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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución Sintetizada 1155/2020

RESOL-2020-1155-APN-ENACOM#JGM FECHA 16/10/2020 ACTA 64

EX-2017-20746797-APN-SDYME#ENACOM

El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1 - Inscribir a la COOPERATIVA DE SERVICIOS PÚBLICOS LA FRANCIA LTDA. en el Registro de Servicios TIC, el Servicio de Radiodifusión por Suscripción mediante Vínculo Físico y/o Radioeléctrico para la localidad de LA FRANCIA, provincia de CÓRDOBA. 2 - El presente registro no presupone la obligación del ESTADO NACIONAL de garantizar la disponibilidad de frecuencias del espectro radioeléctrico y/o recursos de numeración y señalización para la prestación del servicio inscripto, debiendo la autorización de uso de estos recursos tramitarse ante este Organismo. 3 - Comunicar a la COOPERATIVA DE SERVICIOS PÚBLICOS LA FRANCIA LIMITADA que a los fines de la preservación de condiciones competitivas en la localidad de LA FRANCIA, provincia de CÓRDOBA, deberá: a) Conformar una unidad de negocio a los efectos de la prestación del servicio de tecnología de la información y las comunicaciones (radiodifusión por suscripción por vínculo físico) y llevarla en forma separada de los servicios públicos de distribución de gas, energía eléctrica y agua potable, que esté prestando en la actualidad o pudiera prestar en el futuro; b) mantener una contabilidad separada entre las prestaciones correspondientes al servicio cuya licencia se solicita (radiodifusión por suscripción por vínculo físico) y los servicios públicos de distribución de gas, energía eléctrica y agua potable que la COOPERATIVA esté prestando en la actualidad o pudiera prestar en el futuro; c) no ofrecer de manera conjunta o empaquetada el o los servicios de tecnología de la información y las comunicaciones que presta o pretenda prestar, con ninguno de los servicios públicos de distribución de gas, energía eléctrica y agua potable que ofrece actualmente o que pudiera ofrecer en el futuro en la localidad de LA FRANCIA, provincia de CÓRDOBA; d) garantizar condiciones de mercado no discriminatorias, a los competidores en los servicios licenciados, así como a todo operador que lo solicite para prestar servicios de telecomunicaciones, audiovisuales o convergentes, en cuanto a permitir el acceso a la infraestructura de soporte, en especial postes, mástiles y ductos, con los que cuente o pudiera contar en el futuro en dicha localidad, al igual que aquellos de que disponga en virtud de concesiones gubernamentales. 4 - Notifíquese a la interesada. 5 - Comuníquese, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Firmado: Claudio Julio Ambrosini, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.

NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas.

Silvana Beatriz Rizzi, Jefa de Área, Área Despacho.

e. 21/10/2020 N° 48418/20 v. 21/10/2020

Fecha de publicación 21/10/2020