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Legislación y Avisos Oficiales
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MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO

Decisión Administrativa 1917/2020

DECAD-2020-1917-APN-JGM - Dase por designado Director de Asuntos Culturales.

Ciudad de Buenos Aires, 22/10/2020

VISTO el Expediente N° EX-2020-62627668-APN-SIP#JGM, las Leyes Nros. 25.164 y 27.467, los Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, 355 del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio, 50 del 19 de diciembre de 2019 y su modificatorio, 4 del 2 de enero de 2020 y la Decisión Administrativa N° 70 del 10 de febrero de 2020, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 4/20 se estableció que las disposiciones de la Ley N° 27.467 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2019 regirán a partir del 1° de enero de 2020, en virtud de lo establecido por el artículo 27 de la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional.

Que por el Decreto N° 355/17 se estableció que toda designación transitoria de personal en cargos de planta permanente y extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario, vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad con las estructuras organizativas, será efectuada por el Jefe de Gabinete de Ministros en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad de que se trate.

Que por el Decreto N° 50/19 se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría y sus respectivos objetivos, entre los que se encuentran los correspondientes al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

Que por la Decisión Administrativa N° 70/20 se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del citado Ministerio.

Que resulta necesario proceder a la cobertura transitoria del cargo vacante y financiado de Director/a de Asuntos Culturales de la SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

Que el psicólogo FALU, propuesto para la cobertura del mencionado cargo, debe ser exceptuado del cumplimiento del requisito de edad previsto en el inciso f) del artículo 5° del Anexo de la Ley N° 25.164.

Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario.

Que ha tomado la intervención que le compete el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes de los artículos 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, 5° del Anexo I del Decreto N° 1421/02 y su modificatorio y 2º del Decreto Nº 355 del 22 de mayo de 2017.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Dase por designado con carácter transitorio, a partir del 11 de septiembre de 2020 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente decisión administrativa, al psicólogo Alfredo Juan FALÚ (D.N.I. N° 5.535.809) en el cargo de Director de Asuntos Culturales de la SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, Nivel A - Grado 0 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08.

Se autoriza el correspondiente pago del Suplemento por Función Ejecutiva Nivel II del citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial y se efectúa la presente designación transitoria con autorización excepcional por no reunir el psicólogo FALÚ los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 de dicho Convenio y con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 5°, inciso f) del Anexo de la Ley N° 25.164.

ARTÍCULO 2º.- El cargo involucrado en el artículo 1° de la presente medida deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir de la fecha de la presente decisión administrativa.

ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción 35 – MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Santiago Andrés Cafiero - Felipe Carlos Solá

e. 23/10/2020 N° 49579/20 v. 23/10/2020

Fecha de publicación 23/10/2020