CONVENIOS
Decisión Administrativa 1804/2020
DECAD-2020-1804-APN-JGM - Aprobación.
Ciudad de Buenos Aires, 05/10/2020
VISTO el Expediente N° EX-2019-67365316-APN-DCYC#MSG, los Decretos Nros. 1023 del 13 de agosto de 2001, sus modificatorios y complementarios, 1344 del 4 de octubre de 2007 y sus modificatorios y 1030 del 15 de septiembre de 2016, sus modificatorios y complementarios, y
CONSIDERANDO:
Que el 18 de julio de 2017 se suscribió el “CONVENIO MARCO ENTRE LA FÁBRICA ARGENTINA DE AVIONES Y EL MINISTERIO DE SEGURIDAD DE LA NACIÓN” por medio del cual se estableció que FÁBRICA ARGENTINA DE AVIONES “BRIG. SAN MARTÍN” S.A., a requerimiento del MINISTERIO DE SEGURIDAD, prestaría los servicios de mantenimiento, ingeniería, certificación y fabricación de aeronaves, entre otros.
Que, asimismo, en dicho Convenio Marco se acordó que con el fin de ejecutar la prestación de los servicios por parte de la referida FÁBRICA ARGENTINA DE AVIONES “BRIG. SAN MARTÍN” S.A., las partes celebrarían los Acuerdos Específicos, en los cuales se plasmaría la relación de trabajo para cada caso concreto.
Que en dicho marco, por las actuaciones mencionadas en el Visto tramitó el Convenio Interadministrativo titulado “ACUERDO ESPECÍFICO ENTRE FÁBRICA ARGENTINA DE AVIONES ‘BRIG. SAN MARTÍN’ S.A. Y MINISTERIO DE SEGURIDAD DE LA NACIÓN PARA EL RETORNO AL SERVICIO DE AERONAVES DIAMOND DA42 TWIN STAR”, con sus respectivos Anexos I a V, suscripto el 13 de noviembre de 2019, por un costo final de DÓLARES ESTADOUNIDENSES UN MILLÓN SETECIENTOS SETENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO (USD 1.777.244.-).
Que dado que el Anexo II integrante del mismo contenía errores en ciertas remisiones a artículos del Acuerdo, se procedió a firmar una Adenda con el fin de incorporar un nuevo Anexo II a dicho instrumento.
Que el referido Acuerdo Específico se encuadró en la modalidad de la Contratación Directa Interadministrativa contemplada en el artículo 25, inciso d), apartado 8 del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional establecido por el Decreto N° 1023/01 y en el artículo 22 del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por el Decreto N° 1030/16.
Que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 58 del Manual de Procedimiento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por la Disposición de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES N° 62 del 27 de septiembre de 2016.
Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE SEGURIDAD.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, el artículo 35, inciso b) y su Anexo del Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificatorias, aprobado por el Decreto N° 1344/07 y sus modificatorios y complementarios y por el artículo 9° incisos d) y e) y su Anexo del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto N° 1030/16.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébanse el Convenio Interadministrativo titulado “ACUERDO ESPECÍFICO ENTRE FÁBRICA ARGENTINA DE AVIONES ‘BRIG. SAN MARTÍN’ S.A. Y MINISTERIO DE SEGURIDAD DE LA NACIÓN PARA EL RETORNO AL SERVICIO DE AERONAVES DIAMOND DA42 TWIN STAR”, suscripto el 13 de noviembre de 2019 (CONVE-2019-101865540-APN-MSG) con sus ANEXOS I a V (IF-2019-100089692-APN-SSGA#MSG, IF-2019-100088507-APN-SSGA#MSG, IF-2019-100088552-APN-SSGA#MSG, IF-2019-100088591-APN-SSGA#MSG, IF-2019-100088642-APN-SSGA#MSG) y la “ADENDA AL ACUERDO ESPECÍFICO ENTRE FÁBRICA ARGENTINA DE AVIONES ‘BRIG. SAN MARTÍN’ S.A. Y MINISTERIO DE SEGURIDAD DE LA NACIÓN PARA EL RETORNO AL SERVICIO DE AERONAVES DIAMOND DA42 TWIN STAR”, suscripta el 6 de diciembre de 2019 (CONVE-2019-108468229-APN-MSG) y su ANEXO (IF-2019-108119359-APN-SSGA#MSG), por la suma total de DÓLARES ESTADOUNIDENSES UN MILLÓN SETECIENTOS SETENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO (USD 1.777.244), los que como ANEXOS forman parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 2°.- Establécese que el gasto emergente de la presente medida deberá ser imputado a las partidas específicas del presupuesto correspondiente del MINISTERIO DE SEGURIDAD.
ARTÍCULO 3°.- Autorízase a la DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE SEGURIDAD a emitir la correspondiente Orden de Compra.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Santiago Andrés Cafiero - Sabina Andrea Frederic
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 06/10/2020 N° 44680/20 v. 06/10/2020
Fecha de publicación 06/10/2020