Edición del
26 de Abril de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SALUD

Decisión Administrativa 1922/2020

DECAD-2020-1922-APN-JGM - Licitación Pública N° 6/2020.

Ciudad de Buenos Aires, 23/10/2020

VISTO el Expediente Nº EX-2020-25825047-APN-DCYCMS#MSYDS y los Decretos Nros. 1023 del 13 de agosto de 2001, 1030 del 15 de septiembre de 2016 y sus respectivas normas modificatorias y complementarias, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución N° 1019 del 12 de junio de 2020 del MINISTERIO DE SALUD se autorizó la convocatoria de la Licitación Pública N° 6/2020 para la adquisición de reactivos de pesquisa neonatal, con el objeto de ser utilizados en la detección de errores congénitos del metabolismo en el marco del Programa Nacional de Fortalecimiento de la Detección Precoz de Enfermedades Congénitas, en cumplimiento con la Ley N° 26.279, solicitada por la DIRECCIÓN DE SALUD PERINATAL Y NIÑEZ de la citada cartera ministerial.

Que, asimismo, por dicha medida se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares correspondiente a la citada licitación.

Que del Acta de Apertura de fecha 30 de junio de 2020, surge la presentación de la oferta de la firma BIODIAGNÓSTICO S.A. por un monto total de PESOS DOSCIENTOS VEINTIOCHO MILLONES CIENTO CUARENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS TREINTA Y DOS ($ 228.148.932,00).

Que obra la intervención de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA (ANMAT), organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE SALUD.

Que la GERENCIA DE ACTIVIDADES EXTRA PROGRAMÁTICAS de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN mediante la Orden de Trabajo N° 285/20 concluyó que los productos requeridos no constituyen una habitualidad cuyos precios representativos de mercado sean factibles de relevar mediante los procedimientos usuales, dada la especificidad del objeto del llamado, las particulares características de las prestaciones a ser brindadas, así como también las condiciones impuestas por el comitente, por lo que excluyó del Control de Precios Testigo la presente compra en virtud de lo establecido en el artículo 3º inciso e) del Anexo I de la Resolución SIGEN Nº 36-E/2017.

Que la DIRECCIÓN DE SALUD PERINATAL Y NIÑEZ del MINISTERIO DE SALUD elaboró el correspondiente Informe Técnico referido a la oferta presentada en donde determinó el cumplimiento, por parte de la misma, de las Especificaciones Técnicas requeridas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que rigió el llamado.

Que con el fin de alinear los precios ofertados a los precios estimados por la unidad requirente, la COMISIÓN EVALUADORA DE OFERTAS solicitó a la firma oferente mejoras de precio.

Que BIODIAGNÓSTICO S.A. presentó una oferta mejorada de PESOS CIENTO OCHENTA Y CINCO MILLONES CIENTO CINCUENTA MIL DOSCIENTOS UNO CON VEINTIOCHO CENTAVOS ($185.150.201,28).

Que la COMISIÓN EVALUADORA DE OFERTAS del MINISTERIO DE SALUD, en función de los análisis administrativos, económicos y financieros y técnicos preliminares y la documentación obrante en el expediente respectivo, suscribió el Dictamen de Evaluación de Ofertas con fecha 6 de agosto de 2020, recomendando la adjudicación de la oferta válida y conveniente correspondiente a la firma BIODIAGNÓSTICO S.A. para los renglones 1 a 6.

Que la DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES del MINISTERIO DE SALUD informó que no se produjeron impugnaciones al referido Dictamen de Evaluación de Ofertas.

Que por lo expuesto, procede adjudicar la presente Licitación Pública N° 6/20 del MINISTERIO DE SALUD, conforme lo señalado precedentemente.

Que se encuentra acreditada la existencia de crédito presupuestario para afrontar el presente gasto.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE SALUD ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, el artículo 35, inciso b) y su Anexo del Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias, aprobado por el Decreto N° 1344/07 y sus modificatorios y lo dispuesto por el artículo 9°, incisos d) y e) y su Anexo del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto N° 1030/16.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébase la Licitación Pública N° 6/2020 del MINISTERIO DE SALUD, llevada a cabo para la adquisición de reactivos de pesquisa neonatal, con el objeto de ser utilizados en la detección de errores congénitos del metabolismo en el marco del Programa Nacional de Fortalecimiento de la Detección Precoz de Enfermedades Congénitas, en cumplimiento con la Ley N° 26.279.

ARTÍCULO 2°.- Adjudícase la citada Licitación Pública N° 6/2020 a favor de la firma BIODIAGNÓSTICO S.A., por las cantidades y sumas que a continuación se detallan:

Renglón 1 por un total de 206.844 unidades: $ 19.956.309,12

Renglón 2 por un total de 206.844 unidades: $ 29.433.901,20

Renglón 3 por un total de 206.844 unidades: $ 33.212.941,08

Renglón 4 por un total de 206.844 unidades: $ 28.364.517,72

Renglón 5 por un total de 206.844 unidades: $ 34.427.115,36

Renglón 6 por un total de 206.844 unidades: $ 39.755.416,80

TOTAL DE LA ADJUDICACIÓN: $ 185.150.201,28

ARTÍCULO 3°.- Autorízase a la DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES o a la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN, ambas del MINISTERIO DE SALUD, a emitir la pertinente Orden de Compra.

ARTÍCULO 4°.- La suma total de PESOS CIENTO OCHENTA Y CINCO MILLONES CIENTO CINCUENTA MIL DOSCIENTOS UNO CON VEINTIOCHO CENTAVOS ($ 185.150.201,28) a la que asciende la presente licitación pública se imputará con cargo a las partidas presupuestarias del MINISTERIO DE SALUD de acuerdo al siguiente detalle: PESOS CIEN ($ 100,00) para el ejercicio 2020 y PESOS CIENTO OCHENTA Y CINCO MILLONES CIENTO CINCUENTA MIL CIENTO UNO CON VEINTIOCHO CENTAVOS ($ 185.150.101,28) para el Ejercicio 2021.

ARTÍCULO 5°.- Autorízase al Ministro de Salud a aprobar la ampliación, resolución, rescisión, declaración de caducidad y aplicación de penalidades a los adjudicatarios o cocontratantes respecto de la Licitación que por este acto se aprueba.

ARTÍCULO 6°.- Hágase saber que contra la presente se podrá interponer, a su opción, recurso de reconsideración dentro del plazo de DIEZ (10) días hábiles a partir de su notificación o recurso jerárquico directo dentro del plazo de QUINCE (15) días hábiles a partir de su notificación, en ambos casos ante la autoridad que dictó el acto impugnado, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 84 y 90 del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 - T.O. 2017.

ARTÍCULO 7°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Santiago Andrés Cafiero - Ginés Mario González García

e. 26/10/2020 N° 49931/20 v. 26/10/2020

Fecha de publicación 26/10/2020