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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ARMADA ARGENTINA HOSPITAL NAVAL BUENOS AIRES CIRUJANO MAYOR DR. PEDRO MALLO

Disposición 437/2020

DI-2020-437-APN-DGSA#ARA

Ciudad de Buenos Aires, 02/10/2020

VISTO el expediente electrónico EX-2020-60996018- -APN-DGSA#ARA, el artículo 15 ter del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 260/20, la Decisión Administrativa Nº 409/20 del señor JEFE DE GABINETE DE MINISTROS y la Disposición Nº 48/2020 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (texto según Disposición ONC N° 55/20), y

CONSIDERANDO:

Que el señor Jefe del Departamento Farmacia y Esterilización solicitó la inmediata ADQUISICION DE AGUJAS, SISTEMA CERRADO DE ASPIRACION que son necesarios para ser utilizados en el tratamiento de pacientes de riesgo y con complicaciones, internados en areas críticas, por PANDEMIA COVID19.

Que el procedimiento de selección de co-contratante particular elegido fue el previsto en el artículo 15 ter del Decreto citado en el visto, y que el mismo ha sido sustanciado a través de la plataforma COMPR.AR.

Que el contenido de las invitaciones cursadas a los proveedores cumple con las pautas fijadas en el artículo 3° inciso d) del Anexo a la Disposición N° 48/20 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (texto según Disposición ONC N° 55/20).

Que, a las diez horas del día 22 de septiembre de 2020, el acto de apertura de ofertas se realizó tal como estaba previsto.

Que se puso en conocimiento el acta de apertura a la INSPECCIÓN GENERAL DE LA ARMADA y a la Unidad de Auditoría Interna del MINISTERIO DE DEFENSA.

Que en función de los resultados del informe técnico, surge:

• CIRUGIA ARGENTINA S.A. CUIT 33708681879 es oferta no admisible por presentar una sola muestra, se solicitan tres muestras.

• SOLUCIONES MEDICAS INTEGRALES SA CUIT 30709758124 y Kifer Medical S.A. CUIT 30711266069 son ofertas no admisibles por no presentar muestras.

Que la Unidad Operativa de Compras recomienda:

• Desestimar la oferta del oferente CIRUGIA ARGENTINA S.A. CUIT 33708681879 por presentar una sola muestra, se solicitan tres muestras en el pliego.

• Desestimar la oferta del oferente SOLUCIONES MEDICAS INTEGRALES SA CUIT 30709758124 por no presentar muestras, según lo establecido en el pliego.

• Desestimar la oferta del oferente KIFER MEDICAL S.A. CUIT 30711266069 por no presentar muestras, según lo establecido en el pliego.

• Declarar fracasada la presente contratación.

Que se comparte el juicio de la Unidad Operativa de Contrataciones y se advierte que la necesidad pública aún subsiste.

Que los artículos 6° de la Decisión Administrativa Nº 409/20 del señor JEFE DE GABINETE DE MINISTROS y 5° del Anexo de la Disposición N° 48/20 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (texto según Disposición ONC N° 55/20) establecen que se aplica la distribución de competencias efectuada en el artículo 9° del Anexo del Decreto N° 1030/16 para los procedimientos de contratación directa por compulsa abreviada y adjudicación simple.

Que, por remisión del artículo 9° del Anexo del aludido Decreto, deviene aplicable la Resolución MD 265/16.

Que, por tratarse de un procedimiento sustanciado en el ámbito de la ARMADA ARGENTINA, debe estarse a lo dispuesto en el Anexo III de la Resolución ministerial indicada.

Que el los Directores Generales – como el suscripto- tienen competencia para dictar el acto de conclusión del procedimiento siempre que la contratación a adjudicar o declarar fracasada no supere la suma equivalente a SIETE MIL QUINIENTOS Módulos (M 7.500), es decir, a PESOS DOCE MILLONES ($12.000.000,00), de acuerdo al valor actual del Módulo.

Que el Departamento Asesoría Legal del HOSPITAL NAVAL BUENOS AIRES “CIRUJANO MAYOR DOCTOR PEDRO MALLO” ha tomado la intervención que le corresponde.

Que, en razón de los artículos 6° de la Decisión Administrativa Nº 409/20 del señor JEFE DE GABINETE DE MINISTROS, 5° del Anexo de la Disposición N° 48/20 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (texto según Disposición ONC N° 55/20), el artículo 9° Anexo del Decreto N° 1030/16 y el Anexo III de la Resolución MD 265/16, el suscripto es competente para dictar la presente medida.

Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL DEL HOSPITAL NAVAL BUENOS AIRES “CIRUJANO MAYOR DOCTOR PEDRO MALLO”

DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Convalidar y aprobar lo actuado en la Compulsa - COVID-19 Nº 0272 - ADQUISICION DE AGUJAS, SISTEMA CERRADO DE ASPIRACION.

ARTICULO 2º.- Desestimar la oferta del oferente CIRUGIA ARGENTINA S.A. CUIT 33708681879 por presentar una sola muestra, se solicitan tres muestras en el pliego.

ARTICULO 3º.- Desestimar la oferta del oferente SOLUCIONES MEDICAS INTEGRALES SA CUIT 30709758124 por no presentar muestras, según lo establecido en el pliego.

ARTICULO 4º.- Desestimar la oferta del oferente KIFER MEDICAL S.A. CUIT 30711266069 por no presentar muestras, según lo establecido en el pliego.

ARTICULO 5º.- Declarar fracasada la presente contratación.

ARTICULO 6º.- Notifíquese fehacientemente lo dispuesto a los oferentes que cotizaron en esta contratación.

ARTICULO 7º.- Pásese, para conocimiento y efectos, al DEPARTAMENTO CONTRATACIONES Y COMPRAS de este HOSPITAL NAVAL BUENOS AIRES “CIRUJANO MAYOR DOCTOR PEDRO MALLO”.

ARTICULO 8°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Alberto Hugo Croci

e. 06/10/2020 N° 44287/20 v. 06/10/2020

Fecha de publicación 06/10/2020