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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Resolución 1677/2020

RESOL-2020-1677-APN-ME

Ciudad de Buenos Aires, 28/09/2020

VISTO el EX-2020-58874952- -APN-DD#ME, los Decretos Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y modificatorios y complementarios, Nº 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, la Decisión Administrativa Nº 1449 del 10 de agosto de 2020; y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto Nº 50/19 aprobó el Organigrama de Aplicación y los Objetivos de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría, incluyendo los correspondientes al MINISTERIO DE EDUCACIÓN.

Que por la Decisión Administrativa Nº 1449/20 se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del MINISTERIO DE EDUCACIÓN.

Que mediante el artículo 7º de la citada norma se facultó al/a la titular del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, previa intervención de la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a modificar la estructura organizativa de segundo nivel operativo, sin que ello implique incremento de las unidades organizativas que la componen ni de las correspondientes partidas presupuestarias.

Que por necesidades de optimización de la gestión resulta necesario realizar modificaciones en la estructura organizativa de segundo nivel operativo de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA y de la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN, e incorporar, homologar y derogar cargos pertenecientes al MINISTERIO DE EDUCACIÓN en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08, sus modificatorios y complementarios.

Que la medida propuesta no implica erogación presupuestaria alguna para el ESTADO NACIONAL.

Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE EDUCACIÓN ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 17 del Decreto Nº 1545 de fecha 31 de agosto de 1994 y 7º de la Decisión Administrativa Nº 1449 del 10 de agosto de 2020.

Por ello,

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Modifícanse los Anexos IIIb y IIId del artículo 2º de la Decisión Administrativa Nº 1449 del 10 de agosto de 2020, correspondientes a la estructura de segundo nivel operativo de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA y de la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN de este MINISTERIO DE EDUCACIÓN, respectivamente, de conformidad con el detalle obrante en la Planilla Anexa al presente artículo (IF-2020-58884073-APN-UGA#ME), que forma parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 2º.- Incorpóranse al Anexo IV del artículo 2º de la Decisión Administrativa Nº 1449 del 10 de agosto de 2020 las acciones de la COORDINACIÓN DE DESARROLLO Y SOPORTE DE SERVICIOS TECNOLÓGICOS, dependiente de la DIRECCIÓN DE GESTIÓN INFORMÁTICA de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMNISTRATIVA, y de la COORDINACIÓN DE EDUCACIÓN INTERCULTURAL BILINGÜE, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN EDUCATIVA Y CALIDAD de la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN, y sustitúyense, en el mismo Anexo, las acciones de la COORDINACIÓN DE EDUCACIÓN RURAL, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN EDUCATIVA Y CALIDAD de la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN, todas de este MINISTERIO DE EDUCACIÓN, de conformidad con el detalle obrante en la Planilla Anexa al presente artículo (IF-2020-60420983-APN-UGA#ME), que forma parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 3º.- Incorpóranse, homológanse y deróganse en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08, sus modificatorios y complementarios, los cargos pertenecientes al MINISTERIO DE EDUCACIÓN, según el detalle obrante en la planilla anexa al presente artículo (IF-2020-60422054-APN-UGA#ME), que forma parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Nicolás A. Trotta

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 30/09/2020 N° 42848/20 v. 30/09/2020

Fecha de publicación 30/09/2020