIDAD FEDERALES la difusión y publicación en todas sus formas de los afiches correspondientes a la recompensa ofrecida.

ARTICULO 6°.- La presente Resolución entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.-

ARTÍCULO 7º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Sabina Andrea Frederic

e. 29/09/2020 N° 42494/20 v. 29/09/2020

Fecha de publicación 29/09/2020