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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Comunicación “B” 12070/2020

21/09/2020

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS,

A LOS OPERADORES DE CAMBIO:

Ref.: Comunicación “A” 7106. - RI. Operaciones de Cambios. Aclaraciones.

Nos dirigimos a Uds. a efectos de aclarar que los consumos en el exterior con tarjeta de débito con débito en cuentas locales en pesos y los montos en moneda extranjera adquiridos por las personas humanas en el mercado de cambios para la cancelación de financiaciones en moneda extranjera otorgadas por entidades financieras locales, incluyendo los pagos por los consumos en moneda extranjera efectuados mediante tarjetas de crédito, deberán ser informados en el Apartado A del Régimen Informativo de la referencia en un boleto de cambio a nombre del cliente y mediante el código de concepto P12 “Otras financiaciones locales otorgadas por la entidad (excluida la financiación de exportaciones)”.

De igual manera deberán informarse los boletos de cambio generados a nombre del cliente al momento de convertir a pesos un saldo pendiente de pago por los consumos en moneda extranjera efectuados mediante tarjetas de crédito.

Aquellas operaciones a partir del 01.09.2020 que no hayan sido reportadas de acuerdo con las instrucciones detalladas en los párrafos precedentes, deberán ser rectificadas antes del 28.09.2020.

Saludamos a Uds. atentamente.

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Rodrigo J. Danessa, Gerente Principal de Régimen Informativo y Centrales de Información - Estela M. del Pino Suárez, Subgerente General de Régimen Informativo y Protección al Usuario de Servicios Financieros.

e. 01/10/2020 N° 43323/20 v. 01/10/2020

Fecha de publicación 01/10/2020