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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE CULTURA SECRETARÍA DE DESARROLLO CULTURAL

Resolución 62/2020

RESOL-2020-62-APN-SDC#MC

Ciudad de Buenos Aires, 28/09/2020

VISTO el Expediente N.º EX-2020-57516836-APN-CGD#MECCYT, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 26.852 de 2013 se instituyó el día 8 de noviembre como “Día Nacional de los/as afroargentinos/as y de la cultura afro” en conmemoración de María Remedios del Valle; y se encomendó a la entonces a Secretaría de Cultura de la Nación la conmemoración del mencionado día, a través de políticas públicas que visibilicen y apoyen a la cultura afro en sus distintas disciplinas.

Que el Decreto N° 658/2017 reconoce la importancia del “Decenio Internacional para los Afrodescendientes (2015-2024)”, declarado por la Asamblea General de Naciones Unidas mediante la Resolución N° 68/237 del 23 de diciembre de 2014, y que a través del mismo el Estado se compromete a desarrollar políticas públicas de visibilización, reconocimiento y promoción de derechos hacia la comunidad afrodescendiente.

Que a través del Decreto N° 2/2020, el Presidente de la Nación Argentina declaró el año 2020 como el “Año del General Manuel Belgrano”, y encomendó realizar acciones tendientes a destacar, rememorar y reflexionar sobre su figura y legado.

Que entre los objetivos asignados al MINISTERIO DE CULTURA por la Ley de Ministerios N° 22.520 (Texto ordenado por Decreto N° 438/92 y sus modificatorios) se encuentra el de “ejecutar políticas públicas tendientes a reconocer y fortalecer la diversidad cultural, integrar las diferentes expresiones que conforman la identidad nacional, y ampliar la participación y organización popular garantizando el acceso igualitario a bienes y medios de producción cultural”.

Que por la Resolución Nº RESOL-2020-1074-APN-MC el MINISTERIO DE CULTURA aprobó la realización de los CONCURSOS, EN EL MARCO DEL “DÍA NACIONAL DE LOS/LAS AFROARGENTINOS/AS Y DE LA CULTURA AFRO” en conmemoración de María Remedios del Valle.

Que en el ANEXO I de la mencionada Resolución y que forma parte integrante de la misma (IF-2020-55919473-APN-UGA#MC) se detallan los concursos previstos, incluyendo el CONCURSO DE POESÍA y se designa a la SECRETARÍA DE DESARROLLO CULTURAL como la autoridad de aplicación del mismo.

Que de conformidad con lo dispuesto por la Decisión Administrativa N° 1428/2020, la DIRECCIÓN NACIONAL DE PROMOCIÓN DE PROYECTOS CULTURALES, dependiente de la SECRETARÍA DE DESARROLLO CULTURAL, tiene entre sus responsabilidades primarias “Desarrollar proyectos vinculados a la música, las artes escénicas y la literatura favoreciendo el desarrollo cultural y creativo”, y la COORDINACIÓN DE PROMOCIÓN Y DIFUSIÓN DE LA LITERATURA tiene entre sus acciones la de “Fomentar la realización de muestras y exposiciones fijas o itinerantes sobre literatura, cursos, conferencias, asesoría técnica, talleres y toda otra actividad conducente al logro de estos objetivos”.

Que por lo expuesto el MINISTERIO DE CULTURA, a través de la DIRECCIÓN NACIONAL DE PROMOCIÓN DE PROYECTOS CULTURALES, dependiente de la SECRETARÍA DE DESARROLLO CULTURAL, llama al Concurso Nacional de Poesía denominado: “María Remedios del Valle: Capitana, Madre de la Patria” para la selección de CATORCE (14) textos poéticos, sobre la figura de María Remedios del Valle, los cuales recibirán un premio en efectivo por PESOS QUINCE MIL ($15.000.-) cada uno, siendo el presupuesto total de PESOS DOSCIENTOS DIEZ MIL ($210.000.-).

Que asimismo se seleccionarán CATORCE (14) menciones especiales sin premio económico.

Que los/as titulares de los proyectos que resulten ganadores y las menciones cederán los derechos de los mismos al MINISTERIO DE CULTURA, quien gozará de los derechos patrimoniales y de explotación que de los mismos se deriven para su difusión en todas las ventanas de exhibición del MINISTERIO y con las que éste tenga o celebre Convenios.

Que los/as presentantes de los proyectos que resulten ganadores y las menciones del Concurso firmarán un Contrato de Instrumentación de Premio con la DIRECCIÓN NACIONAL DE PROMOCIÓN DE PROYECTOS CULTURALES de la SECRETARÍA DE DESARROLLO CULTURAL obligándose a cumplir con todos los requerimientos que se explicitan en el Reglamento de Bases y Condiciones del presente Concurso.

Que en consecuencia corresponde aprobar el Reglamento de Bases y Condiciones para la participación en el citado concurso.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.

Que el gasto que demande la presente, será imputado con cargo a las partidas presupuestarias por la Ley Nº 27.467- PRESUPUESTO GENERAL DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL, prorrogado por Decreto Nº 4 de fecha 2 de enero de 2020 y distribuido por la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 10 de enero de 2020.

Que la presente medida se dicta de conformidad con los Decretos Nº 1344/07 y sus modificatorios y N° 50/19, y con la Resolución MC N° 1074/20.

Por ello,

LA SECRETARIA DE DESARROLLO CULTURAL

RESUELVE

ARTÍCULO 1°.- Disponer la apertura del llamado al Concurso Nacional de Poesía “María Remedios del Valle: Capitana, Madre de la Patria”, y aprobar las bases y condiciones que corren agregadas como Anexo I (IF-2020-63883014-APN-DNPPC#MC) y que forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2°.- Destinar la suma de PESOS DOSCIENTOS DIEZ MIL ($210.000.-) a la atención del pago de los premios detallados en las bases y condiciones aprobadas por el artículo 1°.

ARTÍCULO 3°.- Establecer que la aplicación e interpretación de las bases y condiciones aprobadas en el artículo 1 se realizará a través de la DIRECCIÓN NACIONAL DE PROMOCIÓN DE PROYECTOS CULTURALES, dependiente de esta SECRETARÍA DE DESARROLLO CULTURAL, y facultar a la misma para dictar las normas de carácter operativo y/o interpretativo que resulten necesarias para su implementación, con intervención de las áreas técnicas pertinentes dependientes de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA.

ARTÍCULO 4°.- El gasto que demande la presente medida se atenderá con cargo a las partidas Presupuestarias del presente ejercicio correspondiente a la JURISDICCIÓN 72-MINISTERIO DE CULTURA-PROGRAMA 21.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial y archívese. Maria Lucrecia Cardoso

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 30/09/2020 N° 42778/20 v. 30/09/2020

Fecha de publicación 30/09/2020