MONUMENTO HISTÓRICO NACIONAL
Decreto 809/2020
DCTO-2020-809-APN-PTE - Declaración.
Ciudad de Buenos Aires, 19/10/2020
VISTO el Expediente Nº EX-2020-70016653-APN-DGD#MC, la Ley Nº 12.665 y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que la COMISIÓN NACIONAL DE MONUMENTOS, DE LUGARES Y DE BIENES HISTÓRICOS, organismo desconcentrado en el ámbito de la SECRETARÍA DE PATRIMONIO CULTURAL del MINISTERIO DE CULTURA, en su reunión de Comité Ejecutivo Nº 20, de fecha 15 de octubre de 2020, ha resuelto proponer la declaratoria como Monumento Histórico Nacional de la ANTIGUA COMISARÍA de la Ciudad de PUERTO SAN JULIÁN, PROVINCIA DE SANTA CRUZ.
Que a finales del SIGLO XIX se asentaron los primeros pobladores en la Ciudad de PUERTO SAN JULIÁN, PROVINCIA DE SANTA CRUZ, originarios en su mayor parte de las ISLAS MALVINAS, de donde provinieron también los materiales para edificar la primera construcción de esta localidad.
Que el 17 de septiembre de 1901 el PODER EJECUTIVO NACIONAL ordenó se estableciera la traza urbana dentro de la colonia agrícola que había sido creada en 1899 en PUERTO SAN JULIÁN.
Que la sede de la ANTIGUA COMISARÍA es una de las construcciones primigenias de la ciudad donde sucedieron hechos de relevancia histórica como la detención de José FONT, alias “Facón Grande”, en el año 1916; la detención de obreros durante las huelgas de los años 1920 y 1921 y la detención de Consuelo GARCÍA, Ángela FORTUNATO, Amalia RODRÍGUEZ, María JULIACHE y Maud FOSTER, pupilas del establecimiento La Catalana, en febrero de 1922.
Que la citada COMISARÍA conforma un hito fundacional de la Ciudad de PUERTO SAN JULIÁN y es un singular ejemplo de su historia y de arquitectura adaptada a las características geográficas y ambientales locales, y es un testimonio importante de las luchas sociales en el reconocimiento de los derechos humanos y laborales.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE CULTURA ha tomado debida intervención.
Que la presente medida se dicta en el marco de lo establecido por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y por el artículo 1° ter, inciso b) de la Ley Nº 12.665 y sus modificatorias.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Declárase Monumento Histórico Nacional a la ANTIGUA COMISARÍA, sita en la CALLE CRISTÓBAL COLÓN N° 141, de la Ciudad de PUERTO SAN JULIÁN, PROVINCIA DE SANTA CRUZ (Datos Catastrales: Departamento 4, Localidad 07, Circunscripción 01, Sección 01, División 1, Manzana 000121, Parcela 007).
ARTÍCULO 2°.- La COMISIÓN NACIONAL DE MONUMENTOS, DE LUGARES Y DE BIENES HISTÓRICOS realizará las gestiones y procedimientos establecidos en la Ley Nº 12.665 y sus modificatorias, en su reglamentación y en las normas complementarias, debiendo practicar las inscripciones correspondientes en los Registros Catastrales y de la Propiedad.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
FERNÁNDEZ - Santiago Andrés Cafiero - Tristán Bauer
e. 20/10/2020 N° 48280/20 v. 20/10/2020
Fecha de publicación 20/10/2020