ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
Resolución Sintetizada 1140/2020
RESOL-2020-1140-APN#ENACOM#JGM FECHA 16/10/20 ACTA 64
EX-2019-103337252-APN-SDYME#ENACOM
El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1 - Otorgar a la COOPERATIVA DE PROVISIÓN DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS DE BALNEARIA LTDA. la Licencia para la prestación de Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, sean fijos o móviles, alámbricos o inalámbricos, nacionales o internacionales, con o sin infraestructura propia. 2 - Inscribir a la COOPERATIVA DE PROVISIÓN DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS DE BALNEARIA LTDA. en el Registro de Servicios TIC, los Servicios de Valor Agregado – Acceso a Internet, y de Radiodifusión por Suscripción mediante Vínculo Físico y/o Radioeléctrico para la localidad de BALNEARIA, departamento de SAN JUSTO, provincia de CÓRDOBA. 3 - Comunicar a la licenciataria que deberá dar cumplimiento a las obligaciones del Artículo 95 de la Ley N° 27.078 y modificatorios, en cuanto a la preservación de las condiciones competitivas en la localidad de BALNEARIA, departamento de SAN JUSTO, provincia de CÓRDOBA, como así también, con lo previsto por el Artículo 7° del Decreto N° 1.340/16, en relación a la oferta conjunta de servicios. 4 - La presente licencia no presupone la obligación del ESTADO NACIONAL, de garantizar la disponibilidad de frecuencias del espectro radioeléctrico, para la prestación de los servicios registrados, debiendo la autorización, y/o el permiso de uso de frecuencias del espectro radioeléctrico, tramitarse ante este Organismo. 5 - Notifícar a la interesada. 6 - Comuníquese, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Firmado: Claudio Julio Ambrosini, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.
NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas.
Silvana Beatriz Rizzi, Jefa de Área, Área Despacho.
e. 20/10/2020 N° 48079/20 v. 20/10/2020
Fecha de publicación 20/10/2020