BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Comunicación “A” 7131/2020
08/10/2020
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:
Ref.: OPASI 2 – 623. Depósitos e inversiones a plazo. Adecuaciones.
Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la resolución que, en su parte pertinente, establece:
“1. Incrementar, con vigencia a partir del 13.10.2020 inclusive, los porcentajes aplicables al promedio simple de las tasas de las licitaciones de Letras de Liquidez del BCRA (LELIQ) para la determinación de las tasas mínimas para plazos fijos previstas en las normas sobre “Depósitos e inversiones a plazo”, a:
- 89,35 % para el acápite i) del punto 1.11.1.1.;
- 81,14 % para el acápite ii) del punto 1.11.1.1.; y
- 71,89 % para el punto 1.11.1.2.
2. Incrementar, con vigencia a partir del 13.10.2020 inclusive, a 0,7703 el coeficiente que determina la tasa fija de precancelación de los depósitos con opción de cancelación anticipada en Unidades de Valor Adquisitivo (“UVA”), reglamentados en el punto 2.8. de las normas sobre “Depósitos e inversiones a plazo”.”
Posteriormente les haremos llegar las hojas que, en reemplazo de las oportunamente provistas, corresponderá incorporar en las normas de la referencia.
Saludamos a Uds. atentamente.
BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Darío C. Stefanelli, Gerente Principal de Emisión y Aplicaciones Normativas - María D. Bossio, Subgerenta General de Regulación Financiera.
e. 14/10/2020 N° 46261/20 v. 14/10/2020
Fecha de publicación 14/10/2020