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Legislación y Avisos Oficiales
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MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Resolución 830/2020

RESOL-2020-830-APN-MT

Ciudad de Buenos Aires, 06/10/2020

VISTO el EX-2019-78120239-APN-DNASI#MPYT, las Leyes Nros. 23.551, 25.674, 26.390 y sus modificatorias, los Decretos Nros. 467 de fecha 14 de abril de 1988, 514 de fecha 7 de marzo de 2003 y 7 de fecha 10 de diciembre de 2019, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 23.551 y sus modificatorias se estableció el régimen aplicable para las asociaciones sindicales que tengan por objeto la defensa de los intereses de los trabajadores.

Que la asociación SINDICATO DE PROFESIONALES DE LA SALUD PÚBLICA DE LA PROVINCIA DEL NEUQUEN, con domicilio en Buenos Aires N° 451, Neuquén, Provincia del NEUQUEN, solicitó su Inscripción Gremial, en base a la Ley N° 23.551, sus modificatorias, y a su Decreto Reglamentario N° 467 de fecha 14 de abril de 1988.

Que por Sentencia Interlocutoria Nº 59.536 dictada el 28 de diciembre de 2018 por la Sala IV de la Excma. CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO en los autos caratulados: “SINDICATO DE PROFESIONALES DE LA SALUD PÚBLICA DE NEUQUEN C/ MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL S/ OTROS RECLAMOS” (Expediente N° 68800/2016), el Tribunal resolvió hacer lugar a la demanda incoada por el sindicato actor y condenar a esta Cartera de Estado a que proceda a la inscripción del accionante en el Registro de Asociaciones Sindicales.

Que en ese orden de ideas, en cumplimiento del veredicto referido, corresponde proceder a la inscripción peticionada.

Que de las constancias de las actuaciones surge que la entidad de que se trata ha dado cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 21 de la Ley N° 23.551, encontrándose acreditados los requisitos de nombre, domicilio, patrimonio, antecedentes fundacionales, lista de adherentes, nómina, nacionalidad de los miembros del órgano directivo y agregado el estatuto.

Que rige de pleno derecho el límite de edad de afiliación, conforme surge de la modificación del artículo 13 de la Ley N° 23.551 por el artículo 21 de la Ley N° 26.390, con el alcance determinado por esta norma.

Que prevalecerán las disposiciones de la legislación, decretos y demás normas vigentes aplicables sobre las normas estatutarias, en cuanto pudieren oponerse.

Que el reconocimiento de la vocación de representar de la entidad, cuya inscripción se solicita, no implica adelantar juicio sobre la capacidad de representación, la cual, de solicitarse la personería gremial, será evaluada de acuerdo a los artículos 25 y 28 de la Ley N° 23.551, sin que pueda alegarse contradicción de la administración en el ejercicio de las facultades que le confieren las normas jurídicas mencionadas.

Que al acceder a la personería jurídica a través de la Inscripción, dado que las actuales autoridades de su cuerpo directivo son fundacionales, corresponde regularizar la situación institucional, a cuyo efecto la entidad deberá llamar a elecciones, con carácter previo a toda petición ante esta Autoridad, conforme el procedimiento establecido en el estatuto que se aprueba.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos de este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92), sus modificatorias, y el artículo 21 de la Ley N° 23.551.

Por ello,

EL MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Inscríbase en el Registro de Asociaciones Sindicales de Trabajadores al SINDICATO DE PROFESIONALES DE LA SALUD PÚBLICA DE LA PROVINCIA DEL NEUQUEN, con domicilio en Buenos Aires N° 451, Neuquén, Provincia de NEUQUEN, con carácter de Asociación Gremial de primer grado, para agrupar a los trabajadores profesionales universitarios de la Salud Pública que cumplan sus funciones en establecimientos de Salud Pública y a los jubilados que hubiesen adquirido su condición de pasividad encontrándose afiliados a la asociación gremial; con zona de actuación en las ciudades de: Neuquén, Centenario, Zapala, Cutralcó, Piedra del Águila, Plottier, Junín de los Andes, Villa la Angostura, San Patricio del Chañar, Rincón de los Sauces y Las Lajas, todas de la Provincia del NEUQUÉN.

ARTÍCULO 2º.- Apruébase el texto del estatuto del SINDICATO DE PROFESIONALES DE LA SALUD PÚBLICA DE LA PROVINCIA DEL NEUQUEN, que como IF-2020-14975355-APN-DNAS#MT forma parte integrante del acto administrativo, de conformidad con las disposiciones de la Ley N° 23.551, sus modificatorias, y su Decreto Reglamentario N° 467 de fecha 14 de abril de 1988. Ello sin perjuicio de los recaudos que puedan exigirse a la entidad al momento de solicitar la personería gremial, cuestión ésta que deberá sustanciarse de conformidad con lo regulado por los artículos 25 y 28 de la Ley N° 23.551, sin que pueda alegarse contradicción de la administración en el ejercicio de las facultades que le confieren las normas jurídicas mencionadas.

ARTÍCULO 3º.- Establécese que dentro del plazo de DIEZ (10) días a partir de la notificación de esta Resolución, la Asociación Sindical mencionada en el artículo 1° deberá presentar ante la Autoridad de Aplicación el estatuto aprobado en forma sintetizada conforme lo previsto por la Resolución N° 12 de fecha 10 de octubre de 2001 de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales del entonces MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y FORMACIÓN DE RECURSOS HUMANOS, a los fines de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 4º.- Hágase saber a la entidad sindical que deberá convocar oportunamente a elecciones de la Comisión Directiva, bajo apercibimiento de lo establecido por el artículo 56, inciso 4), de la Ley N° 23.551.

ARTÍCULO 5º.- Regístrese en la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales.

ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Claudio Omar Moroni

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 08/10/2020 N° 45065/20 v. 08/10/2020

Fecha de publicación 08/10/2020