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PERSONAL MILITAR

Decreto 799/2020

DCTO-2020-799-APN-PTE - Nómbrase en misión permanente Agregado Militar y de Defensa.

Ciudad de Buenos Aires, 11/10/2020

VISTO el Expediente Nº EX-2019-88104463-APN-DGI#EA, la Ley del Servicio Exterior de la Nación Nº 20.957 y sus modificatorias, lo informado por el Jefe del ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS, lo propuesto por el señor Ministro de Defensa, y

CONSIDERANDO:

Que es de interés para el Estado Nacional y las FUERZAS ARMADAS mantener las Agregadurías de Defensa en el Exterior a los fines de estrechar los lazos de cooperación y amistad entre las Fuerzas Armadas de la región pertinente.

Que resulta necesario designar a UN o a UNA (1) Oficial Superior para cubrir el cargo de Agregado o Agregada Militar y de Defensa a la Embajada de la REPÚBLICA ARGENTINA en la REPÚBLICA POPULAR CHINA con extensión en la REPÚBLICA DE COREA.

Que el MINISTERIO DE DEFENSA seleccionó al General de Brigada Norberto Pedro ZÁRATE, quien reúne los conocimientos y requisitos necesarios para desempeñar la función encomendada.

Que la SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO ha tomado la intervención que le compete.

Que los servicios de asesoramiento jurídicos permanentes del ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS, del MINISTERIO DE DEFENSA y del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO han intervenido en el ámbito de sus respectivas competencias.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 99 inciso 12 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y el artículo 10 de la Ley del Servicio Exterior de la Nación Nº 20.957 y sus modificatorias.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Nómbrase en “Misión Permanente” y por el término de SETECIENTOS SESENTA (760) días, a partir de la firma del presente decreto, al General de Brigada Norberto Pedro ZÁRATE (D.N.I. N° 16.219.733) como Agregado Militar y de Defensa a la Embajada de la REPÚBLICA ARGENTINA en la REPÚBLICA POPULAR CHINA con extensión en la REPÚBLICA DE COREA.

ARTÍCULO 2º.- El ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJÉRCITO (Contaduría General del Ejército) procederá a liquidar y a abonar los montos correspondientes conforme a las normas y reglamentaciones vigentes, a efectos de cumplir con el nombramiento establecido.

ARTÍCULO 3º.- Los gastos que demande el cumplimiento del presente decreto serán imputados a las partidas del Presupuesto General de la Administración Nacional del Ejercicio 2020 y a los créditos que a tal efecto se prevean para los años sucesivos - Subjurisdicción 4521 – ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJÉRCITO.

ARTÍCULO 4º.- La DIRECCIÓN NACIONAL DE CEREMONIAL del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO otorgará los pasaportes correspondientes.

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. FERNÁNDEZ - Santiago Andrés Cafiero - Agustin Oscar Rossi - Felipe Carlos Solá

e. 13/10/2020 N° 46132/20 v. 13/10/2020

Fecha de publicación 13/10/2020